El TSJA Condena a la Junta de Andalucía por discriminar a un sindicato de profesores
El sindicato de profesores se quedó fuera un acuerdo-pacto con Educación
El Tribunal considera que la Junta lo discriminó por ese motivo
APIA pedirá que se investigue si ha habido conducta delictiva desde 2005 El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado a la Consejería de Educación al vulnerar derechos fundamentales de la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA), al reconocer el Alto Tribunal que se le ha dispensado un trato discriminatorio respecto a otros colectivos sindicales, prebendados mediante acuerdos-pacto destinados a "dirigir y coaccionar el legítimo ejercicio de las funciones sindicales".
La propia sentencia señala que la Consejería dirigida por Francisco Álvarez de la Chica habría quebrantado el artículo 28 de la Constitución Española que consagra el principio de libertad sindical, que, tal y como señala, "no puede verse menguada por actividad alguna de los poderes del Estado", y lo habría hecho al castigar a APIA por rechazar un acuerdo-pacto dirigido, "sin la menor duda, a dominar o controlar" la acción sindical, "poniéndola al servicio de la Consejería de Educación", señala el portavoz de la organización, Gonzalo Guijarro.
En un requerimiento expreso efectuado por el entonces presidente de este sindicato se le reiteraba al consejero de Educación la apuesta "irrenunciable" de su colectivo por el modelo de liberación parcial y el derecho a recibir el mismo trato que los sindicatos firmantes del citado acuerdo-pacto a la hora de establecer los créditos horarios para actividad sindical, y que se acogieron en el mayor número de casos al modelo de liberación total.
Esta sentencia cuenta con el precedente de 2009, en el que el mismo tribunal declaró vulnerado el derecho a la libertad sindical de APIA en términos semejantes, al haberle dispensado la Consejería de Educación un trato claramente discriminatorio respecto a los sindicatos firmantes del anterior acuerdo-pacto de 2005, precedente del actual.
El propio Tribunal Supremo rechazó con una sentencia a primeros del pasado febrero la apelación presentada por la Consejería de Educación, confirmando la sentencia de instancia y reconociendo, por tanto, la vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical de APIA llevada a cabo por los responsables del gabinete que dirige Álvarez de la Chica, de una forma ininterrumpida, desde el año 2005.
El sindicato afectado pedirá de forma inmediata la ejecución de la sentencia con el fin de impedir "que se siga causando un perjuicio que con el paso del tiempo se torna cada vez más irreparable" y con el que se constata la inclinación de la Junta de Andalucía por "pervertir el sindicalismo", apuntan desde el colectivo.
Al mismo tiempo instará al Alto Tribunal, en cumplimiento del artículo 15 de la Ley Orgánica 11/1985 de Libertad Sindical, a que remita las actuaciones al Ministerio Fiscal, a los efectos de depuración de eventuales conductas delictivas.
Quien no os conozca que os compre sociolistos corruptos.
