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Rada - Navarra

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España > Navarra > Rada (Murillo el Cuende)
06-05-08 15:34 #853139
Por:No Registrado
EN EL BON
BOLETÍN Nº 2 - 4 de enero de 2008
II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
MURILLO EL CUENDE

Aprobación definitiva modificación estructurante de Normas Subsidiarias y de Planeamiento Urbanístico. Ampliación del suelo urbano perímetro noroeste de Rada
En orden a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con los artículos 70, 78 y 81 de la Ley Foral 35/2002, de 27 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el Ayuntamiento ha dispuesto la publicación de la modificación estructurante de normas subsidiarias y de planeamiento urbanístico-ampliación del suelo urbano perímetro noroeste de Rada, aprobada definitivamente según Resolución 66/2007 de 12 de septiembre, del Director General de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se dispone la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Orden Foral 265/07 de 22 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Murillo El Cuende, en el perímetro noroeste de Rada, promovido por el Concejo de Rada. (publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 120, de 26 de septiembre de 2007).

En consecuencia, se inserta a continuación el texto literal de la Modificación Urbanística.

Murillo El Cuende, 23 de noviembre de 2007.-El Alcalde-Presidente, Angel Arnaudas Granell.

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION

1.-Contenido y Documentación de la Modificación.

El contenido documental de la presente modificación es el siguiente:

-Memoria.

-Planeamiento vigente.

-Cédulas parcelarias.

-Planos:

1.-Emplazamiento parcelario (e. 1/2000).

2.-Información planeamiento vigente (e. 1/2000).

3.-Modificación ámbito de actuación (e. 1/2000).

4.-Modificación ordenación general (e. 1/2000).

5.-Modificación alineaciones y alturas (e. 1/2000).

6.-Modificación normativa y gestión (e. 1/2000).

7.-Modificación infraestructuras (e. 1/2000).

El contenido sustancial y documental de la presente modificación se ajusta a lo regulado en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y al reglamento de la LF 10/94, Decreto Foral 85/95.

(Los planos relativos a esta modificación están a disposición de los interesados, en el Ayuntamiento de Murillo El Cuende).

2.-Modificación.

El ámbito de la Modificación queda clasificado como una bolsa discontinua de suelo urbano no consolidado en la que se definen unas unidades a efectos de gestión, unidades denominadas UO.1, UO.2, UO.3, UO.4 y UO.5.

2.1.-Ordenación.

El ámbito de la Modificación engloba suelo rústico actual como ampliación del suelo urbano y la reordenación de una zona actualmente urbana para mejorar el desarrollo y ordenación general. Ver plano 3 de Ambito de Actuación.

El área de actuación se dispone en una franja de terreno lindante con la delimitación de suelo urbano y se adosa a un vial existente de borde que dispone de los servicios urbanísticos de acceso rodado y pavimentación, agua, saneamiento, fuerza y alumbrado público. Así mismo se crea un nuevo vial con carácter local como prolongación de otro y siguiendo la actual trama urbana.

Se mantiene el espacio dotacional en el acceso al núcleo creando otro nuevo; los espacios libres y zonas verdes existentes se reubican parcialmente y se crean otras nuevas como tratamiento de borde siguiendo el mismo criterio que en el planeamiento vigente.

Se disponen las edificaciones de uso residencial, fundamentalmente unifamiliar, con fachada al vial existente tal y como se ha tenido anteriormente previsto en el plan, y también se dispone una edificación residencial colectiva de escasa altura dando fachada al vial existente y a otro de nueva creación, creando una manzana aislada. Ver plano 4 de Ordenación General.

2.2.-Determinaciones Estructurantes y Pormenorizadas.

2.2.1.-Determinaciones Estructurantes.

.Clasificación del suelo.

Bolsa discontinua de suelo urbano no consolidado conformado por las unidades UO.1, UO.2, UO.3, UO.4 y UO.5.

.Calificación del suelo.

Uso principal residencial unifamiliar y colectiva a ubicar según se dispone gráficamente. Usos tolerados según tabla de compatibilidad del Plan Municipal vigente, además del dotacional y de servicios.

.Fijación de porcentaje de vivienda protegida.

