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Valderas - Leon

Poblacion:
España > Leon > Valderas
09-08-11 09:12 #8525876
Por:Galana37

Mas movidas?
Acabo de oir en la radio, esa nacional que cuenta noticias, que existe una denuncia contra la alcaldes por despidos improcedentes y por retraso de pago a trabajadores según el signo político.
Ya empezamos...
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09-08-11 09:46 #8526030 -> 8525876
Por:Galana37

RE: Mas movidas?
https://ww.elmundo.es/elmundo/2011/08/08/leon/1312816176.html
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09-08-11 09:52 #8526050 -> 8526030
Por:Galana37

RE: Mas movidas?
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09-08-11 09:55 #8526064 -> 8526050
Por:Galana37

RE: Mas movidas?
Tambien salimos en Zamora!!!
https://ww.laopiniondezamora.es/castilla-leon/2011/08/09/denuncian-alcaldesa-leon-retrasar-pago-salarios/537399.html?utm_source=rss
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09-08-11 14:27 #8527725 -> 8526064
Por:Galana37

RE: Mas movidas?
https://ww.diariodeleon.es/noticias/provincia/breves_624102.html
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09-08-11 14:32 #8527760 -> 8527725
Por:

Borrado por su Autor.
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09-08-11 14:50 #8527880 -> 8527760
Por:Arrapaperron

RE: Mas movidas?
Echo en falta toda esa orda de aduladores de esta corporacion, os la vais a comer con patatas , y no tardando jajajajajajajajajajajaja
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09-08-11 23:08 #8531449 -> 8527880
Por:martaval

RE: Mas movidas?
Jajajajajajja debo de ser profeta, como sabia que esta iba a lo suyo. ya vereis dentro de un aÑo.
O menos, que desgracia tenemos en este pueblo.
Puntos:
09-08-11 23:14 #8531504 -> 8527880
Por:valderasleon

RE: Mas movidas?
Yo estoy aquí.

¡¡¡¡¡ ENTRE TODOS: VALDERAS !!!!!!
Puntos:
13-08-11 03:13 #8547410 -> 8527725
Por:luz de luna 2

RE: Mas movidas?
Galana37, llevo días sin ver el foro y no me entero de lo que va, intento pinchar las señas que nos diste pero no consigo abrir , creo que lo estoy haciendo mal ¿qué o cómo debo hacer para poder leerlo?. Gracias por anticipado
Puntos:
13-08-11 10:06 #8547704 -> 8547410
Por:

Borrado por Foro-ciudad.com
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13-08-11 15:12 #8548938 -> 8547704
Por:El Rey Sabio

RE: Mas movidas?
... el que se pica ...
Puntos:
09-08-11 23:13 #8531501 -> 8525876
Por:Caballer@ Justicier@

RE: Mas movidas?
Mira por donde , ya se va viendo la cara a la nueva Corporación. Aunque muchos ya sabiamos que es lo que pretendía la Alcaldesa realmente...su afán de venganza empieza a dejarse notar.
Puntos:
09-08-11 23:22 #8531560 -> 8531501
Por:

Borrado por su Autor.
Puntos:
09-08-11 23:28 #8531628 -> 8531560
Por:valderasleon

RE: Mas movidas?
Puntos:
10-08-11 15:43 #8534550 -> 8531628
Por:

Borrado por su Autor.
Puntos:
11-08-11 00:21 #8537208 -> 8534550
Por:Arrapaperron

RE: Mas movidas?
Veo que tu tienes algo de garrapata , te acojes a una conversacion que tu ni la inicias ni por lo mas remoto te la imaginas y zas,alla vas tu a sacar la punta o sea a chupar de los demas o como dices tu a parasitar .Lo dicho una garrapata .
Puntos:
11-08-11 00:54 #8537330 -> 8537208
Por:genarin66

RE: Mas movidas?
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

TÍTULO XIX.
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

CAPÍTULO VI.
DEL TRÁFICO DE INFLUENCIAS.

Artículo 428.

El funcionario público o autoridad que influyere en otro funcionario público o autoridad prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste o con otro funcionario o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, incurrirá en las penas de prisión de seis meses a dos años, multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior.

Artículo 429.

El particular que influyere en un funcionario público o autoridad prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior.

Artículo 430.

Los que, ofreciéndose a realizar las conductas descritas en los artículos anteriores, solicitaren de terceros dádivas, presentes o cualquier otra remuneración, o aceptaren ofrecimiento o promesa, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.

Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis de este Código una persona jurídica sea responsable de los delitos recogidos en este Capítulo, se le impondrá la pena de multa de seis meses a dos años.

Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.

Artículo 431.

