SEGREGACION DE TERRENOS Debéis consultar en el ayuntamiento si esa segregación es posible, osea si la zona en la que está el solar admite parcelas de ese tamaño, porque muchas veces existen limitaciones de parcela mínima o longitud de fachada mínima, y aunque os admita el banco la segregación, luego no la podéis incribir porque el ayuntamiento no lo admite. poder segregar el terreno habrá que quitar primero la carga 1. Los propietarios pueden renunciar a la adjudicación de finca resultante solicitando una justa compensación por la pérdida de su finca. La compensación será fijada por la administración, previo informe técnico y según criterios objetivos, en el mismo Acuerdo aprobatorio de la Reparcelación atendiendo al valor real de la finca de origen. Esta renuncia deberá formalizarse mediante escritura pública o comparecencia administrativa, durante la información pública del expediente de reparcelación, pudiendo acompañarse o condicionarse a una propuesta de tasación, formulada por el |