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Moratalla - Murcia

Poblacion:
España > Murcia > Moratalla
02-03-11 17:41 #7188403
Por:farolillorojo24

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 408.

La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Puntos:
02-03-11 17:49 #7188665 -> 7188403
Por:farolillorojo24

RE: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 510.

1. Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.

2. Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.

Artículo 511.

1. Incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años el particular encargado de un servicio público que deniegue a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía.

2. Las mismas penas serán aplicables cuando los hechos se cometan contra una asociación, fundación, sociedad o corporación o contra sus miembros por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía.

3. Los funcionarios públicos que cometan alguno de los hechos previstos en este artículo, incurrirán en las mismas penas en su mitad superior y en la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años.
Puntos:
02-03-11 20:13 #7189965 -> 7188665
Por:cejetero

RE: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Farolillo si se aplicaran esos artículos en Moratalla la justicia tendría mucho trabajo, todos vemos como hay numerosas normas y leyes que no se cumplen sin que nadie haga nada por evitarlo.
Puntos:
02-03-11 21:31 #7190696 -> 7189965
Por:cuevalospiratas

RE: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Quieres decir cejetero que el alcalde y los concejales de uno y otro grupo
han incurrido en faltas muy graves.
Puntos:

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