Para el cumplimiento del artículo 52 de la Ley Foral 35/2002 el número de viviendas protegidas se aplicará sobre el incremento de capacidad residencial según la siguiente relación:

-Número de viviendas actual: 10 viviendas.

-Número de viviendas propuesto: 83 viviendas.

-Incremento de viviendas propuesto: 73 viviendas.

-Número de viviendas protegidas (50 por ciento): 36 viviendas.

.Coeficientes de homogeneización.

Los coeficientes de homogeneización correspondientes a los usos y tipologías edificatorias propuestos son los siguientes:

-m² construido de vivienda unifamiliar libre: 1,00 UA/m².

-m² construido de vivienda colectiva VPO: 0,60 UA/m².

-m² construido de local unifamiliar: 0,30 UA/m².

-m² construido de local colectiva: 0,20 UA/m².

-m² de suelo privado unifamiliar: 0,15 UA/m².

-m² de suelo privado colectiva. 0,10 UA/m².

.Aprovechamiento urbanístico.

El Aprovechamiento Medio para el suelo urbano no consolidado, se obtiene dividiendo el aprovechamiento lucrativo previamente homogeneizado con los coeficientes de ponderación relativa por la superficie de ampliación del ámbito:

-Vivienda unifamiliar libre: 9.110 m² x 1,00 UA/m²: 9.110 UA/m²

-Vivienda colectiva VPO: 3.630 m² x 0,60 UA/m²: 2.178 UA/m²

-Locales unifamiliar: 3.093 m² x 0,30 UA/m²: 928 UA/m²

-Locales colectiva: 1.815 m² x 0,20 UA/m²: 363 UA/m².

-Suelo privado unifamiliar: 19.919 m² x 0,15 UA/m²: 2.988 UA/m².

-Suelo privado colectiva: 492 m² x 0,10 UA/m²: 49 UA/m².

-Aprovechamiento total: 15.616 UA/m².

-Aprovechamiento medio: 15.616 UA/m² / 42.350 m²: 0,369 UA/m².

2.2.2.-Determinaciones Pormenorizadas.

.Sistemas Locales-Sistemas Generales.

Las cesiones de la totalidad del ámbito para uso dotacional, de espacio libre de dominio y uso público, y de viales y aparcamientos de uso público forman parte del Sistema Local, en ningún caso al servicio de toda la población, no siendo por tanto Sistema General. Todas estas cesiones, así como la correspondiente al 10 por ciento del aprovechamiento a favor de la Administración estarán libres de cargas de urbanización.

.Alineaciones-Rasantes-Alturas.

Las alineaciones máximas y mínimas, las alturas de la edificación y las rasantes de los viales correspondientes a la totalidad del ámbito quedan definidas gráficamente en planos adjuntos.

.Usos pormenorizados-Usos Admisibles.

Los usos pormenorizados para el ámbito son el residencial unifamiliar y colectiva y el dotacional público, que se asignan según se define detalladamente en las fichas de cada unidad y gráficamente en los planos adjuntos.

Los usos admisibles son los definidos en la tabla de compatibilidad de usos que establece el Plan Municipal vigente.

.Servicios Urbanísticos.

En la documentación gráfica se representan los esquemas generales de las redes de servicios urbanos que serán desarrollados en su totalidad en la futura urbanización y que discurrirán por espacios públicos.

a) Abastecimiento de agua:

El trazado básico de la red de abastecimiento de agua potable al servicio de la zona se realizará por la acera para dar servicio a las viviendas. Se conectará a la red existente cerrando anillos.

b) Saneamiento y pluviales:

Se ha previsto el saneamiento mediante red separativa. En la red de fecales se crean nuevos colectores que se conectan a la red existente en el pozo final del trazado y discurren por viales rodados, tal y como se representa en el esquema de la documentación gráfica. La red de pluviales discurre paralela.

Se han intercalado pozos de registro, de tal modo que los tramos más largos no superen nunca 50 metros. La velocidad máxima de la red no superará los 3 m/seg siendo su pendiente mínima del 0,5 por ciento.

c) Electricidad y alumbrado público:

Las futuras redes, tanto de distribución de energía eléctrica como de alumbrado público, discurrirán subterráneas a través de canalizaciones ejecutadas preferentemente bajo las aceras de lasa vías públicas.

