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Catastro del Marques de la Ensenada

Poblacion:
España > Leon > La Riera (Cabrillanes)
Catastro del Marques de la Ensenada
Repuestas dadas por los peritos a las preguntas generales del real interrogatorio

En el lugar de la Riera a veinte y tres días del mes de septiembre de mil setecientos y cincuenta y dos concurrieron a la presencia de su magistrado, el señor juez subdelegado de esta audiencia y ante mí el escribano de ella Domingo Perea regidor de dicho lugar, Jerónimo Suárez y Francisco Garcia peritos nombrados en él para el reconocimientos de las heredades, términos y demás bienes y haciendas que rinden utilidad en sus términos para efecto de responden a las cuarenta preguntas del interrogatorio señalado con la letra A en virtud de la notificación y diligencia anterior que de estos autos resulta y con asistencia de don Antonio Justo de Sierra y Rojas cura de dicho lugar que concurrió a este acto por virtud de recurso de urbanidad que ante esta se le participo y así mismo resulta de autos de los suso dichos, el dicho señor juez subdelegado por ante mi el ¿?????? escrito sumarísimo recibió juramento y ellos le hicieron por Dios nuestro señor y una Señal de Cruz en forma y prometieron decir verdad al temor del citado interrogatorio y siendo preguntados a su honor respondieron en esta forma.

1 ¿Cómo se llama la población?
1ª A la primera pregunta dijeron que este lugar se llama la Riera.

2 ¿Si es Realengo, u Señorío: a quien pertenece: que derechos percibe y cuanto producen?
2ª A la segunda dijeron que el referido lugar es realengo y que a su majestad le pagan por el derecho de Sisas y cientos seis cuarenta reales de vellón que anualmente ponen en arcas reales de la ciudad de León y el dicho derecho de alcabalas las pagan al margen de San Vicente doscientos cincuenta reales anualmente y no saben si le adquirió por el servicio pecuario y otro remítanse a los instrumentos de presencia que presentase.

3 ¿Qué territorio ocupa él termino, de Levante a Poniente, y del Norte al Sur: y cuanto de circunferencia, por horas, y leguas: que linderos, o confrontaciones; que figura tiene, poniéndola al margen?
3ª A la tercera dijeron que él termino de este referido lugar tiene de latitud desde medio día al norte tres cuartos de legua y de levante a poniente media legua y de circunferencia dos leguas y media según resulta de su medición, linda al medio día con termino de San Félix, al norte termino del lugar de Lago, al oriente termino del lugar de Torre de Babia, y a poniente termino de las Murias y su figura al margen.

4 ¿Qué especies de tierra se hallan en él termino, si de regadío o secano, distinguiendo si son de hortaliza, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes y de mas que pudiese haber explicado si hay algunos que produzcan mas de una cosecha al año, los que fructificaren solo una, y los que necesiten de un año intermedio de descanso?
4ª A la cuarta dijeron que en él termino de este referido lugar hay las especies de tierra siguientes:
tierra cebadales de secano, tierras trigales de secano, tierras centenales de secano, prados de regadío de dos pelos, prados de regadío de un pelo, huertos de hortaliza regadíos prados de secano, monte bajo matorral, pasto para los ganados del lugar, puertos que se arriendan para los ganados merinos, tierras yermas por naturaleza y desidia y todas las heredades que fructifican esto lo hacen con un año de intermedio a excepción de los prados y pastos que fructifican anualmente.

5 ¿De cuantas calidades de tierra hay en cada una de las especies, que hayan declarado, sí de buena, mediana e inferior?
5ª A la quinta dijeron que en las especies de tierra que llevan declaradas en los prados de regadío sea primera, segunda y tercera, en las tierras trigales de secano se da la segunda o mediana calidad, en las tierras cebadales la mediana y tierras centenales hay mediana e inferior calidad, en los huertos de hortaliza la mejor y en las yermas por naturaleza la peor calidad, y por desidia la inferior, y lo mismo en los pastos y puertos arrendables, y en los prados de secano de buena calidad.

