03-09-09 17:11 | #3125446 |
Por:No Registrado | |
Borrado por su Autor. | |
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03-09-09 17:15 | #3125506 -> 3125446 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios Desde luego estupidez la de la la hdad de consolacion, que miente a sus hermanos por tal de conseguir titulos. Ni Junta ni Ayuntamiento reconocen lo de alcaldesa, por lo que será de villa canina. Pues en plena democracia no están vigente las reglas ni acuerdos franquistas a no ser que se refrenden, cosa que no ha ocurrido desde que entrara la democracia en 1975. La hdad de Consolacion vuelve a mentir y engañar! | |
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03-09-09 17:18 | #3125558 -> 3125506 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios Eso vivimos en democracia y no se puede hacer las cosas imponiendo lo que nos sale de los co.. el franquismo ya terminó. Viva la democracia!! Bastones para todos!! Le he encargado un bastón de mando de 22 cm a los hermanos Delgado con orfebrería de plata y siguiendo las almenas de la ermita. Es ideal para las noches de Feria de Carrion!! | |
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03-09-09 17:19 | #3125570 -> 3125558 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios SOBRE LOS SÍMBOLOS DE CARRIÓN QUIEN NADA TIENE, NADA PUEDE CONCEDER La Ley constitucional y democrática 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece las normas reguladoras de la adopción, modificación, rehabilitación, uso y protección de los símbolos de las Entidades Locales de Andalucía, entendiéndose por tales los símbolos gráficos, de expresión verbal, vexilológicos y sonoros, así como cualquier otro de distinta naturaleza; además dicha ley establece las normas de tratamiento de las Entidades Locales de Andalucía y crea el Registro Andaluz de Entidades Locales, como instrumento oficial y público de constancia de la existencia de las Entidades Locales radicadas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de los datos más relevantes de la conformación física y jurídica de aquéllas. El artículo cuarto apartado uno de la citada Ley dispone que las Entidades Locales pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportuno, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajusten a las prescripciones de la presente Ley. El procedimiento de adopción modificación o rehabilitación estará necesitado de un Informe Preceptivo de Legalidad de la administración de la Junta de Andalucía, de un Acuerdo resolutorio del Pleno de la Corporación, de una Resolución de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía que admitirá o denegará la inscripción de los símbolos en el Registro Andaluz de Entidades Locales y su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La Ley 6/2003 de 9 de octubre establece que el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, quedando prohibido toda utilización, sin previo consentimiento expreso del máximo órgano colegiado de la correspondiente Entidad Local ( pleno de la Corporación ) y no se admitirá ningún uso que vaya en menoscabo de su alta dignidad. En las comunicaciones y documentos oficiales de las Entidades Locales deberán constar únicamente los símbolos aprobados e inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales que dependerá de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía. Ahora bien, lo más importante es que la Ley impone que los símbolos no se podrán utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales cuya inscripción les otorgará presunción de legalidad y validez, además de la protección que establecen las leyes. En su disposición transitoria segunda establece que los Símbolos de las Entidades Locales que hayan sido aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, es decir, anterior al 1 de diciembre de 2003, deberán inscribirse, de oficio o a instancia de parte, en el plazo de un año en el Registro Andaluz de Entidades Locales y a tal fin junto con una ilustración de los mismos se aportarán sus normas aprobatorias. Pues bien tras lo expuesto, la Real, Muy Antigua, Ilustre y Fervorosa Hermandad de Nuestra Señora del Rosario Coronada Reina y Patrona, establecida canónicamente desde 1727 por Bula Pontificia en la Iglesia Parroquial de San Martín de Carrión de los Céspedes, a través de los poderes conferidos a su Hermano Mayor, ha solicitado con fecha de registro de entrada 24 de junio de 2009, a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, certificación de la inscripción del Registro Andaluz de Entidades Locales, correspondiente al municipio de Carrión de los Céspedes. La Dirección General de Administración Local por su titular D. Manuel Zafra Víctor ha comunicado, tras certificación de fecha de salida 9 de julio de 2009, que (cita textual ) “revisados nuestros