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España > Malaga > Mollina
12-02-12 14:50 #9610067
Por:mentideropueblerino

Faltar al trabajo justificadamente entre 9 y 20 días en 2 meses por enfermedad, motivo de despido
• Así se recoge en la nueva reforma laboral aprobada por el Gobierno.
• El artículo 52, letra d, del Estatuto de los Trabajadores establece que se podría despedir por faltas justificadas superiores al 20% en dos meses o al 25% en cuatro meses.
• Sin embargo, se establecía la condición de que el absentismo total de la plantilla debía superar el 2,5% en los mismos periodos de tiempo.
• Con el nuevo texto de la reforma aprobada este viernes esta condición se elimina, no siendo necesario para despedir la situación del resto de la plantilla.
• Un trabajador con un turno de lunes a viernes debe acudir a su trabajo unas 45 jornadas, por lo que este 20% de faltas justificadas no podría superar los 9 días.
• Esta situación podría ser inconstitucional, ya que entra en conflicto con varios artículos de la Carta Magna, como el derecho a la protección de salud (Art. 43.1).
La reforma laboral da la posibilidad a las empresas, y por causas objetivas, de despedir a un trabajador por un absentismo justificado del 20% en dos meses. Así se establece en la nueva redacción del artículo 52, letra d, del Estatuto de los Trabajadores, regulador del despido objetivo, y que con la reforma queda así: "Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses". Esta nueva redacción de dicho artículo podría ser inconstitucional, al entrar en conflicto, por ejemplo, con el derecho a la protección de salud (Art. 43. 1. de la Constitución).
Este despido objetivo por faltas de asistencia tendría una indemnización de 20 días y un máximo de 12 mensualidadesEsto significa que el Gobierno ha procedido a eliminar una de las condiciones que permitían el despido objetivo por las causas anteriores, que determinaba que este se podría llevar a cabo "siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5% en los mismos periodos de tiempo".
Lo que no ha cambiado es la serie de situaciones que no computan como faltas de asistencia: "No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda."
Según cuenta Laboro, esto se traduce en que, basándonos en el límite del 20% de faltas al puesto de trabajo en jornadas hábiles durante dos meses consecutivos (unas 45 jornadas para un trabajador con turno de lunes a viernes), una empresa podría prescindir de un miembro de su personal si este ha permanecido de baja durante más de 9 días, pudiendo optar por despedirle con 20 días de indemnización y un máximo de 12 mensualidades, tal y como permite el despido objetivo.
Los trabajadores a los que se conceda la baja por enfermedad podrían evitar su despido si su ausencia justificada es superior a 20 días consecutivos por una baja por enfermedad o accidente no laboral, como se delimita en los supuestos no considerados como falta de asistencia. En este aspecto, tal y como recuerda Laboro, jugarán un papel esencial las mutuas, a las que se otorga mayor importancia en las empresas con la nueva reforma a la hora de dar las altas a los trabajadores, aunque esta modificación aún está pendiente de aprobación. Por el momento, el único que puede determinar que el trabajador está recuperado de la baja es el médico de cabecera.

Mentideropueblerino

En otros tiempos al obrero se le sometía esclavizándolos y dándoles con el látigo,
Hoy lo tienen mucho más fácil, primero los empobrecen con una crisis y luego basta con hacerles una reforma laboral para poder abusar del obrero y tenerlos a su merced , a sabiendas que tal y como están las cosas el obrero que esté trabajando tendrá que agachar la cabeza y resignarse a los abusos del empresario por temor al despido,
Igualito a lo que le pasaron a sus abuelos en tiempos de Franco, con los señoritos de antaño.

Quien olvida su historia está condenado a repetirla. Eso dijo el poeta y filósofo español Jorge Agustín Nicolás Ruiz de Santayana
Puntos:
12-02-12 15:23 #9610184 -> 9610067
Por:mentideropueblerino

RE: Faltar al trabajo justificadamente entre 9 y 20 días en 2 meses por enfermedad, motivo de despido
No hay nada más estúpido que un obrero de derechas

Después de leer las “brillantes medidas” del ejecutivo en la reforma laboral, veo que ya hay voces pidiendo la convocatoria de huelga general. Pues no, esta reforma laboral no merece una huelga, merece un cierre patronal. Un cierre patronal porque la decepción a todos los niveles es máxima, basta con leer la imprecisión y poca claridad del ejecutivo para arrojar medidas que de verdad sirvan para algo.
Es sencillo dar argumentos para un cierre patronal por la reforma laboral, estos son sólo unos pocos:
• El Gobierno nos toma el pelo con el mecanismo de deducciones, subvenciones y deducciones en los contratos para emprendedores. Si no pago impuesto de sociedades porque estoy en pérdidas, no hay deducción que valga. Esto es un brindis al sol.

• El mercado laboral tiene ya más de 40 de contratos diferentes, cada uno con una legislación y diferentes bonificaciones y subvenciones. Se equivoca de plano, con dos tipos de contratos, sobran, no poniendo un marco laboral que necesita un master previo para contratar.

• Volvemos a las deducciones puntuales y diferidas para la contratación ¿qué tal la tarifa plana para contratar parados cambiando prestaciones de desempleo por cotizaciones al 100%? Ah no, que entonces sí es atractivo contratar para todos.

• Los sindicatos le quieren montar la reforma por el abaratamiento del despido. Yo le planteo el cierre patronal porque sigue sin dar una líneas claras para el despido objetivo y sigue existiendo máxima inseguridad para el empresario.

• Se ha abierto la veda a la intermediación privada en la inserción laboral mediante las ETTs. ¿Qué, cómo y cuándo se lleva el trozo del pastel por esta colaboración público-privada? Ha dejado claro que el trabajador no pagará a las ETTs, pero estas empresas no trabajan por amor al arte. Aquí huele a pelotazo de las grandes ETTs y si no es así, liberalice completamente la apertura de ETTs. Cierre patronal por la discriminación positiva hacia las grandes ETTs

• Habla de regular el teletrabajo equiparando condiciones presenciales a las condiciones a distancia. Se equivoca también, puesto que debe facilitar el teletrabajo y poner encima de la mesa las ventajas de racionalización de horarios. Cierre patronal por intervención en el área doméstica sin favorecer la implantación del teletrabajo.

• Ha abierto el melón de las horas extras en los contratos a tiempo parcial. Eso es abrir una puerta más al fraude de ley en hostelería y servicios porque el trabajador que pille la inspección trabajando fuera de las horas de contrato, estará dando horas extras. Cierre patronal por favorecer la competencia desleal.
• No tiene valor para eliminar de verdad las subvenciones a la formación que financian los sindicatos y sus desfases en mariscadas. Cierre patronal por seguir comprando el silencio y complicidad de los defensores de los próximos 6 millones de parados.
Sí esta reforma es la que nos tiene que sacar de la crisis y la que tiene que favorecer el empleo, está ampliamente equivocado. Su gobierno sigue la senda intervencionista a todos los niveles, mantiene esquemas laborales del siglo XIX y no es capaz de aportar una sola medida novedosa. Todo lo que plantea, ya se ha probado anteriormente en el mercado laboral y tenemos 5,3 millones de parados.
Es posible que en Europa le aplaudan algunas medidas, pero a la vuelta de unos meses, se dará cuenta del craso error legislativo que ha cometido. No a la reforma laboral, sí al cierre patronal.
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