Para el diseño de la red de alumbrado se garantizará un nivel de iluminación para vías de tráfico igual o superior a 20 lux. En las zonas secundarias y peatonales las farolas serán de medidas y proporciones adecuadas para que la iluminación alcance los 12 lux en todos los puntos.

.Accesibilidad.

En los espacios libres y zonas verdes se evitarán los obstáculos en la medida de lo posible; en el caso de que esto no fuera posible se acondicionarán rampas. Para salvar los bordillos de las aceras para cambiar de recorrido o atravesar vías rodadas, se ejecutarán pasos rebajados.

Los edificios dotacionales públicos asimismo contendrán todas las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad a los mismos.

.Sistema de actuación.

El sistema de actuación para el desarrollo del ámbito, que se desarrollará en unidades de ejecución independientes, será la Reparcelación voluntaria, compensación o cooperación, según se trate (ver fichas adjuntas).

.Estudio de Detalle.

La ordenación propuesta por la presente modificación podrá ajustarse o modificarse mediante la redacción y tramitación de Estudios de Detalle, que podrán reordenar volúmenes edificatorios, alineaciones, rasantes, etc., sin que ello pueda suponer un incremento del aprovechamiento asignado.

2.3.-Justificación de reservas de suelo y aparcamientos.

Para el cumplimiento del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002 se computará sobre el incremento de la capacidad residencial del ámbito de la modificación. A continuación se justifica el cumplimiento de las determinaciones sobre reservas para espacios libres y zonas verdes, equipamientos y aparcamientos:

-Espacios libres-zonas verdes:

.Sistemas Locales:

35 m²/vivienda: 35 x 73 = 2.555 m².

35 m²/100 m² const. viv.: 35 x 145 = 5.075 m².

.Sistemas Generales:

5 m²/habitante: 5 x 3 x 73 = 1.095 m².

15 m²/viv.: 15 x 73 = 1.095 m².

Total superficie E.L. a justificar: 6.170 m².

Total superficie E.L. en la modificación: 12.378 m².

-Equipamiento polivalente:

15 m²/vivienda: 15 x 73 = 1.095 m².

15 m²/100 m² const. viv.: 15 x 121 = 1.815 m².

Total superficie E.P. a justificar: 1.815 m².

Total superficie E.P. en la Modificación 1.854 m².

-Dotación supramunicipal:

10 m²/100 m² const. viv. protegida: 10% x 3630 = 363 m².

Total superficie D. Supramunicipal a justificar: 363 m².

Total superficie D. Supramunicipal en la Modificación: 396 m².

-Plazas de aparcamiento:

.En todo el area de reparto:

2 plazas / 100 m² const. 2 x 144 = 288 plazas.

-En suelo privado unifamiliar: 1 plaza / viv. 1 x 37 = 37 plazas.

-En suelo privado colectiva: 2 plaza / viv. 2 x 36 = 72 plazas.

-En suelo público: 288-109 = 179 plazas.

Total plazas a justificar en suelo público 179 plazas.

Total plazas en la modificación 180 plazas (*).

(*) Estas 180 plazas se grafían expresamente en los planos de ordenación.

2.4.-Estudio económico y financiero.

A continuación se realiza la estimación económica de las obras de urbanización para cada unidad de ejecución, aplicando un precio de repercusión de 90 euros/m², y resultando una repercusión de gastos por vivienda:

Unidad UO.1

Superficie viales: 791 m².

Coste de ejecución: 791 x 90 = 71.190 euros.

Honorarios y gastos (10 por ciento): 7.119 euros.

Total urbanización UO.1: 78.309 euros.

En la unidad se pueden construir 6 viviendas en tipología unifamiliar, lo que supone una repercusión del coste de urbanización de 13.051,50 euros por vivienda, siendo éste un valor medio de mercado para esta tipología, por lo que la operación es viable para un hipotético promotor.

Unidad UO.2

Superficie viales: 3.411 m².

Superficie zonas verdes: 6.598 m².

Coste de ejecución viales: 3.411 x 90 = 306.990 euros.

Coste de ejecución zonas verdes: 6.598 x 15 = 98.970 euros.

Total Coste de ejecución: 405.960 euros.

Honorarios y gastos (10 por ciento): 40.596 euros.

Total urbanización UO.2: 446.556 euros.