En todos los casos previstos en este Capítulo y en el anterior, las dádivas, presentes o regalos caerán en decomiso.
Puntos:
11-08-11 12:18 #8538608 -> 8537330
Por:Arrapaperron

RE: Mas movidas?
Genarin destilas mala fe , mala baba y mala leche , es decir no te tiene que aguantar ni la familia .Chacho si a este zangolotino se le partiera una uña , seguro que pedia la baja laboral por 6 meses , me da que es un zangano de colmena de muy señor mio, como para faltarle una mano , exigiria cualquier puesto del ayuntamiento , incluyendo el de alcalde.
Puntos:
11-08-11 13:11 #8538881 -> 8537330
Por:genarin66

RE: Mas movidas?
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

CAPÍTULO VIII.

DE LOS FRAUDES Y EXACCIONES ILEGALES.

Artículo 436.

La autoridad o funcionario público que, interviniendo por razón de su cargo en cualesquiera de los actos de las modalidades de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concertara con los interesados o usase de cualquier otro artificio para defraudar a cualquier ente público, incurrirá en las penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años. Al particular que se haya concertado con la autoridad o funcionario público se le impondrá la misma pena de prisión que a éstos, así como la de inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público y para gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por un tiempo de dos a cinco años.

Artículo 437.

La autoridad o funcionario público que exigiere, directa o indirectamente, derechos, tarifas por aranceles o minutas que no sean debidos o en cuantía mayor a la legalmente señalada, será castigado, sin perjuicio de los reintegros a que viniere obligado, con las penas de multa de seis a veinticuatro meses y de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a cuatro años.

Artículo 438.

La autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo, cometiere algún delito de estafa o apropiación indebida, incurrirá en las penas respectivamente señaladas a éstos, en su mitad superior, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años.
Puntos:
11-08-11 13:34 #8538969 -> 8537330
Por:Arrapaperron

RE: Mas movidas?
Lo dicho , no tienes solucion.
Puntos:
11-08-11 20:51 #8541161 -> 8537330
Por:genarin66

RE: Mas movidas?a
¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿????????????????
Puntos:
13-08-11 15:38 #8549019 -> 8537330
Por:lisa s male version

RE: Mas movidas?a
Estimado Genarín66,

a usted que al parecer demuestra un dilatado conocimiento de nuestro Código Penal, o al menos cierta instrucción en el campo de la informática, ya que sabe donde buscarlo y como copiarlo, le sugiero que lea con atención el Título del mismo, referente a los delitos contra el honor, es decir, calumnias e injurias, no siendo que pueda estar incurriendo en alguno de los tipificados en el mismo.
Como sin duda conocerá, tenga en cuenta que, como es su caso, propagar estas acusaciones con publicidad, como pudiera conceptuar la autoridad competente, constituiría un agravante. Pero no se apure, también le informo que probando el hecho criminal quedaría usted exento de toda pena, y reconociendo la falta de veracidad de las acusaciones o retractándose de las mismas lograría un atenuante.
Con esto solamente quiero dejar claro que si usted tiene conocimiento o es consciente de que se están cometiendo, se han cometido o se van a cometer delitos, tiene el deber como ciudadano de denunciarlo a la autoridad competente, eso si no es usted funcionario público, autoridad o agente de la autoridad, en cuyo caso estaría incurriendo en la comisión de otro delito…pero no le voy a decir cual ya que seguramente usted ya lo sabe.

Y no quiero ser pesado, pero la próxima vez córtese y péguese usted en otro foro y líbrenos a todos de su fastidiosa pesadez.

Un saludo.
Puntos:
14-08-11 12:20 #8551945 -> 8537330
Por:Arrapaperron

RE: Mas movidas?a
Totalmente de acuerdo con lo que dices ,Genarin porque no te vas al foro de cualquier pueblo de España y les das la paliza una temporada? te lo agradeceria encarecidamente , gracias.
Puntos:
30-08-11 01:14 #8636380 -> 8537330
Por:Arrapaperron

RE: Mas movidas?a
El que me va ha hacer gracia?.Para nuestra desgracia ya debiste de venir de las vacaciones , joder , largate 3 meses que te lo pago yo.
Puntos:
30-08-11 01:20 #8636400 -> 8537330
Por:genarin66

RE: Mas movidas?a
A ti y a alguno más os va a hacer gracia antes.
Ya te queda menos tiempo que esperar.
Puntos:
30-08-11 01:25 #8636414 -> 8537330
Por:genarin66

RE: Mas movidas?a
Ya verás que gracia, como dices tu Chachooo
Puntos:
30-08-11 01:36 #8636442 -> 8537330
Por:genarin66

RE: Mas movidas?a
tu sigue sumando más méritos junto a lo de hijo de mala madre, hijo de la gran pu:...

la gracia que te va a hacer cuando llegue el día va a ser mayor.

Vamos a tener la maravillosa oportunidad de conocernos en persona.
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