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Moratalla - Murcia

Poblacion:
España > Murcia > Moratalla
04-04-15 19:33 #12550647
Por:11 JULIO

El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el "bendito" Rafael González Tovar y el "bueno" de Eduardo Contreras
https://egamediapress.com/not/10853/el-devoto-candidato-pedro-antonio-sanchez-el-bendito-rafael-gonzalez-tovar-y-el-bueno-de-eduardo-contreras/

Estos aprovechan lo que sea para hacer campaña, qué cara más dura tienen los del PP y los del PSOE, pero la gente ya los ha calado.
Puntos:
04-04-15 20:54 #12550711 -> 12550647
Por:chispitaroja

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Pocas diferencias hay entre unos y otros.
Puntos:
04-04-15 21:55 #12550755 -> 12550711
Por:andero

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Sobre todo entre los que pactan mociones de censura para desalojar los gobiernos elegidos democráticamente traicionando los principios políticos que dicen defender, como hicieron PP-IU. Lecciones podéis dar vosotros.
Puntos:
05-04-15 07:32 #12551001 -> 12550755
Por:antessoymoratallero

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Esto para el andero, que todavía no se ha enterado, y siempre está erre que erre con el tema de la moción de censura:

Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del régimen electoral general.

1. El Alcalde puede ser destituido mediante moción de censura, cuya presentación, tramitación y votación se regirá por las siguientes normas:

a) La moción de censura deberá ser propuesta, al menos, por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación y habrá de incluir un candidato a la Alcaldía, pudiendo serlo cualquier Concejal cuya aceptación expresa conste en el escrito de proposición de la moción.

En el caso de que alguno de los proponentes de la moción de censura formara o haya formado parte del grupo político municipal al que pertenece el Alcalde cuya censura se propone, la mayoría exigida en el párrafo anterior se verá incrementada en el mismo número de concejales que se encuentren en tales circunstancias.

Este mismo supuesto será de aplicación cuando alguno de los concejales proponentes de la moción haya dejado de pertenecer, por cualquier causa, al grupo político municipal al que se adscribió al inicio de su mandato.

b) El escrito en el que se proponga la moción de censura deberá incluir las firmas debidamente autenticadas por Notario o por el Secretario general de la Corporación y deberá presentarse ante éste por cualquiera de sus firmantes. El Secretario general comprobará que la moción de censura reúne los requisitos exigidos en este artículo y extenderá en el mismo acto la correspondiente diligencia acreditativa.

c) El documento así diligenciado se presentará en el Registro General de la Corporación por cualquiera de los firmantes de la moción, quedando el Pleno automáticamente convocado para las doce horas del décimo día hábil siguiente al de su registro. El Secretario de la Corporación deberá remitir notificación indicativa de tal circunstancia a todos los miembros de la misma en el plazo máximo de un día, a contar desde la presentación del documento en el Registro, a los efectos de su asistencia a la sesión, especificando la fecha y hora de la misma.

d) El Pleno será presidido por una Mesa de edad, integrada por los concejales de mayor y menor edad de los presentes, excluidos el Alcalde y el candidato a la Alcaldía, actuando como Secretario el que lo sea de la Corporación, quien acreditará tal circunstancia.

e) La Mesa se limitará a dar lectura a la moción de censura, constatando para poder seguir con su tramitación que en ese mismo momento se mantienen los requisitos exigidos en los tres párrafos del apartado a), dando la palabra, en su caso, durante un breve tiempo, si estuvieren presentes, al candidato a la Alcaldía, al Alcalde y a los Portavoces de los grupos municipales, y a someter a votación la moción de censura.

2. Ningún concejal puede firmar durante su mandato más de una moción de censura. A dichos efectos no se tomarán en consideración aquellas mociones que no hubiesen sido tramitadas por no reunir los requisitos previstos en la letra b) del apartado 1 de este artículo.

3. La dimisión sobrevenida del Alcalde no suspenderá la tramitación y votación de la moción de censura.

4. En los municipios en los que se aplique el régimen de concejo abierto, la moción de censura se regulará por las normas contenidas en los dos números anteriores, con las siguientes especialidades:

a) Las referencias hechas a los concejales a efectos de firma, presentación y votación de la moción de censura, así como a la constitución de la Mesa de edad, se entenderán efectuadas a los electores incluidos en el censo electoral del municipio, vigente en la fecha de presentación de la moción de censura.

b) Podrá ser candidato cualquier elector residente en el municipio con derecho de sufragio pasivo.

c) Las referencias hechas al Pleno se entenderán efectuadas a la Asamblea vecinal.

d) La notificación por el Secretario a los concejales del día y hora de la sesión plenaria se sustituirá por un anuncio a los vecinos de tal circunstancia, efectuado de la forma localmente usada para las convocatorias de la Asamblea vecinal.

e) La Mesa de edad concederá la palabra solamente al candidato a la Alcaldía y al Alcalde.

