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02-09-09 21:12 #3116369
Por:No Registrado
¿Y NO NOS SORPRENDE?
Si lo que dice este articulo es cierto, que nos queda todavia por ver? No me extraña que estemos arruinados.



Para el informe de la Junta, no queda acreditado que Chaves supiera que su hija tenia poder de Matsa


Escrito por Por Andalucía LIbre
viernes, 31 de julio de 2009
El dictamen técnico-administrativo-jurídico de la Junta de Andalucía con el que Griñán y su Consejo de Gobierno decidieron no sancionar a Chaves por incumplimiento de la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos afirma, según El Mundo, que no está acreditado el "conflicto de intereses" entre la misión del padre y la de la hija. Quiere decirse que Manuel Chaves tendría que haber sido oficialmente informado de la presencia de su hija y que como no lo fue, no hay tal conflicto de intereses. Consiguientemente, la Junta decidió ni sancionar a Chaves.

Altos Cargos para la Ley de Incompatibilidades son los siguientes: "1. A los efectos de esta Ley, se consideran altos cargos el Presidente de la Junta de Andalucía, el Vicepresidente o Vicepresidentes, los Consejeros y todos aquellos empleos de libre designación por el Consejo de Gobierno que implican especial confianza o responsabilidad..." O sea, que Chaves era alto cargo.

Hay que recordar que el artículo 7 de la Ley de Incompaibilidades dice lo siguiente:

"Los titulares de altos cargos están obligados a inhibirse del conocimiento de los asuntos en cuyo despacho hubieran intervenido o que interesen a empresas, entidades o sociedades en cuya dirección, asesoramiento o administración hubiesen tenido alguna parte ellos, su cónyuge, pareja de hecho inscrita en el correspondiente Registro o persona de su familia dentro del segundo grado civil."

Pero ahora, al parecer, se utiliza el artículo 9 de la mencionada ley para eximir de responsabilidad al ex presidente Chaves. En tal artículo 9 se dice:

"Acreditación de no incompatibilidad en licitaciones públicas

Las empresas, entidades o sociedades que tomen parte en licitaciones públicas, contraten o hayan de encargarse de la gestión de cualquier servicio público, ya sea prestado directamente por la Administración de la Junta de Andalucía o a través de sus entes instrumentales, deberán acreditar, mediante la oportuna certificación expedida por su órgano de dirección o representación competente, que no forma parte de los órganos de gobierno o administración persona alguna a los que se refiere esta disposición, rechazándose aquellas proposiciones que no acompañen dicha certificación, junto a los documentos requeridos en cada caso.

Aunque parece altamente extraño, estrafalario e improbable que Chaves no supiese que su hija era apoderada de la empresa MATSA, salvo caso de incomunicación terminal entre padre e hija, y si la Junta dice que no ha quedado acreditado tal extremo, lo que debería haber hecho la JUnta era rechazar la concesión del incentivo por no llevar la certififcación correspondiente, pero tampoco se hizo.

Tambièn cabe la posibilidad de que tal informe se hiciera pero que desapareciera en el camino y que cuando Chaves leyó el expediente final, ya no estuviera. La Junta aduce que cuando el expediente llegó al "campo de actuación del alto cargo" el informe faltaba. Pero entonces en la JUnta se pierden y encuentran papeles según va la feria.

Según el gabinete jurídico de la Junta, pues, la «concurrencia de intereses» no tuvo lugar porque Minas de Aguas Teñidas (Matsa) no comunicó la presencia de Paula Chaves Iborra entre sus apoderados antes de que su padre votara a favor de otorgar la multimillonaria ayuda. Sin embargo, sí que está acreditado que la Junta mantenía relaciones telefónicas con Paula Chaves mucho antes de la concesión de la subvención, pero, al parecer, esto es algo que Chaves tampoco sabía.

Naturalmente, y a partir de ahora, no habrá conflicto de intereses ni incompatibilidades en la Junta de Andalucía porque bastará no comunicar la existencia de un primo, un cuñado o un hermano en tal o cual operación, negocio, incentivo o subvención para que el alto cargo afectado se vea liberado de toda imputación.
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