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29-06-12 16:38 #10252416
Por:No Registrado
//laeconomiadelosconsumidores.adicae.net/index.php?articulo=816
ADICAE ha decidido interponer una demanda de conciliación frente al Banco Santander por la comercialización irregular de convertibles por valor de 7.000 millones de euros, en la mayor emisión de este tipo de producto de la historia de España. Con esta iniciativa ADICAE va a forzar el diálogo en sede judicial para buscar una solución a un problema que afecta a más de 129.000 consumidores, que podrían ver cómo desaparecen sus ahorros.

Tras el público y notorio abuso de las preferentes, los servicios técnicos de ADICAE llevan varias semanas recibiendo las reclamaciones y denuncias de lo que ya se puede considerar, desgraciadamente, un nuevo expolio al ahorro de nada menos que 129.000 familias en toda España. En esta perspectiva, y tras comprobarse por parte de los Servicios Jurídicos de ADICAE multitud de irregularidades en la comercialización de estas convertibles, muchas de ellas coincidentes y análogas a las participaciones preferentes, el pasado 22 de mayo, la Asociación interpuso demanda de conciliación contra el Banco Santander por la emisión y comercialización de los llamados “Valores Santander”.

La interposición de esta demanda de conciliación responde a los siguientes motivos:

- Banco Santander comercializó estos productos con el fin de llevar a cabo la compra del Banco Holandés ABN AMRO (ABN Amro Holding N.V), para ello diseñó una singular operación enfocada al resultado positivo de la OPA sobre el ABN y mejorar sus ratios internos en la que el único interés que primaba era el de la entidad, que convertía a los titulares de estos valores, en bonistas y en último lugar en accionistas de la entidad.

- Los valores convertibles del Santander cumplen con las condiciones para considerarse como un producto tóxico, de alto riesgo y complejidad, advertido ya por la propia CNMV en el 2008, pues es un producto de renta variable, difícil de comprender por los inversores no cualificados a los que se les comercializó.

- En todos los casos analizados la campaña de comercialización y por tanto la iniciativa en la contratación la ostentó el Santander, diseño una campaña muy agresiva que le permitió colocar los valores en un tiempo récord de 13 días, récord que deja una salvaje colocación en la que el Santander dedicó la totalidad de su plantilla y sus recursos, y sobrepasó los límites de la legalidad vigente.

- La comercialización se inició incluso antes de registrar el folleto informativo en la CNMV, vulnerando de esta manera toda la normativa vigente y vaciando de contenido la función del supervisor.

- Los valores fueron comercializados entre inversores particulares, que en su gran mayoría eran personas sin perfil financiero y sin historial de inversión en productos de riesgo.

- La información precontractual sobre las características y condiciones fue insuficiente, confusa y equívoca.

- Existencia de un claro conflicto de intereses, entre la entidad y sus clientes, resultado de colocar emisiones propias con campañas activas para captar recursos propios sin importarle el interés del cliente.

- La comercialización del producto supone una violación del marco normativo de protección al consumidor financiero, a través de los numerosos incumplimientos constatados; Ley del Mercado de Valores, normativa MIFID, advertencias de la CNMV, e incluso la propia normativa de la entidad en sus manuales de Procedimiento de Venta de productos financieros no han supuesto obstáculo alguno para el Santander.

- La actuación del Santander es previsible que ocasione, si no lo ha hecho ya, a los consumidores perjudicados unas pérdidas patrimoniales tan graves que en muchos casos suponen la reducción a la nada de los ahorros de toda su vida.

La citada demanda, por tanto, pretende forzar el diálogo con la entidad que de momento parece no ha ofrecido ninguna solución para los afectados, y es que la búsqueda de una solución colectiva que descanse en los principios de igualdad, coherencia, analogía, equidad y no discriminación es el último propósito de
esta demanda y de las próximas acciones a emprender desde ADICAE.

La Asociación reclamará en defensa de los afectados la devolución íntegra del importe abonado en la compra o suscripción de estos productos a todos los consumidores, el cese en lo sucesivo de ofrecer y suscribir cualquier canje o sustitución de los instrumentos financieros descritos por otro de cualquier naturaleza que impida la disponibilidad inmediata sin pérdida alguna del capital invertido, así como el abono de una indemnización por las pérdidas patrimoniales, daños y perjuicios, incluidos los morales y el lucro cesante.
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