22-05-13 11:11 | #11322748 |
Por:No Registrado | |
Certificado energÉtico Real Decreto 235/2013 sobre el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los edificios, que entra en vigor para toda venta y alquiler a partir del 1 de junio 2013. Resumimos algunos puntos: 1.El notario no podrá firmar la escritura de venta sin dicho Certificado. 2.El propietario del inmueble es el responsable de pedir el Certificado y aportarlo para la firma de escrituras. 3.Las viviendas construidas a partir del 2007 pueden tener el Certificado dentro de la documentación original del promotor. 4.Para cumplir con la Ley del Consumidor la agencia inmobiliaria deberá informar en la publicidad, la etiqueta de Certificación de Eficiencia Energética del inmueble. Desde www.energia3.es efectuamos los certificados a precios muy adsequibles | |
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