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18-12-12 17:26 #10883381
Por:tittipac

Agraciado con 600.000 euros de los ERE sin pedirlo ni presentar papeles
ANDALUCÍA / CASO DE LOS ERE
Agraciado con 600.000 euros de los ERE sin pedirlo ni presentar papeles


MERCEDES BENÍTEZABCDESEVILLA / SEVILLA
Día 18/12/2012 - 08.41h
El TSJA anula una ayuda de los ERE que el beneficiario ni siquiera solicitó y deduce testimonio contra Guerrero, Rivas y Mañas

JUAN JOSÉ UBEDA
Francisco Javier Guerrero
Nueva sentencia del TSJA declarando la nulidad de una de las ayudas otorgadas por la Junta de Andalucía que investigan en el sumario de los ERE fraudulentos. Aunque no se trata de la primera de estas (hay otras más declarando la nulidad de otras ayudas similares), lo más llamativo es que, en este caso, se hace referencia a una subvención que fue concedida sin que ni siquiera el beneficiario hiciera la solicitud para recibir los 600.000 euros que ahora son declarados nulos.

El fallo, dictado ayer mismo por la sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del TSJA y al que ha tenido acceso ABC, considera nula la citada ayuda y ve acreditada la inclusión no regular en la póliza del seguro de los trabajadores del citado trabajador que fue precisamente el que recurrió la resolución de la Consejería de Empleo.

Así, la sentencia pone en tela de juicio toda la actuación de la Junta de Andalucía, a la que acusa de otorgar las subvenciones con total ausencia de procedimiento y sin control alguno. Y por ello decide deducir testimonio contra el que fuera director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, por otorgar en noviembre de 2007 una subvención de 600.000 euros «cuando no consta siquiera haberse solicitado la misma disponiendo del dinero público en favor de un tercero sin que conste la existencia de causa para dicho reconocimiento».

Por ello, el TSJA dice que procede «acordar la deducción de testimonio para depurar las responsabilidades penales en que haya podido incurrir Francisco Javier Guerrero» que, según dice, «actuó con total desprecio al Derecho y a los trámites exigidos legalmente».

Sin embargo, Francisco Javier Guerrero no es el único contra el que el TSJA acuerda deducir testimonio. También ordena hacer lo propio para «depurar las responsabilidades penales en que haya podido incurrir el delegado provincial que aprobó el ERE de Mercasevilla (en este caso se trataría de Antonio Rivas), el director general que dio la ayuda consistente en el abono de las primas del seguro colectivo de rentas suscrito por Mercasevilla (Guerrero) y el viceconsejero de Empleo que, por resolución de 13 de mayo de 2011, autorizó la refinanciación de la póliza a cargo del erario público, pese a la ausencia de resolución de concesión y compromiso de pago». Este último puesto estaba ocupado en esas fechas por Justo Mañas.

La sentencia, que también explica que la inclusión en la póliza del recurrente no es regular, ya que se incorporó a la empresa en abril de 2007, un mes antes de la autorización del ERE, llama la atención en la participación de la Consejería de Empleo como «entidad financiadora o cofinanciadora» en los procesos de ajuste laboral de empresas. Pero, sin duda, llamativo también es el hecho de que el TSJA deja claro que estas ayudas «no cumplen en determinados casos la finalidad para la que se otorgaron» e incurren en «manifiestas irregularidades».

«No existe el más mínimo indicio documental que la justifique , ni solicitud, beneficiario, cantidad, resolución de concesión», dice el fallo en relación con la subvención que ahora declara nula. Además el TSJA afirma que los controles de legalidad que incumben a la autoridad laboral respecto al ERE fallaron al autorizar la inclusión de trabajadores que no reunían los requisitos para ello. Y que la ayuda sociolaboral para financiar las obligaciones asumidas por la empresa derivadas del ERE, es nula de pleno derecho «al prescindirse total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido».

Por todo ello el TSJA declara nula la resolución e impone las costas a la parte demandada, en este caso la Consejería de Empleo, fijadas en 600 euros. La resolución es firme ya que no cabe recurso contra ella.





ESTO ES SUERTE DE LA BUENA PONGA UN ERE EN SU VIDA LE TOCARA LA LOTERIA SIN JUGAR

REQUISITOS SER AMIGUETE DE CIERTOS PERSONAJES"INOCENTES" DE LA UNTA DE ANDALUCIA

VIVAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAA!!!

QUE SUERRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRTEEEEEEE


//www.abcdesevilla.es/andalucia/20121218/sevi-tsja-nulidad-201212172145.html#.UNBJ6L5_6D4.twitter


Riendote Riendote Riendote Riendote Riendote Riendote Riendote Riendote



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