6 ¿Si hay algún plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moredas, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc.?
6ª A la sexta dijeron que solo hay el plantío de chopos que se hizo el año pasado de mil setecientos cuarenta y siete en termino y pasto común puesto en filas en virtud de real decreto y algunos otros chopos puestos a las márgenes de algunas heredades para su defensa con algunos pies de roble unos y otros de muy poca estimación sin hacer árboles frutales que rindan utilidad.

7 ¿En cuales tierras están plantados los árboles, que declaren?
7ª A la séptima dijeron que tienen satisfecho con la respuesta antecedente.

8 ¿En qué conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra, o a las márgenes: en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuviesen?
8ª A la octava responden lo mismo.

9 ¿De qué medidas de tierra se usan en aquel pueblo: de cuantos pasos, varas castellanas en cuadro se componen: que cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en él termino, se siembra en cada una?
9ª A la novena dijeron que en este referido lugar no se usa de medida de estadales, ni varas castellanas y que se siembra a puño y regulan por fanegas y cuartales y que una fanega de tierra se siembra en las especie trigal se siembra con otra de la misma semilla, una fanega de tierra cebadal se siembra con otra del mismo grano, y en esta misma forma se siembra la de centeno, y el huerto no se siembra de grano, solo sirve para hortaliza como es verdura.

10 ¿Qué numero de medidas de tierra habrá en él termino, distinguiendo las de cada especie y calidad por ejemplo; tantas fanegas o el nombre que tuviese la medida de tierra de sembradura, de la mejor calidad, tantas de mediana bondad y tantas de inferior, y lo propio en las demás especies que hubiesen declarado.?
10ª A la décima dijeron que las fanegas de tierra que comprende él termino de este referido lugar se declaran en esta forma:
De prados de regadío de dos pelos o frutos de primera calidad trece fanegas.
De regadío de un fruto de segunda calidad cuarenta fanegas.
De prados regados de tercera calidad de un pelo treinta y cinco fanegas.
Y de secano sin intermisión de tercera calidad tres fanegas y media.
De tierras trigales de secano de segunda calidad con intermisión setenta fanegas.
De tierras cebádales de secano de segunda calidad que producen con un año de descanso doce fanegas.
De tierras centenales de secano de segunda calidad con intermisión tres fanegas y media.
Y tercera ciento y cincuenta fanegas.
Huertos de hortaliza de primera ocho celemines.
Yermas por naturaleza tres fanegas.
Ídem por desidia otras tres fanegas.
De pasto para los ganados de labranza del lugar y ovejunos doscientas fanegas.
De puertos arrendados para merinas mil cuatrocientas y veinte fanegas.
De monte bajo matorral noventa y cinco fanegas poco más o menos según su juicio y pericia.

11 ¿ Qué especies de frutos se cogen en él termino.?
11ª A la once dijeron que las especies de frutos que se cogen en él termino de este referido lugar, son trigo, cebada, centeno, hortaliza, y hierva y algunas legumbres en las tierras cebádales y trigales que el año que producen esta semilla no fructifican la otra.

12 ¿Qué cantidad de frutos de cada genero, unos años produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las hubiere en él termino, sin comprender el producto de los árboles que hubiese.?
12ª A sí mismo responden a la pregunta doce que la fanega de tierra trigal de segunda calidad semillada con el grano que va declarado en la pregunta nueve fructifica regulada en un quinquenio tres fanegas.
La fanega centenal de mediana calidad sembrada con otra de esta semilla con una ordinaria cultura tres fanegas produce, y la de inferior calidad dos y media.
La fanega de cebadal de segunda calidad semillada en la misma forma y con la propia cultura producen cuatro fanegas.
La fanega de prado regadío de primera calidad de dos pelos produce tres carros de hierva y el pelo de otoño.
La fanega de prado regadío de segunda calidad de un pelo produce dos carros de hierba.
La fanega de prado regadío de tercera de un pelo produce un carro de hierva y lo mismo la fanega de prado secano sin intermisión.
La fanega de tierra por desidia regulan según las de su naturaleza y clase.
Los huertos no producen mas hortaliza por lo se les dará producto en la pregunta catorce.