En la unidad se pueden construir 52 viviendas en tipología unifamiliar y colectiva, lo que supone una repercusión del coste de urbanización de 8.588 euros por vivienda, estando este precio en la franja barata dentro del valor de mercado para esta tipología, por lo que la operación es viable para un hipotético promotor.

Unidad UO.3

Superficie viales: 885 m².

Superficie zonas verdes: 558 m².

Coste de ejecución viales: 885 x 90 = 79.650 euros.

Coste de ejecución zonas verdes: 558 x 15 = 8.370 euros.

Total Coste de ejecución: 88.020 euros.

Honorarios y gastos (10 por ciento): 8.802 euros.

Total urbanización UO.3: 96.822 euros.

En la unidad se pueden construir 10 viviendas en tipología unifamiliar, lo que supone una repercusión del coste de urbanización de 9.682 euros por vivienda, siendo éste un valor medio barato para esta tipología, por lo que la operación es viable para un hipotético promotor.

Unidad UO.4

Superficie viales: 309 m².

Superficie zonas verdes: 193 m².

Coste de ejecución viales: 309 x 90 = 27.810 euros.

Coste de ejecución zonas verdes: 193 x 15 = 2.895 euros.

Total Coste de ejecución: 30.705 euros.

Honorarios y gastos (10 por ciento): 3.070 euros.

Total urbanización UO.4: 33.775 euros.

En la unidad se pueden construir 2 viviendas en tipología unifamiliar, lo que supone una repercusión del coste de urbanización de 16.888 euros por vivienda, siendo éste un valor medio de mercado para esta tipología, por lo que la operación es viable para un hipotético promotor.

Unidad UO.5

Superficie viales: 1.624 m².

Superficie zonas verdes: 16.385 m².

Coste de ejecución viales: 1.624 x 90 = 146.160 euros.

Coste de ejecución zonas verdes: 16.385 x 9 = 147.465 euros.

Total Coste de ejecución: 293.625 euros.

Honorarios y gastos (10 por ciento): 29.362 euros.

Total urbanización UO.5: 322.987 euros.

En la unidad se pueden construir 15 viviendas en tipología unifamiliar, lo que supone una repercusión del coste de urbanización de 21.532 euros por vivienda, siendo éste un valor medio de mercado para esta tipología, por lo que la operación es viable para un hipotético promotor.

2.5.-Fichas y Normativa.

A continuación se expone el cuadro de superficies general y seguidamente los cuadros correspondientes a la ampliación de suelo urbano y la reordenación de la zona urbana. Finalmente se exponen las fichas y normativa pormenorizada para cada unidad de actuación por separado.

Superficie total modificación: 64.321 m² - 100.00%.

Superficie neta residencial: 26.917 m² - 41.85%.

Superficie neta dotacional: 2.947 m² - 4.58%.

Superficie neta dotación supramunicipal: 396 m² - 0.62%.

Superficie espacios libres-zonas verdes: 23.734 m² - 36.90%.

Superficie viales y aparcamientos: 10.327 m² - 16.05%.

Aparcamientos en suelo público: 180 plazas.

Número de viviendas total: 73 viviendas. 11.35 viv/ha.

Número de viviendas protegidas: 36 viviendas. 49.32%.

Superficie total ampliación: 42.350 m² - 100.00%.

Superficie neta residencial: 24.277 m² - 57.32%.

Superficie neta dotacional: 1.854 m² - 4.38%.

Superficie neta dotación supramunicipal: 396 m² - 0.93%.

Superficie espacios libres-zonas verdes: 12.378 m² - 29.23%.

Superficie viales y aparcamientos: 4.877 m² - 8.14%.

Superficie total reordenación: 21.971 m² - 100.00%.

Superficie neta residencial 2.640 m² - 12.02%.

Superficie neta dotacional 1.093 m² - 4.98%.

Superficie espacios libres-zonas verdes: 11.356 m² - 51.68%.

Superficie viales y aparcamientos: 5.450 m² - 31.32%.

Unidad UO.1: 5.096 m².

Superficie ocupación: 793 m². Gráficamente.

Superficie espacio libre privado: 3.535 m².

Superficie espacio libre público: -

Superficie viales y aparcamientos: 768 m².

Aparcamientos en suelo público: 0 plazas. Gráficamente.

