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Urbanización Coto de San Isidro - Segovia

Poblacion:
España > Segovia > Urbanización Coto de San Isidro (Ituero y Lama)
08-09-12 18:52 #10516598
Por:

Borrado por su Autor.
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08-09-12 20:45 #10516931 -> 10516598
Por:pecepe

RE: aclaraciones sobre carta del canon
Hay... ¡cuánta eficacia en apuntar errores ajenos!

¿Por qué no contaríamos con semejante talante democrático en las anteriores legislaturas? ¿Cuánto nos habríamos ahorrado? Muchos miles de euros, si por ejemplo se hubiera detectado y denunciado con tanta eficacia lo de la basura, lo de los fraudes de impuesto, conexiones de agua irregulares, etc......
Puntos:
08-09-12 23:05 #10517313 -> 10516931
Por:Foropublico

RE: aclaraciones sobre carta del canon
Desde luego que contábais con semejante talante democrático. ¿Has olvidado quienes fueron y apoyaron al actual equipo de gobierno en la elecciones?

Los errores del pasado son eso: errores del pasado.

Sigamos con los errores del presente. En mi carta, por ejemplo, no vienen los metros de superficie. ¿Cómo compruebo si el coeficiente es el correcto? No tengo forma de hacerlo, por lo tanto, se lo preguntaré al secretario.

Hay que asegurarse de que figuren todos los datos en la carta.
Puntos:
08-09-12 23:51 #10517406 -> 10517313
Por:clamosa

RE: aclaraciones sobre carta del canon
Hablando de errores del presente y de obras costosas, qué tal va la depuradora?
Puntos:
09-09-12 09:00 #10517760 -> 10517406
Por:ssll2009

RE: aclaraciones sobre carta del canon
foropúblico, sin entrar en el fondo de sus reclamaciones, las cuales desconozco logicamente. No puedo saber si son acertadas o no, ya que no tengo copia de su escrito , ni tengo copia del proyecto ni ninguna otra información.

pero lo que si se, es que hablando de errores del presente, usted comete uno mayusculo, y es que el artículo 84 de la LBRL, no dice lo que usted dice.

Se ha equivocado usted de artículo totalmente, es lo que tiene copiar y pegar.

Yo se a que artículo se refiere, pero no es el que usted dice, confunde la ley.

Es mas, ademas confunde el significado del mismo (del verdadero y no del que usted pone), que su funcion es simplemente avisar al interesado de que existe un procedimiento y puede examinarlo y presentar, si quiere, los escritos que estime oportuno. Cuestión distinta del artículo 79 de esa ley , que usted confunde, que se refiere al tramite de alegaciones o del tramite de información pública, de esa misma ley que usted confunde.

Respecto, del fondo y del calculo de aprovechamiento, no puede negarle la razón ni darsela, ya que no tengo datos para ello.

Sepamos de lo que hablamos y no copiemos simplemente.
Puntos:
09-09-12 09:01 #10517762 -> 10517760
Por:ssll2009

RE: aclaraciones sobre carta del canon
creo que lo que tiene que hacer foropublico, es presentar el escrito expresando estas incoherencias ( según él) ante el ayuntamiento.
Puntos:
09-09-12 11:48 #10518073 -> 10517760
Por:Foropublico

RE: aclaraciones sobre carta del canon
Disculpe pero ese artículo no está equivocado sino que es el que viene en la carta y yo, simplemente, he ampliado. De hecho, el artículo que está incompleto es el de la carta. En la carta se han limitado a copiar y pegar, yo, simplemente, he ampliado la información.

Si según este artículo, la función es de avisar al intersado unicamente, ¿cómo es posible que se de un plazo de alegación y de audiencia?. No, disculpe, esta carta es más que una nota informativa. Y en la carta, le reitero, viene el artículo 84, si no vea la carta.

