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Perales de Tajuña - Madrid

Poblacion:
España > Madrid > Perales de Tajuña
30-03-10 19:05 #5003403
Por:

Borrado por Foro-ciudad.com
Puntos:
03-04-10 10:41 #5016380 -> 5003403
Por:FCPerales

RE: El Tribuna Superior de Justicia anula las NN.TT.
Deberían enterarse bien algunos, no es cieto, por no decir que es completamente falso que a la aprobación de las Normas se opusiese buena parte de la población de Perales de Tajuña.
En cuanto a la destrucción de rica zona de la vega, no hay más que darse la vuelta por la misma y ver lo abandoanda que está para comprobar "la riqueza".
Igualmente es mentira que se expulsase con fuerza de un pleno a numerosos vecinos, cuando simplemente se trato de seis personas ecologístas que poco tienen que ver con Perales y que acudieron al Pleno provocando e insultando.
También tengo entendido que tanto anteriormente el PSOE como ahora el PP, han incluido en sus proyectos de urbanización esa zona y creo que ambos representan a la gran mayoría de vecinos de Perales.
Pero no deben manipular por los motivos de la sentencia ya que la misma no se basa en ninguno de los motivos alegados por ecologistas en accion.
Aunque no tenga que ver con el tema, lo cierto es que a los ecologistas poco les importa la situación de las vegas, de donde sea, no solo la de Perales.
Puntos:
03-04-10 12:10 #5016570 -> 5016380
Por:sikelele

RE: El Tribuna Superior de Justicia anula las NN.TT.
Tú mismo te descalificas con tú respuesta.
Parece ser que en Perales hay ciudadanos de primera y de segunda.
Pues yo creo que cualquiera que viva aquí y pague sus impuestos ya es ciudadano o ciudadana de Perales, tenga o no pedigrí, son personas que han decidido venirse a vivir aquí y por ello tienen el mismo derecho que tú a decir lo que quieren para el pueblo en el que viven, sean ecologistas o no.
Parece que no sólo los ecologistas tienen razón en este asunto, sino que además los técnicos del Canal de Isabel II les dieron la razón al hablar en sus escritos de zona de inundaciones. Luego claro vienen los años lluviosos y pasa lo que este año en Cádiz, que la mayor parte de las viviendas inundadas estaban construidas, con permiso de sus ayuntamientos, en zonas inundables, protegidas y de especial conservación. Y ahora quién les devuelve el dinero a esas personas, el alcade, los ayuntamientos, la Comunidad Autónoma, aquí todo el mundo se lava las manos, pero quienes dieron permiso para construir en esas zonas fueron los que aprobaron su construcción. Pues lo mismo ocurre con la vega, es zona de especial preferencia para su conservación, es zona inundable y sería un desarrollo urbanístico de carácter especulativo, da igual que estén el PP y el PSOE a favor, no tienen razón y el problema o no es que lo saben. A lo mejor para que tengan a todas las fuerza vivas del pueblo a su favor es que se unieran en un partido nuevo, algo así como PPOE?.
Puntos:
05-04-10 16:11 #5025000 -> 5016570
Por:FCPerales

RE: El Tribuna Superior de Justicia anula las NN.TT.
Nada he dicho de que las personas que vivan en el pueblo tengan mucho o poco que decir, lo que he dicho es que son cuatro ecologistas que poco tienen que ver con el pueblo porque la mayoría no viven aquí ni tienen ninguna intención de hacerlo y por tanto me reitero en lo dicho.
Pero tampoco es cierto lo que dices del Canal de Isabel II, no se de donde has sacado la información pero, te aseguro, que si te lo han dicho así te han informado mal.
En cuanto a que sea una zona de especial preferencia para su conservación algo que esta perdido, hombre vamos a ser sensatos ¿cuantas personas hay en Perales dispuestos a sembrar el campo cuando en su mayor parte está perdido?.
En cuanto a inundable o no, también lo es la plaza y la calle mayor baja, lo que hace falta es una adecuada infraestructura de evacuación de aguas.
Puntos:
06-04-10 11:14 #5029210 -> 5025000
Por:IU Perales

RE: El Tribuna Superior de Justicia anula las NN.TT.
El Catálogo Regional de Patrimonio Arquitectónico de la CAM tiene declarado el casco urbano y la Vega como Área de mayor conservación de la calidad ambiental de los cascos antiguos y Área de mayor equilibrio arquitectura - paisaje. Entonces no es la opinión subjetiva de si se cultiva o deja de cultivar, o si está perdido o deja de estarlo, es la opinión de un organismo público el que dice qué está protegido y qué no está protegido.

En cuanto a quién es ecologista o deja de serlo no es motivo para descalificar, el movimiento ecologista ha dado muchas batallas en España como para hacer descalificaciones alegremente e incluso ha sido premiado y felicitado por organismos como la Unión Europea y la ONU.

El hecho de que una persona viva o no viva en un entorno no es motivo para descalificarla tampoco, sino estaríamos haciendo nacionalismo del terruño y en España ya hay bastantes nacionalismos tribales como para ahora hacer nacionalismos rurales. De lo que se está hablando es de conservar el entorno respetando las normativas autonómicas que para eso están, sean o no de Perales, puesto que Perales pertenece a un ente superior y no está aislada; por eso nacionalismos cuantos menos mejor, sean del tipo que sean.

En cuanto al Canal de Isabel II, sí es cierto que existe un dictámen técnico en el que desaconsejan la construcción por ser zona inundable, por ir contra el Catálogo Regional de Patrimonio Arquitectónico y porque no se asegura el abastecimiento y depuración de aguas; asimismo ese dictámen también lo tiene la Confederación Hidrográfico del Tajo junto con uno propio que coincide con el del Canal.