Aparcamientos en suelo privado: 6 plazas.

Uso principal: vivienda unifamiliar.

Usos tolerados: tabla Plan Municipal.

Número de viviendas unidad: 6 viviendas.

Edificabilidad viviendas: 1.109 m².

Edificabilidad locales: 475 m².

Alineación oficial: marcada en planos.

Alineación obligatoria: marcada en planos.

Altura máxima B+1: normativa general.

Cesión de aprovechamiento: 10 por ciento.

Sistema de actuación: reparcelación, compensación o cooperación.

Respecto de otros aspectos aquí no mencionados, se remite a la normativa específica del planeamiento urbanístico vigente respecto del área de actuación R.3 y de la normativa y ordenanzas generales.

Unidad UO.2: 22.537 m²

Superficie ocupación: 4.170 m². Gráficamente

Superficie espacio Libre Privado 6.109 m².

Superficie espacio Libre Público 6.598 m².

Superficie dotacional: 1.854 m².

Superficie dotación supramunicipal: 396 m².

Superficie viales y aparcamientos: 3.411 m².

Aparcamientos en suelo público 70 plazas. Gráficamente.

Aparcamientos en suelo privado 88 plazas.

Uso principal: residencial unifamiliar y colectiva.

Usos tolerados: tabla Plan Municipal.

Número de viviendas: 52 viviendas.

Número de viviendas protegidas: 36 viviendas. 69.23 por ciento.

Cesión de aprovechamiento: 10 por ciento.

Sistema de actuación: reparcelación, compensación o cooperación. Unico propietario: Concejo de Rada.

1. Vivienda Colectiva:

Número de viviendas: 36 viviendas VPO.

Edificabilidad viviendas: 3.630 m².

Edificabilidad locales: 1.815 m² en sótano.

Alineación obligatoria: marcada en planos.

Altura máxima B+1: Norm. general.

Garajes en planta sótano: 2 plazas/viv.

2. Vivienda Unifamiliar:

Número de viviendas: 16 viviendas.

Edificabilidad viviendas: 3.298 m².

Edificabilidad locales: 1.413 m².

Alineación obligatoria: marcada en planos.

Altura máxima B+1: Norm. general.

Garajes en planta baja: 1 plaza/viv.

Respecto de otros aspectos aquí no mencionados, se remite a la normativa específica del planeamiento urbanístico vigente respecto del área de actuación R.3 y de la normativa y ordenanzas generales.

Unidad UO.3: 5.588 m²

Superficie ocupación: 1.151 m². Gráficamente.

Superficie espacio libre privado: 3.014 m².

Superficie espacio Libre público: 558 m².

Superficie viales y aparcamientos: 885 m².

Aparcamientos en suelo público: 24 plazas. Gráficamente.

Aparcamientos en suelo privado: 8 plazas.

Uso principal: vivienda unifamiliar.

Usos tolerados: tabla Plan Municipal.

Número de viviendas unidad: 8 viviendas.

Edificabilidad viviendas: 1.612 m².

Edificabilidad locales: 690 m².

Alineación obligatoria: marcada en planos.

Altura máxima B+1: Norm. general.

Cesión de aprovechamiento: 10 por ciento.

Sistema de actuación: Reparcelación, compensación o cooperación.

Respecto de otros aspectos aquí no mencionados, se remite a la normativa específica del planeamiento urbanístico vigente respecto del área de actuación R.3 y de la normativa y ordenanzas generales.

Unidad UO.4: 1.907 m²

Superficie ocupación: 672 m². Gráficamente.

Superficie espacio libre privado: 1.069 m².

Superficie espacio libre público: 193 m².

Superficie viales y aparcamientos: 309 m².

Aparcamientos en suelo público: 12 plazas. Gráficamente.

Aparcamientos en suelo privado: 2 plazas.

Uso principal: vivienda unifamiliar.

Usos tolerados: tabla Plan Municipal.

Número de viviendas unidad: 2 viviendas.

Edificabilidad viviendas: 470 m².

Edificabilidad locales: 202 m².

Alineación obligatoria: marcada en planos.

Altura máxima B+1: Norm. general.

Cesión de aprovechamiento: 10 por ciento.

Sistema de actuación: reparcelación, compensación o cooperación.

