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San Martín de Valdeiglesias - Madrid

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17-03-11 01:26 #7303216
Por:Amigos_Equo_SMV

¿Respetamos realmente la Constitución?
¿Quieres saber cual es la eficacia real del Derecho Comunitario?

¿Cómo se pueden armonizar las fuerzas centrífugas de las autonomías locales y territoriales frente a las fuerzas centrípetas de la Unión Europea?,

¿Cómo puede España garantizar a la Unión Europea que el Derecho Comunitario no sólo obliga a la Administración del Estado?,

¿Ha de pagar el Estado los platos rotos por otros entes autonómicos o autónomos?.


A todas esas cuestiones, de capital importancia en tiempos de crisis, se refiere el interesantísimo informe del Consejo de Estado de 15 de Diciembre de 2010 sobre obligaciones de cumplimiento del Derecho Comunitario por los Estados miembros y mecanismos de garantía.

Cuesta creer que tras veinticinco años del ingreso de España en la hoy llamada Unión Europea todavía se hable de cómo asegurar la seriedad de las Administraciones españolas para cumplir con sus compromisos con Europa, donde no faltan versiones ibéricas de la aldea gala de Astérix (rebelde al imperio romano), con lo que seguimos en “libertad vigilada” por los incumplimientos de Directivas comunitarias, de sentencias condenatorias y de reglamentos que nacen para toda Europa.

Dicho dictamen se solicitó por el Gobierno de la Nación al Consejo de Estado y aunque la consulta formalmente solicitaba aclarar los mecanismos de garantía del Derecho comunitario en un Estado descentralizado, realmente podría subtitularse:¿Quién le pone el cascabel al gato?.

I. El informe es metódico, claro y riguroso. Su lectura íntegra es recomendable porque encierra un curso acelerado de Derecho Comunitario y de los problemas de su aplicación que, por cierto, no son exclusivos de España, sino que los sufren todos los Estados con elevados niveles de descentralización. El viejo problema de los padres para controlar a los hijos. Veamos de forma sucinta los mecanismos de reacción y prevención que sugiere. Claro que una cosa es predicar y otra dar trigo. Vamos a ver las recomendaciones del Consejo de Estado para que el Estado exhiba sus músculos jurídicos y “desenfunde” rápidamente sus poderes constitucionales.

1.La cooperación y coordinación a distintos niveles territoriales.

Se sugiere dotar de presencia y participación activa a las Comunidades Autónomas en los procedimientos de incumplimiento ante Europa.

2. La supletoriedad del Derecho estatal.

Una vez expirado el plazo de transposición de una Directiva, debería aplicar el Estado su competencia para dictar legislación supletoria del art.149.3 CE.

3. La competencia reconocida al Estado en materia de relaciones internacionales por el artículo 149.1.3a de la Constitución.

El Estado , una vez expirado el plazo para incorporar una directiva o para adoptar medidas normativas exigidas por el Derecho de la Unión Europea, o declarado el incumplimiento del Derecho de la Unión Europea por el Tribunal de Justicia en relación con normas autonómicas, podría esgrimir su título competencial en materia de relaciones internacionales para poner orden y suplir al legislador autonómico.

4. La utilización de las leyes de armonización.

Se sugiere su utilización en casos de complejidad de la norma europea o por la interrelación de las materias abordadas por ella.

5. El mecanismo de la coerción estatal previsto en el artículo 155 de la Constitución.

Se señala esta vía para a supuestos de carácter extraordinario, ante incumplimientos contumaces y actitudes obstruccionistas de la Comunidad Autónoma .

6. Combatir judicialmente los incumplimientos ejecutivos.

Se apunta a la posibilidad de impugnaciones por el Estado de incumplimientos ejecutivos por las Comunidades Autónomas, aunque exigiría modificaciones del a Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Los poderes de vigilancia y control estatal y autonómicos en el ámbito local.

Se señala la conveniencia de modificar la Ley de Bases de Régimen Local para poder controlar los incumplimientos por los entes locales del Derecho comunitario.

Así pues, el Consejo de Estado invita al Estado a que utilice esas siete medidas o ”armas jurídicas” para garantizar que Comunidades Autónomas y entes locales se toman en serio el Derecho Comunitario.

Sin embargo, a la hora de “desenfundarlas”, a Sevach el Estado le recuerda al protagonista del film protagonizado por Clint Eastwood ” Sin Perdón”, viejo, lento, cegato y con poca fe en sí mismo.



II. La conclusión final del informe es tan certera como inviable. Oigamos al Consejo de Estado:

“ A la vista de las consideraciones realizadas, se sugiere la aprobación de una ley para la garantía del cumplimiento del Derecho de la Unión Europea en la que, de modo unitario, se regulen tanto los medios de prevención y reacción frente al incumplimiento del ordenamiento europeo como los mecanismos de repercusión de la responsabilidad del Estado en los entes incumplidores.

El artículo 149.1.3a de la Constitución, puesto en relación con su previo artículo 93, ofrece fundamento constitucional suficiente para la aprobación de una ley de las características indicadas.

El procedimiento legislativo a seguir debería ser el propio de la ley ordinaria, dado que la materia regulada no es una de las reservadas a la ley orgánica por el artículo 81.1 de la Constitución, sin perjuicio de que, respecto de los mecanismos de repercusión de las responsabilidades económicas, no deba descartarse la utilización de la ley orgánica.”

Algo me dice que si el Estado para dejar de aguantar la vela propia y la autonómica en solitario ante la Comisión y el Tribunal de Justicia, precisa aprobar nuevas leyes (que requerirán consensos políticos mediante “precio político”) , hacer uso de reliquias constitucionales a estrenar ( leyes de armonización, competencias internacionales o legislación supletoria) o medidas coercitivas interaministrativas, creo que… “largo lo fiáis”, ¡ Pardiéz!

Según un aforismo latino…”Quien no entiende una explicación, tampoco entenderá el coscorrón”. Y es que si no sirven la lealtad institucional de los gobernantes, la formación y confianza en el Derecho – incluido el Derecho comunitario- y el respeto a su propio juramento posesorio de acatar el Ordenamiento Jurídico…¿ la coacción es el camino?. El problema de algunos gobernantes locales y autonómicos es que Europa no les interesa igual que algunos no reciclan porque egoístamente el beneficio global y a largo plazo no les preocupa…


Fuente:Sevach

https://ontencioso.es/2011/03/11/del-bonito-informe-del-consejo-de-estado-sobre-las-garantias-del-cumplimiento-del-derecho-comunitario/
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