25-04-05 20:04 | #63741 |
Por:No Registrado | |
mobbing Consejos para defenderse en caso de acoso laboral. Siguiendo las recomendaciones del Presidente de la Asociación Francesa contra el Acoso Laboral (ASSOCIATION CONTRE LE HARCÈLEMENT PROFESSIONNNEL) en el caso de que seas víctima de Acoso Moral en el Trabajo o Mobbing: Pruebas: Ante todo reunir pruebas (documentos, testigos, certificado médico, etc.). Son imprescindibles. Apuntarlo todo, incluso los detalles más insignificantes. La razón es clara: cada una de las actuaciones a que somos sometidos en caso de mobbing tiene escasa entidad. El acoso moral se caracteriza por ser producido por numerosos pequeños ataques de apariencia inofensiva a lo largo del tiempo. Lo que causa estragos en el acoso no es cada uno de los ataques sino su conjunto. En el caso del tormento llamado "la gota de agua" o "la gota malaya", el hecho de recibir una gota de agua en la cabeza no tiene la menor importancia. Pero si detrás de esa gota hay otra y otra y otra, el resultado es catastrófico. Para que el abogado, el psicólogo, el Inspector de trabajo y finalmente el Juez comprendan lo sucedido, se les han de proporcionar los medios necesarios para ello. Una lista de los ataques sufridos, con sus fechas y detalles puede ayudar a esta comprensión. A menudo es difícil de hacer porque a muchos de nosotros nos molesta recordar esos sucesos y también porque, en los casos más avanzados, la depresión debilita la fuerza de voluntad. Cada cual debe encontrar la manera más apropiada de confeccionar esa lista, de obligarse a ir apuntando cada detalle a medida que ocurre o que se recuerda en una libretita que se lleva siempre en el bolsillo y que se pasa en limpio de vez en cuando. (V.S.) Denuncia: Denunciar el hecho, por burofax, a: a.- médico del trabajo b.- inspector del trabajo c.- seguridad social Reconocimiento: Relatar los hechos, solicitando reconocimiento como accidente de trabajo, por burofax a: a.- empleador b.- con copia por burofax a: 1.- seguridad social 2.- médico del trabajo 3.- inspector del trabajo Apoyo: Comunicar los hechos, solicitando apoyo a : a.- organizaciones sindicales b.- comité de seguridad y salud de la empresa Tribunales: a) empresa privada: Llevar el tema al SMAC: puede denunciar al empleador, al responsable del acoso moral y, de forma general, a todo asalariado que hubiera participado en el acoso. Al existir parte de responsabilidad individual ligada con el contrato de trabajo, denunciar al tribunal de gran instancia. b) sector público: -Presentar denuncia, al tribunal administrativo, contra la Administración pública. - Presentar denuncia, por lo civil, contra las personas. En ambos casos, denunciar las responsabilidades penales. Abogado: Primero, informarse personalmente de sus derechos por mediación del código penal, código civil, código de los procedimientos laborales, y Estatuto de los Trabajadores. Luego acudir al abogado con un esquema muy definido y las ideas claras. Asegurarse de un planning de trabajo común , facilitarle el trabajo y supervisar todo. | |
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mobbing Por: No Registrado | 25-04-05 23:30 No Registrado | 1 |
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