archivos, al día de la fecha no existe autorizada la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de ningún símbolo correspondiente al municipio de Carrión de los Céspedes”. Ello quiere decir, que hoy en día, actualmente, al no tener inscrito Carrión de los Céspedes en el Registro Andaluz de Entidades Locales símbolo alguno, legalmente este municipio, no tiene ni ostenta, ningún símbolo que lo represente, por lo que tampoco podrá conceder, a nada ni a nadie, el uso del mismo. Cuando no se tiene nada, no se puede conceder nada. Es más, en el supuesto de que en un futuro, se siguiera el procedimiento legal establecido para la adopción de unos símbolos para el municipio de Carrión de los Céspedes y se alcanzara su inscripción en el citado Registro teniendo a partir de ahí presunción de legalidad y validez los símbolos, la competencia para autorizar su uso corresponde sólo y exclusivamente al Pleno de la Corporación, a nadie más, ya que el uso de los símbolos es privativo, como ya se ha dicho, de la Entidad Local. | |
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03-09-09 17:39 | #3125890 -> 3125570 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios vaya que te ha pasa filosofo no se te ocurre ninguna frase más ingeniosa!! | |
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04-09-09 18:59 | #3138423 -> 3125890 |
Por:dkarrion ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Sobre los últimos comentarios HOLA.tras dar un vistazo por aqui veo que esto no cambia cuando llega una fiesta esto es un despilporrio. no os cansais siempre lo mismo. que cada uno disfrute de lo suyo.y dejad a laS POBRES IMAGENES QUE ESTARAN YA CANSADAS DE LO MISMO.............. SALUD Y LIBERTAD | |
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05-09-09 14:32 | #3144778 -> 3138423 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios pero en la hdad de Consolacion hay clase, y si uno no quiere, dos no pelean... me voy a las novenas!! VIVA LA PATRONA VIVA LA ALCALDESA DE CARRION ¿¿ POR CIERTO LA PARRAFADA ANTERIOR ES DE UN ABOGADO??? no tiene ni pies ni cabeza... anda, leeros el documento de concesion del titulo de alcaldesa, es un documento ya historico.. lo dicho.. hasta despues de las novenas | |
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05-09-09 16:33 | #3145858 -> 3144778 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios lO QUE NO TIENE NI PIES NI CABEZA ES QUE SE LE PONGA UN BASTON SIN CONSENTIMIENTO DE ALCALDE NI JUNTA NI NADIE LO RECONZCA, ESO ES QUERER Y NO PODER. pOR CIERTO POR LA SENTENCIA ES UN PERMISO DE DECIRLE PATRONA, PERO NO LO ES, ADEMÁS SE LE DICE CON LA COLETILLA NO EN EXCLUSIva y A LA VIRGEN DEL ROSARI TB SE LE DICE PATRONA, ja ja ja | |
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05-09-09 18:48 | #3146901 -> 3144778 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios discusion cerrad por sentencia firme de roma.. y por novenas | |
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05-09-09 20:37 | #3147826 -> 3144778 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios Donde está la sentencia de Roma, dime, enseñala. No existe, lo que hay es un permiso, pero siempre y cuando se use con "NO EN EXCLUSIVA" | |
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05-09-09 22:26 | #3148607 -> 3144778 |
Por:No Registrado | |
RE: Sobre los últimos comentarios y dale con el no en exclusiva.Cuando pongas tu: REINA Y PATRONA DE NUESTRA HERMANDAD, nosotros pondremos: PATRONA CANONICA DE CARRION DE LOS CESPEDES (NO EN EXCLUSIVA) | |
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06-09-09 03:12 | #3149669 -> 3125446 |
Por:No Registrado | |
RE: de verdad que vaya polemica más tonta que teneis montada, que cada un osea de lo que quiera y haya mamado. | |
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06-09-09 13:34 | #3151098 -> 3149669 |
Por:dkarrion ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: totalmente de acuerdo contigo colega ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() | |
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06-09-09 14:26 | #3151434 -> 3151098 |
Por: ![]() ![]() | ![]() ![]() |
Borrado por su Autor. | |
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06-09-09 16:12 | #3152010 -> 3151434 |
Por:No Registrado | |
RE: No porque el título franquista no tiene validez en democracia, si no vete a Cuba y vive bajo una dictadura que parece ser que es lo que le gusta a los choneritos. Con respecto al patronato, es sólo un permiso, si no por qué no hubo acto público presidido por el cardenal. Y ademas es mentira lo del escudo vaticano, sino enseñarlo en vuestra web. Ja ja aj No porque no es verdad ja ja aja TAMPOCO ES ALCALDESA!! que pena nadie os reconoce los títulos ja ja | |
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