Respecto de otros aspectos aquí no mencionados, se remite a la normativa específica del planeamiento urbanístico vigente respecto del área de actuación R.3 y de la normativa y ordenanzas generales.

Unidad UO.5: 29.193 m²

Superficie ocupación: 2.017 m². Gráficamente.

Superficie espacio libre privado: 4.744 m².

Superficie espacio libre público: 16.385 m².

Superficie viales y aparcamientos: 4.954 m².

Aparcamientos en suelo público: 61 plazas. Gráficamente.

Aparcamientos en suelo privado: 15 plazas.

Uso principal vivienda unifamiliar.

Usos tolerados: tabla Plan Municipal.

Número de viviendas unidad: 15 viviendas.

Edificabilidad viviendas: 2.621 m².

Edificabilidad locales: 1.123 m².

Alineación obligatoria: marcada en planos.

Altura máxima B+1: Norm. general.

Cesión de aprovechamiento: 10 por ciento.

Sistema de actuación: reparcelación, compensación o cooperación. Unico propietario: Concejo de Rada.

Respecto de otros aspectos aquí no mencionados, se remite a la normativa específica del planeamiento urbanístico vigente respecto del área de actuación R.3 y de la normativa y ordenanzas generales.

Código del anuncio: L0718286
Gobierno de Navarra
Puntos:
06-05-08 16:03 #853199 -> 853139
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Perdonad mi ignorancia pero alguien puede explicar que es esto???
Fijo que tiene que ver con los terrenos del Concejo pero una explicación coloquial no vendría mal.
Puntos:
06-05-08 16:28 #853251 -> 853199
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Opino lo mismo
Puntos:
06-05-08 17:54 #853439 -> 853251
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Si no lo explicáis como que da lo mismo
Puntos:
06-05-08 20:02 #853752 -> 853139
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Me he quedao muerto
Puntos:
07-05-08 08:40 #854833 -> 853752
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Perdón, debería haber puesto este primero


BOLETÍN Nº 120 - 26 de septiembre de 2007
I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.3. OTRAS DISPOSICIONES
1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo
RESOLUCION 66/2007 de 12 de septiembre, del Director General de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se dispone la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Orden Foral 265/07 de 22 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Murillo El Cuende, en el perímetro noroeste de Rada, promovido por el Concejo de Rada.
Mediante Orden Foral 265/07 de 22 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, se aprobó definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Murillo El Cuende, en el perímetro noroeste de Rada, promovido por el Concejo de Rada, condicionando su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a la aportación de un Texto Refundido de la modificación en el que se incluyan las correcciones señaladas en dicha Orden Foral.

Habiéndose aportado el Texto Refundido exigido y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procede la publicación de la citada Orden Foral de aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

1.º Disponer la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Orden Foral 265/07 de 22 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Murillo El Cuende, en el perímetro noroeste de Rada, promovido por el Concejo de Rada, cuyo texto íntegro se recoge en el anexo que se adjunta a esta Resolución.

2.º Señalar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Resolución.

3.º Trasladar esta Resolución al Ayuntamiento de Murillo el Cuende, al Concejo de Rada y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

ANEXO

ORDEN FORAL 265/2007 de 22 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Murillo El Cuende, en el perímetro noroeste de Rada, promovido por el Concejo de Rada.

El Ayuntamiento de Murillo El Cuende ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Murillo El Cuende, en el perímetro noroeste de Rada, promovido por el Concejo de Rada.

2.º Vincular la publicación de esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a la presentación de un Texto Refundido debidamente diligenciado que incorpore las modificaciones del Anexo presentado.

3.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes. Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Murillo El Cuende y al Concejo de Rada, a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de mayo de 2007
El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, José Andrés Burguete Torres.

