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España > Sevilla > Paradas
13-11-13 21:25 #11688595
Por:Anatomia de Grey

¡¡¡¡¡no no no!!!!
TRIBUNALES A consecuencia de la derogación por el Tribunal de Estrasburgo

La Audiencia de Las Palmas ordena liberar a un violador que seguía preso por la 'doctrina Parot'

Jesús Octavio G.M. fue condenado a 41 años de prisión por violación en 1994


Si no se hubiera aplicado la 'doctrina Parot' habría quedado libre en 2009


La decisión no es firme, pudiendo interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo



EUROPA PRESS Las Palmas de Gran Canaria
Actualizado: 13/11/2013 19:29 horas


La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha emitido un auto por el que se establece la libertad para Jesús Octavio G.M., condenado a 41 años de prisión por violación y que permanecía preso por la aplicación de la doctrina Parot.

De esta manera, la Sala ha establecido como fecha de licenciamiento definitivo el 22 de noviembre, mientras que el auto matiza que dicha decisión no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Por su parte, con la aplicación de la doctrina Parot Jesús Octavio G.M. hubiera permanecido en la cárcel hasta el 2 de mayo de 2016, mientras que si no se le hubiera aplicado dicha doctrina habría estado en libertad desde el 22 de noviembre de 2009.







El abogado del condenado presentó el pasado 21 de octubre un escrito solicitando la excarcelación y puesta en libertad del mismo en aplicación de la doctrina fijada por la sentencia de fecha 21 de octubre de 2013, dictada por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) [sentencia en PDF].

Nueva fecha de cumplimiento

En este sentido, se dio traslado al Ministerio Fiscal, quien señaló que la nueva doctrina fijada por la citada sentencia del TEDH es plenamente aplicable a este caso, por lo que se procedió a realizar una nueva liquidación de condena en la que se tengan en cuenta las redenciones ordinarias y extraordinarias, que habrán de ser computadas sobre el límite máximo de 30 años de prisión, a fin de fijar una nueva fecha de cumplimiento de su condena.

Una vez recibido el informe del Ministerio Fiscal, se libró oficio al Centro Penitenciario Las Palmas II a fin de que remitiera la liquidación de la condena, tanto con la aplicación de la denominada doctrina Parot, como sin aplicación de la misma, expresando en ambos casos cuál habría de ser la fecha de licenciamiento definitivo.

Jesús Octavio G.M. fue condenado el 14 de julio de 1994 por un delito de violación. Dicha sentencia devino firme el día 18 de enero de 1999, y en la misma se impuso la pena, entre otras, de veinte años de reclusión menor.



TRIBUNALES A consecuencia de la derogación por el Tribunal de Estrasburgo

La Audiencia de Las Palmas ordena liberar a un violador que seguía preso por la 'doctrina Parot'

Jesús Octavio G.M. fue condenado a 41 años de prisión por violación en 1994


Si no se hubiera aplicado la 'doctrina Parot' habría quedado libre en 2009


La decisión no es firme, pudiendo interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo



EUROPA PRESS Las Palmas de Gran Canaria
Actualizado: 13/11/2013 19:29 horas


La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha emitido un auto por el que se establece la libertad para Jesús Octavio G.M., condenado a 41 años de prisión por violación y que permanecía preso por la aplicación de la doctrina Parot.

De esta manera, la Sala ha establecido como fecha de licenciamiento definitivo el 22 de noviembre, mientras que el auto matiza que dicha decisión no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Por su parte, con la aplicación de la doctrina Parot Jesús Octavio G.M. hubiera permanecido en la cárcel hasta el 2 de mayo de 2016, mientras que si no se le hubiera aplicado dicha doctrina habría estado en libertad desde el 22 de noviembre de 2009.







El abogado del condenado presentó el pasado 21 de octubre un escrito solicitando la excarcelación y puesta en libertad del mismo en aplicación de la doctrina fijada por la sentencia de fecha 21 de octubre de 2013, dictada por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) [sentencia en PDF].

Nueva fecha de cumplimiento

En este sentido, se dio traslado al Ministerio Fiscal, quien señaló que la nueva doctrina fijada por la citada sentencia del TEDH es plenamente aplicable a este caso, por lo que se procedió a realizar una nueva liquidación de condena en la que se tengan en cuenta las redenciones ordinarias y extraordinarias, que habrán de ser computadas sobre el límite máximo de 30 años de prisión, a fin de fijar una nueva fecha de cumplimiento de su condena.

Una vez recibido el informe del Ministerio Fiscal, se libró oficio al Centro Penitenciario Las Palmas II a fin de que remitiera la liquidación de la condena, tanto con la aplicación de la denominada doctrina Parot, como sin aplicación de la misma, expresando en ambos casos cuál habría de ser la fecha de licenciamiento definitivo.

Jesús Octavio G.M. fue condenado el 14 de julio de 1994 por un delito de violación. Dicha sentencia devino firme el día 18 de enero de 1999, y en la misma se impuso la pena, entre otras, de veinte años de reclusión menor.
Puntos:
13-11-13 21:27 #11688599 -> 11688595
Por:Anatomia de Grey

RE: ¡¡¡¡¡no no no!!!!
Perdonad he copiado dos veces la noticia este es el enlace


https://ww.elmundo.es/espana/2013/11/13/5283bc7161fd3d5f068b458b.html?a=a919173a7ed62bc7235c18452dea6e3f&t=1384374189


En españa se tendria que instaurar la cadena perpetua revisable
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13-11-13 22:24 #11688701 -> 11688599
Por:jacheriick

RE: ¡¡¡¡¡no no no!!!!
Voy a intentar a tratar de ser explicito, me consta y soy consciente de lo que voy a decir que, los medios de comunicacion estan dando un bombo masivo a todo tipo de reclusos que salen en libertad dejando caer entrevistas de familias rotas por la criminalidad de los asesinos, violadores y demás basuras ciudadanas con la intencion o no de crear una sensibilidad. Que nos puede llevar a hacer una reforma de la que resultemos escaldados, desde mi parecer no existe una justicia justa pues no es mas inocente el menos culpable sino el que puede pagarse un mejor abogado,
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13-11-13 23:04 #11688751 -> 11688595
Por:jacheriick

RE: ¡¡¡¡¡no no no!!!!
Continuo, me parece poco coherente instalar la cadena perpetua en un sistema penal mientras en las carceles haya presos inocentes porque, aunque nos parezca increible, aun existen anomalias que llevan al encarcelamiento de Personas inocentes, si.. por no hablar de otorgar ese poder a un sistema que pretende juzgar de terroristas a manifestantes pacíficos, entiendo el dolor de esas familias, lo que trato de decir, es que, mientras exista un sistema penal tan imperfecto, no es buena idea instaurar una ley de este tipo .
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14-11-13 15:10 #11689319 -> 11688751
Por:Anatomia de Grey

RE: ¡¡¡¡¡no no no!!!!
Yo abogo por la condena perpetua en casos demostrados, como son los asesinatos, violaciones probadas bien por el adn, pederastia, etc...

Cuando digo cadena perpetua revisable, quiero decir que dicha condena puede verse reducida en caso en el que el condenado sufra una enfermedad ya en fase terminal,
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14-11-13 16:30 #11689404 -> 11689319
Por:muchatrocola

RE: ¡¡¡¡¡no no no!!!!
Yo voto por q le peguen un tiro a cada uno de los etarras q han asesinado a alguien,eso si seria justicia
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