5. El Alcalde, en el ejercicio de sus competencias, está obligado a impedir cualquier acto que perturbe, obstaculice o impida el derecho de los miembros de la Corporación a asistir a la sesión plenaria en que se vote la moción de censura y a ejercer su derecho al voto en la misma. En especial, no son de aplicación a la moción de censura las causas de abstención y recusación previstas en la legislación de procedimiento administrativo.

6. Los cambios de Alcalde como consecuencia de una moción de censura en los municipios en los que se aplique el sistema de concejo abierto no tendrán incidencia en la composición de las Diputaciones Provinciales.

A fin de cuentas, un derecho contitucional.



Ahora te tendrás que preguntar el por qué se presento,,,,nooo yo te lo digo:

Varios miembros o afiliados adjuntos al anterior Alcalde del Psoe que gobernaba antes del mandado del Alcalde socialista al cual se le presento la moción de censura, fueron casi los precursores para presentar dicha moción, amen de los despropósitos e irregularidades que derivaron en dicha moción.

Ni que decir que de ahí salieron muros, electrificaciones privadas, y un largo etc que llevaría un modo relatar aquí.
Puntos:
05-04-15 10:25 #12551048 -> 12551001
Por:chispitaroja

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Pués claro andero, por eso el PSOE ha pactado con la derecha desde el principio de la democracia, el PSOE ha pactado con el PNV, con CIU, pactó con el PP en el País Vasco, en Galicia... y en Andalucía con IU para darle una puñalá trapera. En Moratalla el PACTO PP-PSOE fue para regalarle parte de una calle a un constructor, otro pacto para regalarle unos transformadores a otros constructores, otro pacto para regalarle el solar de la residencia a otro constructor y bueno las reuniones secretas por el tema de las urbanizaciones...
Puntos:
05-04-15 12:52 #12551151 -> 12551001
Por:andero

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Groucho Marx:

"Estos son mis principios. Si no le gustan tengo otros."

Pues eso...
Puntos:
05-04-15 13:01 #12551153 -> 12551151
Por:chispitaroja

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Pues eso psoe...
Puntos:
06-04-15 22:58 #12552793 -> 12551153
Por:amenamen

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Todos en pecado mortal.
Puntos:
07-04-15 00:35 #12552938 -> 12552793
Por:chispitaroja

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Tanto monta monta tanto, estos quieren sacarle partida política a todo, menos mal que la gente esta espabilando.
Puntos:
07-04-15 11:13 #12553162 -> 12552793
Por:11 JULIO

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Si el PSOE de Moratalla tiene que echar mano a uno de Murcia es que no van bien las cosas.
Puntos:
07-04-15 14:55 #12553384 -> 12552793
Por:farolillorojo24

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Que alguien me diga la diferencia entre PP y PSOE.

En las puertas giratorias
Con la iglesia.
Con el art. 135 de la Constitución.
Con las reformas laborales.
Con la subida del IVA
Con la subida de la Gasolina, gas, luz y agua.
Con la Ley Electoral.
Con la Ley de Huelga.
Con la financiación ilegal del partido.

Luego sigo con el pueblo.
Puntos:
07-04-15 15:41 #12553427 -> 12552793
Por:andero

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Cuando sigas con el pueblo, que no se te olvide comentar el pacto PP-IU y que gracias a aquello estamos como estamos.
Puntos:
07-04-15 18:53 #12553669 -> 12552793
Por:amenamen

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Pues tengo que decir que aunque era yo muy joven, con el alcalde de IU se notó el cambio en Moratalla, recuerdo cuando se ataban las bolsas de la basura en las fachadas, jajajajajajajaj
Puntos:
07-04-15 19:47 #12553740 -> 12552793
Por:andero

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Y yo cuando apenas había deuda en el ayuntamiento y era uno de los más saneados de la región.
Puntos:
07-04-15 21:29 #12553924 -> 12552793
Por:antessoymoratallero

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Andero eso no te lo crees tú ni borracho.

Mucha deuda, por aquellos tiempos entonces, se quedó o empezó en los casinos de Madrid.
Puntos:
07-04-15 21:34 #12553931 -> 12552793
Por:antessoymoratallero

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
.....y cuando teníais El Cenajo y el Camping como vuestras cortijadas de lujuria, desenfreno y frenesí.
Puntos:
08-04-15 00:21 #12554238 -> 12552793
Por:andero

RE: El devoto candidato Pedro Antonio Sánchez, el
Fíjate, ahora no hay Hotel Cenajo y el Camping sigue "de milagro" después de la desastrosa gestión que realizásteis y de intentar subastarlo por debajo de su valor.

¿Por qué no piensas las cosas dos veces antes de escribir?
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