Asamblea IU Perales de Tajuña
https://uperales.blogspot.com
iuperalestajuna@gmail.com
Puntos:
06-04-10 21:04 #5032940 -> 5003403
Por:PSOE Perales

RE: El Tribuna Superior de Justicia anula las NN.TT.
LA VEGA SE SALVA DE MOMENTO…


ASUNTO

Informe urbanístico sobre la aprobación definitiva de las Normas Transitorias de Perales de Tajuña redactadas al amparo del artículo 70 de la ley 9/2001, de 1 7 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Durante el periodo de información pública fueron presentadas 26 alegaciones, las cuales han sido analizadas y contestadas en el informe que se incorpore como Anexo al informe urbanístico. Las alegaciones estimadas han sido las numeradas en el documento con los números: 1, 11116, 26. Las alegaciones estimadas parcialmente han sido las numeradas en el documento con los números: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 12, 18, 20, 26. Las alegaciones desestimadas han sido las numeradas en el documento con los números 8, 13, 14, 16, 17, 19, 21, 22, 22,24.

El 3 de noviembre de 2006. se remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, copia de las alegaciones e informes sectoriales recabados durante la Información pública y audiencia.

Con objeto de recebar el informe definitivo de Análisis Ambiental exigido por el artículo 21.f) de la ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental, el 5 de febrero de 2007, se remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el documento de Normas Transitorias de Perales de Tajuña, resultante tras la incorporación, en el mismo, de las alegaciones de los particulares estimadas y los condicionantes señalados por los organismos públicos en sus correspondientes informes sectoriales.

Con fecha 21 de febrero de 2007, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite informe definitivo de Análisis Ambiental, cuyo contenido ha sido analizado en el apartado C.2.8, del presente informe.


E.2 Valoración jurídica

Las Normas Transitorios de Perales de Tajuña se ajustan a las determinaciones contempladas en el articulo 70 de la Ley 9/2001 de 17 de jubo del Suelo de la Comunidad de Madrid que regula la suspensión cautelar de los Planes de Ordenación Urbanística.


E.3. Órgano Competente

En virtud de lo dispuesto en el artículo 70.3 de la Ley 912001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, como órgano que dispuso la suspensión cautelar de las Normas Complementarias y Subsidiarias, es el competente para la aprobación de las normas de ordenación con carácter transitorio, normas que serán de aplicación hasta lo revisión del planeamiento general.

En base al procedimiento establecido en el artículo 70 de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid, se emite la siguiente :

CONCLUSIÓN

1.Informar favorablemente la modificación del ámbito de suspensión del planeamiento vigente y de aplicación de las Normas Transitorias, reduciéndose o 74,02 Has de suelo (en lugar de las 91,85 1-las previstas en las Normas Transitorias sometidas a información pública) correspondientes a los suelos clasificados corno Urbanos, en sus categorías de Consolidado y No Consolidado, y Urbanizable Sectorizado, exclusivamente con el sector SUS-O 1 de USO industrial, toda vez que he resuelto posponer el posible desarrollo urbanístico de la zona de la Vega (afectada por los Sectores de Suelo Urbanizable Sectorizado SUS-02 y SUS-03, así como el enclave de Suelo Urbano Consolidado regulado por la ordenanza 2 grado 39 al Plan General de Ordenación Urbana, actualmente en tramitación, por considerarse éste el instrumento de estudio integral del territorio del término municipal, así como el marco adecuado para su gestión.

2.Proponer estimar las alegaciones que han sido las numeradas en el documento denominado Anexo 3 de las Normas Transitorias con los números: 1. 11 .15. 26; estimar parcialmente las numeradas en el documento con los números: 2, 3, 4, 5, 0, 7, 9, 10, 12, 18, 20, 25 y desestimar las numeradas en el documento con los números: 8, 13, 14. 16, 17, 19, 21, 22, 23, 24, por las razones expuestas en el informa do fecha 21 do febrero de 2007, que se incorporo como anexo al presento informe urbanístico.

3.Informar favorablemente la aprobación definitiva de las Normas de Ordenación de aplicación transitoria que regulan 14,02 Has de suelo del término municipal de Perales de Tajuña, elaboradas por la Dirección General de Urbanismo Y Planificación Regional.



Comisión de Urbanismo Comunidad de Madrid

Madrid, 21 de febrero de 2007


Será el Plan General de Ordenación Urbana que actualmente se esta tramitando el que decida definitivamente el futuro de la Vega del Lugar.

Siempre a disposición de todos los vecinos de Perales.

Saludos cordiales.

José Antonio Ortega Bucero
P O R T A V O Z G R U P O M U N I C I P A L P S O E
----------------------------------------
PSM-PSOE Perales de Tajuña
Plaza de la Constitución, 1
28540 Perales de Tajuña (Madrid)
Puntos:
06-04-10 23:18 #5033986 -> 5032940
Por:Sikelele

RE: El Tribuna Superior de Justicia anula las NN.TT.
Pues si segun parece se está tramitando el Plan General de Ordenación Urbana, sería un buen ejercicio democrático invitar a las entidades vecinales del pueblo a estudiar el proyecto.
No es una democracia muy sana aquella que se ejerce sólo desde los ámbitos políticos, es mucho más sana una democracia que es participativa y que ayuda a que los distintos ámbitos puedan establecer unas premisas en base a la discusión y al acuerdo.
Puntos:

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