Código del anuncio: F0714189
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07-05-08 08:54 #854855 -> 854833
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Y la esplicación???Porque aquí mucho hacemos si colgamos los BOn y no explicamos.
De todas formas esta última es del 2007 y la primera del 2008.
Lo digo porque como no entero de ninguna de las dos igual deroga a la otra, pero vamos aquí hasta que no lo expliquéis.
De todas formas la semana que viene son fiestas porque no dejamos descansar estos temas un poco?
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07-05-08 09:00 #854865 -> 854855
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
He copiado el BON para que todos tengamos la misma información. Ya se que es un poco espeso, pero es la información oficial.
En cuanto a las fechas ya digo que se me coló poner primero la del 2007, pero al final solo dice que ha sido aprobada por el Dpto de Medio Ambiente.
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07-05-08 10:18 #854986 -> 854865
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
pero, qué significa realmente que lo haya aprobado medio ambiente?
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07-05-08 10:44 #855032 -> 854986
Por:Ribazoblanco

RE: EN EL BON
A ver, por lo que yo entiendo al leer los dos extractos del BON.

De lo que se está hablando es de una modificación de las Normas Subsidiarias y de Planeamiento Urbanístico en el término de Rada. Esto lo hizo el Ayuntamiento de Murillo El Cuende a propuesta del Concejo de Rada a lo largo del año pasado, 2007.

Yo entiendo que el proceso es que el Concejo propone, el Ayuntamiento acepta y modifica, el Consejero de Ordenación del Territorio (en la anterior legislatura era también de Medio Ambiente y de Vivienda) lo aprueba y el Ayuntamiento lo publica definitivamente.

El fin principal era la ampliación del suelo urbano del perímetro noroeste de Rada y a la reordenación del suelo urbano existente. Todo ello destinado a residencias unifamiliares y colectivas (pisos) y servicios dotacionales públicos.

De tal forma que donde en un principio estaban previstas 10 viviendas, se pasarán a 83 viviendas (un incremento de 73 viviendas). Y según una Ley Foral, el 50% tendrán que ser VPO. También se reserva espacio para un futuro vial, consecuencia de la ampliación de una calle siguiendo la cuadrícula de nuestras calles.

Asimismo, también se recogen las condiciones y normativa para abastecimiento de agua, saneamiento, electricidad y alumbrado y accesibilidad de esas nuevas viviendas.

También se realiza una reserva de suelo para zonas verdes y aparcamiento aplicando el cálculo previsto por la Ley correspondiente.

Por último hay un estudio económico y de viabilidad del desarrollo de esta posible actuación urbanística.

Como decía, este anuncio solo habla del perímetro "noroeste de Rada" y nombra una serie de parcelas. También dice que está todo detallado en un plano, que supongo que estará en el Ayuntamiento de Murillo El Cuende.

Pero vamos, que esta información no es actual. Es decir, que es de finales de 2007 (y se tramitó a lo largo de todo el año pasado), aunque en el BON se publicó en enero de 2008. Lo digo para aquellos que buscan respuestas a los interrogantes surgidos con la última subasta de terrenos.

Como he dicho al principio, esto es lo que he entendido yo al leer los dos artículos del BON. Es cosecha propia mía. Puede ser que me haya equivocado, si es así pido disculpas. Sólo lo he hecho por si podía arrojar luz.
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07-05-08 10:57 #855050 -> 855032
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Yo añado que la cartera de Medio Ambiente va con la de Vivienda.
Puntos:
07-05-08 11:07 #855070 -> 855032
Por:Ribazoblanco

RE: EN EL BON
Así era en la anterior legislatura (2003-2007) que es cuando el Consejero (José Andrés Burguete) aprobó esta modificación. Era el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda. Pero como digo esta cuestión es de Ordenación del Territorio.

En esta nueva legislatura, Medio Ambiente va con Desarrollo Rural (cuya Consejera es Begoña Sanzberro), y Vivienda junto con Ordenación del Territorio (con Carlos Esparza).
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07-05-08 13:04 #855326 -> 855032
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
gracias por las explicaciones pero, cómo afecta todo eso a lo de la subasta de terrenos?
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07-05-08 16:06 #855647 -> 855032
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Yo creo que para saber te tendrás que informar en el Concejo o en el Ayuntamiento porque realmente lo que pasa lo sabrán los que han comprado terreno.
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07-05-08 20:38 #856297 -> 855032
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Por lo que sé los del Ayuntamiento ya contestaron en su día y despues le tocaba mover ficha al Concejo.
Puntos:
08-05-08 08:19 #857067 -> 855032
Por:No Registrado
RE: EN EL BON
Y qué contestó el Ayuntamiento? Qué es lo que tiene que hacer ahora el Concejo? es que ando bastante perdido con todo esto
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