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Moratalla - Murcia

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España > Murcia > Moratalla
01-12-13 11:05 #11713486
Por:pacovive

El rejas nervioso con la residencia de ancianos
Me dio mal rollo ver al alcalde tan nervioso en el pleno con lo de los terrenos de la residencia, llegó hasta meterse el dedo en la nariz.

Sí consiguió darle otra larga cambiada al tema para dilatarlo en el tiempo.
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01-12-13 21:51 #11714311 -> 11713486
Por:farolillorojo24

RE: El rejas nervioso con la residencia de ancianos
Hace dos años que habían pasado cuatro.
Han pasado seis y la residencia está tal como se ve en el vídeo.
Leamos la "condición resolutoria" del pliego de condiciones aprobado por el pleno.
Empiezan las preguntas. Y no pararán hasta que haya respuestas.
"El adquirente de los bienes objeto de enajenación queda sujeto a la inexorable obligación de implantación de una Residencia de Ancianos o Geriátrico en los terrenos que se le adjudiquen. Las dimensiones y características funcionales de la futura residencia se detallan con precisión en el proyecto que se adjunta al presente pliego como Anexo II, el cual podrá ser modificado por los adjudicatarios no excediéndose de la edificación máxima prevista en la ficha de planeamiento que se adjunta como Anexo III.

La presente enajenación se sujeta a la condición resolutoria, perdiendo los adquirentes sus derechos, de que por parte de los adjudicatarios no se instale y ponga en marcha, previa obtención de las licencias y/o autorizaciones legalmente exigidas, la Residencia de Ancianos descrita en el proyecto incluido como Anexo II, o la que se apruebe por el Ayuntamiento a propuesta de los adjudicatarios en el plazo máximo de cuatro (4) años a contar a partir de la fecha del otorgamiento de la escritura pública de transmisión de los bienes objeto del presente pliego. En el supuesto de que al término del plazo señalado el adjudicatario no hubiera acreditado la instalación y puesta en marcha de la actividad descrita, el contrato quedará resuelto por incumplimiento culpable del adquirente, con pérdida de todo lo entregado y construido, salvo causa no imputable al mismo. La acreditación del cumplimiento de la obligación impuesta, y por tanto por parte del adquiriente se efectuará mediante la aportación en el plazo referido del acta de puesta en marcha de la actividad

La precedente condición resolutoria habrá de incorporarse a la escritura pública de compraventa que se otorgue e inscribirse en el Registro de la Propiedad."
facebook iumoratalla
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03-12-13 18:32 #11717611 -> 11714311
Por:pacovive

RE: El rejas nervioso con la residencia de ancianos
El del psoe dijo que lo de la residencia fue un pelotazo, no creo yo que los del pp...
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