El que no sabe de lo que habla es usted:

En la carta viene escrito el artículo 84 y dice lo que yo he puesto, mire la carta haga el favor, y escriba con coherencia.


Artículo 84. Trámite de audiencia.

1. Instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrán de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes, salvo lo que afecte a las informaciones y datos a que se refiere el artículo 37.5.

2. Los interesados, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

3. Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, se tendrá por realizado el trámite.

4. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.


En la carta pone: "de conformidad con lo dispuesto en el articulo 84 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Ahora digame que esta no es la ley que he escrito.
Puntos:
09-09-12 10:45 #10517926 -> 10517406
Por:Foropublico

RE: aclaraciones sobre carta del canon
La depuradora va perfectamente, hasta que el ayuntamiento no arregle la bomba que está estropeada y es de su competencia no hay nada que hacer. ¿La responsabilidad?, ya se ve de quien es.
Puntos:
09-09-12 11:20 #10517986 -> 10517926
Por:

Borrado por Foro-ciudad.com
Puntos:
09-09-12 11:50 #10518079 -> 10517986
Por:Foropublico

RE: aclaraciones sobre carta del canon
Pues informate en el ayuntamiento a ver si no te cuentan lo mismo.

Estamos hablando del canon y de la carta que han enviado. Si no te importa, el tema de la depuradora lo hablas en otro post.

Este es un tema de interés para los vecinos, y sí, ya he dicho que iré al ayuntamiento a reclamar.
Puntos:
09-09-12 15:47 #10518747 -> 10518079
Por:ssll2009

RE: aclaraciones sobre carta del canon
foropublico si es que la ignorancia siempre sale a flote, efectivamente en la carta pone artículo 84 de la ley 30/92, pero esa ley no es la LRBRL, sino la LRJPAC, la LRBRL que ha puesto usted es la ley 7/85 de bases de regimen local, que no tiene nada que ver con la ley que usted pone.

Encima de que se equivoca , no lo reconoce y quiere dar lecciones, pero dios mio, en este foro nadie reconoce sus graves errores.
Puntos:
09-09-12 16:04 #10518791 -> 10518079
Por:ssll2009

RE: aclaraciones sobre carta del canon
mire su post, usted dice artículo 84 de la LRBRL y no de la ley LRJPAC.

Encima lo escribe mal, la LRBRL no existe, es la LBRL , que es la ley 7/85 que regula las bases de regimen local, y su artículo 84 no dice nada del tramite de audiencia, ya que no es caracter básico en procedimiento común.

la de la carta es el artículo 84 de la ley 30/1992, que es la LRJPAC.

Y encima seguira diciendo que no se ha equivocado, dios mioooooooooooo.
Puntos:
09-09-12 17:20 #10519001 -> 10518079
Por:Foropublico

RE: aclaraciones sobre carta del canon
No me he equivocado porque he puesto el artículo 84 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En lo que me he podido equivocar es en poner las letras LRBRL, pero la ley que he puesto es la correcta. Dediquese a desviar la atencion con otras chorradas sino le importa.

Ese artículo lleva el título de "tramite de audiencia" y es el correcto, el que he puesto y el que viene en la carta.

Si no le importa, mire el artículo que viene en la carta y comparelo con el que he puesto en mi post. Gracias.
Puntos:
09-09-12 17:50 #10519063 -> 10518079
Por:Segi

RE: aclaraciones sobre carta del canon
La incompetencia es lo que sale a flote.

Todo un secretario municipal escribiendo en el foro, ¡que honor!

https://ww.foro-ciudad.com/segovia/ortigosa-del-monte/mensaje-7967753.html#8011841
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09-09-12 18:46 #10519195 -> 10518079
Por:ssll2009

RE: aclaraciones sobre carta del canon
jajajajajajajja, joder y encima secretario y todo, que honor.

sigue equivocandote sigue, jajajajajajjajajajajaja.



lo unico cierto es que has borrado el mensaje para ocultar tu error.
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