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Paradas - Sevilla

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30-08-10 08:57 #5995994
Por:elreverendo

Competencias Alcaldía de Paradas
BOP 23/08/2010

PARADAS
Don Manuel Portillo Pastor, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de esta villa.
Hace saber: Que mediante resolución de la Alcaldía número
431/10, de fecha 9 de julio de 2010, vista la necesidad de reestructurar
las delegaciones de competencias de la Alcaldía en la
Junta de Gobierno Local, miembros de la misma y Concejales.
Considerando las áreas establecidas por el acuerdo del
Pleno de la Corporación de fecha 27 de julio de 1999, publicado
en el «Boletín Oficial» de la provincia número 61, de fecha
15 de marzo de 2001.
Considerando lo dispuesto en el artículo 41,2 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, relativo a la organización de los servicios
administrativos de la Corporación, y los artículos 43, 44
y 114 de la mencionada norma, relativos a las delegaciones de
las atribuciones de la Alcaldía.
Considerando las atribuciones que le confieren el artículo
46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, relativo al nombramiento
de los Tenientes de Alcalde y artículo 52 sobre designación
de miembros de la Junta de Gobierno Local.
Esta Alcaldía viene en disponer:
Primero.—Nombrar a los siguientes Concejales y Concejala
miembros de la Junta de Gobierno Local:
— Don Manuel Rodríguez Escobar.
— Doña María del Carmen Galindo Ramírez.

— Don Manuel Rodríguez Reina.
— Doña Ángela María Macho Montero.
Segundo.—Nombrar Tenientes de Alcalde de la Corporación
a los siguientes miembros de la Junta de Gobierno Local,
por el orden que se expresa:
— Primer Teniente de Alcalde: Don Manuel Rodríguez
Escobar.
— Segunda Teniente de Alcalde: Doña M.ª del Carmen
Galindo Ramírez.
— Tercer Teniente de Alcalde: Don Manuel Rodríguez
Reina
— Cuarta Teniente de Alcalde: Doña Ángela María
Macho Montero.
Tercero.
1. Efectuar las siguientes delegaciones genéricas de las atribuciones
de la Alcaldía:
1.1. Efectuar la delegación genérica contenidas en el Área
de Obras Públicas, Urbanismo, Cementerio y Vivienda, en la
Junta de Gobierno Local como órgano colegiado.
De dicha delegación genérica se exceptúan las siguientes
atribuciones:
A) Aquellas que permanecerán en el ámbito de competencias
de la Alcaldía:
a) En materia de Obras Públicas:
— Actas de replanteo, liquidaciones, actas de recepción
de obras, etc..
— Aprobación de certificaciones de obras, endosos e inspección
técnica de las mismas.
b) En materia de Urbanismo:
En materia de Intervención en el uso del suelo y disciplina
urbanística:
— Concesión de licencias urbanísticas para obras menores
y actos comunicados, en su caso.
— Paralización de obras sin licencia.
— Paralización de actividades sin licencia.
— Órdenes de seguridad en fincas.
2. El alcance de las delegaciones genéricas a las que se
ha hecho mención en el número anterior, abarcará la de resolver
mediante actos administrativos que afecten a terceros, y en
particular le corresponderá a los titulares de la delegación:
— Dictar las resoluciones en las materias propias de la
delegación, que se transcribirán al Libro de Resoluciones de la
Alcaldía o Libro de Actas de la Junta de Gobierno Local.
— Los actos sucesivos de ejecución de los acuerdos
adoptados.
— Dictar los decretos de inicio, ordenación e instrucción
de expedientes. Declarar la caducidad y aceptar la renuncia o
desistimiento de los interesados.
3. Los acuerdos adoptados por los órganos delegados en
relación con las materias delegadas, tendrán el mismo valor
que las Resoluciones que dicte el Alcalde en ejercicio de las
atribuciones que no haya delegado, sin perjuicio de su adopción
conforme a las reglas de funcionamiento de la Junta de
Gobierno Local.
Cuarto.
1. Efectuar las siguientes delegaciones especiales de las
atribuciones de la Alcaldía, en los siguientes Tenientes de Alcalde
y Concejales:
A) Al Primer Teniente de Alcalde don Manuel Rodríguez
Escobar, se le delegan las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes
servicios municipales:
— Servicio de Gobierno Interior.
— Servicio de Hacienda.
B) A la Segunda Teniente de Alcalde doña María del Carmen
Galindo Ramírez, se le delegan las atribuciones de la Alcaldía
en los siguientes servicios municipales:

— Servicio de Servicios Sociales.
— Competencias de la Alcaldía en materia de Asociacionismo.
— Competencias de la Alcaldía en materia de Cooperación
Internacional.
C) Al Tercer Teniente de Alcalde don Manuel Rodríguez
Reina, se le delegan las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes
servicios municipales:
— Servicio de Obras Públicas y Urbanismo.
De dicha delegación se excepcionan las atribuciones en
materia de Obras Públicas que permanecerán en el ámbito de
atribuciones de la Alcaldía, y aquellas que han sido objeto de
delegación en la Junta de Gobierno Local.
— Servicio de Medio Ambiente.
— Servicio Deportes.
— Servicio de Desarrollo Económico.
D) A la Cuarta Teniente de Alcalde doña Ángela María
Macho Montero, se le delegan las atribuciones de la Alcaldía
en los siguientes servicios municipales:
— Servicio de Juventud.
— Servicio de Cultura.
— Servicio de Educación.
E) Al Concejal don José Antonio Parrilla Jiménez, se le delegan
las atribuciones de la Alcaldía en los siguientes servicios
municipales:
— Servicios generales.
— Servicio de Festejos.
— Servicio de Medios de Comunicación.
2. El alcance de estas delegaciones, comprenderá la dirección
interna y la gestión de los servicios correspondientes,
sin la facultad de resolver mediante actos administrativos que
afecten a terceros, estando bajo la supervisión de los delegados
de las Áreas correspondientes y/o la Alcaldía-Presidencia.
Quinto.—Revocar todas las delegaciones efectuadas con
anterioridad a esta resolución.
Sexto.—Dar cuenta de lo resuelto al Pleno de la Corporación,
en la primera sesión que celebre. Notificar lo resuelto a
los interesados y publicar el presente decreto en el «Boletín
Oficial» de la provincia.
Séptimo.—Dar cuenta de lo resuelto a los distintos servicios
municipales para su constancia y efectos.
Lo que se hace público para general conocimiento.

Paradas a 13 de julio de 2010.—El Alcalde, Manuel Portillo
Pastor.
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