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Valdetorres de Jarama - Madrid

Poblacion:
España > Madrid > Valdetorres de Jarama
16-10-09 17:07 #3545275
Por:No Registrado
autorizacion para transitar por los caminos
quien se ha sacado esa idea de la cabeza? ricardo?

no me parece ni bien ni mal, me da igual, pero creo que deberian informar de los requisitos que son necesarios para sacarlo

el otro dia fui al ayuntamiento y es de vergüenza la verdad, son 4 papeles y me dicen que no saben cuando lo tendran, que tienen que mucho trabajo y que ira para largo

yo ya he presentado todo al ayuntamiento, si me denuncian lo pagan ellos?

se hacen responsables de no habermelo dado?

como siempre este ayuntamiento funciona como hace 50 años
Puntos:
16-10-09 20:48 #3547886 -> 3545275
Por:pincho II

RE: autorizacion para transitar por los caminos
La idea creo que es de la consejería de medio ambiente de la Comunidad de Madrid. No es que este ayuntamiento me entusiasme, pero a cada uno su culpa.
Puntos:
16-10-09 20:58 #3548008 -> 3547886
Por:No Registrado
RE: autorizacion para transitar por los caminos
No entiendo. Que autorización es esa y a que caminos se refiere??
Puntos:
17-10-09 11:37 #3552299 -> 3548008
Por:No Registrado
RE: autorizacion para transitar por los caminos
PINCHO II, ESTO ES SOLO IDEA DE RICARDITO, POR QUE DICE QUE ASI CONSIGUE QUE NADI3E BAJE POR LOS CAMINOS A TIRAR ESCOMBROS, ESTE RICARDO ES MAS SIMPLE PEOR QUE POCO YO.
Puntos:
17-10-09 17:45 #3554635 -> 3552299
Por:No Registrado
RE: autorizacion para transitar por los caminos
¿Seguro? No es la información que yo tengo.
Puntos:
17-10-09 20:03 #3555664 -> 3554635
Por:pincho II

RE: autorizacion para transitar por los caminos
He buscadoy he encontrado esto en https://ww.madrid.org/cs/Satellite?cid=1142329805738&language=es&pagename=PortalJoven%2FPage%2FJUVE_contenidoFinal.
Si no teneis muchas gans de leer podeis ir directamente al final y leer lo que he destacado en negrita.
| ..Nuestro país cuenta con un patrimonio natural único, la red de vías pecuarias, caminos rurales de 125.000 km, el 1% del territorio nacional, legado por la actividad ganadera trashumante desde la Edad Media.


¿Qué son las vías pecuarias?
Son una serie de corredores ecológicos que se distribuye por más de 40 provincias, y que en la actualidad, además de servir para el tránsito de reses, se ha convertido en sustento de otras prácticas de ocio en plena naturaleza.
En España existen nueve grandes cañadas que recorren la Península de norte a sur:

Cañada de la Vizana o de la Plata.
Cañada Leonesa Occidental.
Cañada Leonesa Oriental.
Cañada Segoviana.
Cañada Soriana Occidental.
Cañada Soriana Oriental.
Cañada Riojana.
Cañada Conquense.
Cañada del Reino de Valencia.


Régimen jurídico
El régimen jurídico de las vías pecuarias quedó establecido en la Ley 3/1995 de 23 de marzo, de Vías Pecuarias que consagra el carácter público de estos caminos, considerando la totalidad de los mismos como un legado histórico de interés capital, único en Europa.
Son consideradas por la normativa estatal como bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Las Comunidades Autónomas deberán llevar a cabo su actuación respecto a las Vías Pecuarias de acuerdo con los siguientes fines:

Regular el uso de las Vías Pecuarias de acuerdo con la normativa básica estatal.

Ejercer las potestades administrativas en defensa de la integridad de las vías pecuarias.

Garantizar el uso público de las mismas, tanto para uso ganadero como cuando se adscriban otros usos compatibles o complementarios.

Asegurar la adecuada conservación de las vías pecuarias, así como de otros elementos ambientales valiosos vinculados a ellas.

La Comunidad de Madrid ha promulgado la Ley 8/1998, de 15 de junio, de las Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid. Se recoge que en nuestra Comunidad hay 4.000 km de longitud y 13.000 ha de superficie.
Se reconocen los tres usos: agropecuario, medioambiental y sociocultural.

El instrumento básico es, al igual que en el resto de espacios protegidos, el Plan Rector de Uso y gestión. En él se indica como el uso prioritario es la trashumancia estacional, pero también se autorizan usos comunes compatibles:

La circulación de personas a pie y de los animales que tengan permanentemente bajo su control de modo que no puedan representar un inconveniente para el tránsito de ganados.

Las plantaciones lineales, cortavientos u ornamentales, cuando permitan el tránsito normal del ganado.

La circulación de tractores, remolques, sembradoras, cosechadoras y maquinaria agrícola.

Con carácter excepcional se autoriza el tránsito de vehículos motorizados que estén al servicio de establecimientos hoteleros, deportivos, culturales y educativos que radiquen en el medio rural.

También se han establecido los usos comunes complementarios:

Las Vías Pecuarias servirán también para el esparcimiento y recreo públicos y podrán ser utilizadas, sin necesidad de autorización previa, para el paseo, el senderismo, la cabalgada, el cicloturismo, el esquí de fondo y cualquier otra forma de desplazamiento deportivo sobre vehículo no motorizado.
Será también libre la recogida de frutos espontáneos.

Se necesita autorización previa de la Consejería de Economía para las siguientes actividades:

Las que desarrollen en las Vías Pecuarias las personas o entidades, tengan o no ánimo de lucro, como organizadoras de actividades recreativas, deportivas, culturales y educativas de sus socios o afiliados y terceros.

La celebración en las Vías Pecuarias de pruebas y competiciones deportivas.

La ocupación de terrenos de Vías Pecuarias por instalaciones desmontables, de carácter temporal, necesarias para la práctica de las actividades recreativas o deportivas.


Queda expresamente prohibidas en las Vías Pecuarias las siguientes actividades:
La caza en todas sus formas.
La publicidad.
La extracción de rocas, áridos o gravas.
Los vertidos de cualquier clase.
El asfaltado o cualquier procedimiento semejante que desvirtúe su naturaleza.
El tránsito en vehículos todoterreno, motocicleta y cualquier otro vehículo motorizado.Las ocupaciones o instalaciones de cualquier tipo, no autorizadas.
Saludos.
Puntos:
17-10-09 21:54 #3556472 -> 3555664
Por:YOSA

RE: autorizacion para transitar por los caminos
Creo que estais confundidos, esto ni es idea de Ricardo ni es competencia del Ayuntamieto, como bien dice pincho II, deja muy claro cules son las actividades prohibidas, siendo todo esto competencia de la C.A.M.
Si estubiesemos a la altura de otros municipios, con semejante población como nuestro pueblo, dispondriamos de Policía Local (Patrulla Verde), que se haría cargo de vigilar todos esos vetidos incontrolados. Dedirle al responsable de este Ayuntamiento que ya es hora de que soliciten a la C.A.M, POLICIA LOCAL, ya que no le cuesta un Euro durante el periodo de diez años, asi que animo y a moverse por los despachos, que por eso os pagan.
Un saludo a todos los foreros.
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