13 ¿Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la forma, en que estuviese el plantío, cada uno en su especie.?
13ª A la trece dijeron que la tienen satisfecha en la pregunta sexta.

14 ¿Qué valor tiene ordinariamente un año con otro los frutos, que producen las tierras del termino, cada calidad de ellos.?
14ª A la catorce dijeron que la fanega de trigo de lo que se coge en este país vale doce reales de vellón.
La fanega de centeno a once reales de vellón.
La fanega de cebada a ocho.
El carro de hierba a diez reales de vellón.
La fanega de pasto de otoño en diez reales de vellón.
La fanega de pasto de hierba.
Por naturaleza en medio real.
La fanega de puerto arrendable regulan según arrendamiento.
La fanega de monte bajo matorral por no producir mas que la leña para las lumbres de los vecinos regulan en un real.
La fanega de huerto por no sé semillan de grano regulan a treinta reales de vellón.

15 ¿Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del termino, con diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros, y a quien pertenecen.?
15ª A la quince dijeron que los años que se hallan cargados ¿????? los frutos que se cogen en este referido lugar son los diezmos que se pagan al párroco y patronos del curato de cada diez medidas una, y lo mismo en las demás cosas de ganados y lana, el voto que se paga a Santiago de Compostela, y por este año perciben sus colectores y administradores dos celemines de centeno en cada un año que a los precios que llevan declarados en la pregunta catorce, siendo catorce los vecinos cosecheros y pagando la viuda cosechera por vecino asciende a veinte y cinco reales de vellón.
Pagan a sí mismo a la fabrica de la iglesia de dicho lugar por el derecho de primicia otros dos celemines de trigo que asignaron de doce reales fanega asciende por los mismos catorce vecinos cosecheros a veinte y ocho reales de vellón.
A sí mismo paga el estado general de dicho lugar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Oviedo dos celemines de centeno por razón de harina o ¿?????? que a los precios declarados importa un real y veinte y ocho maravedíes por un vecino del estado general.

16 ¿A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie, o a que precio suelen arrendarse un año con otro.?
16ª A la diez y seis dijeron que por lo que mira a lo que ascienden los referidos diezmos que no se arriendan se remiten a la tazmía del cura párroco por donde resultaran con claridad.

17 ¿Si hay algunas minas, salinas, molinos harineros o de papel, batanes, u otros artefactos en él termino, distinguiendo de que metales y de que uso, explicando sus dueños y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año.?
17ª A la diez y siete dijeron que solo de lo que contiene hay cuatro molinos harineros de una rueda que solo muelen en tiempo de avenidas y lluvias por estar situados sobre las aguas de un arroyo que son propios el uno de Diego Alvarez otro de Doña Maria Sabugo vecina de Valbueno, otro de Francisco Garcia, y otro de Sebastián Alvarez, vecinos de este lugar los que regulan su renta anual en dos fanegas de pan mediado a cada uno y aunque hay otro molino propio de Don Angel de Cuenllas vecino del lugar de Lago no hacen merito ni regulación de el por hallarse perdido y arruinado.

18 ¿ Si hay algún esquilmo en él termino, a quien pertenece, que numero de ganado viene al esquilmo a el, y que utilidad se regula da su dueño cada año.?
18ª A la diez y ocho dijeron no hay casa de esquileo en este referido lugar ni en su termino destinada a este fin, ni vienen ganados extraños a esquilarse a el, y los vecinos esquilan los que tienen en las suyas de su habitación.

19 ¿Si hay colmenas en el término, cuantas y a quien pertenecen.?
19ª A la diez y nueve dijeron que Jerónimo Suárez vecino de este lugar tiene un cepo de colmena, Marcos Alvarez tres y Jose Garcia uno que todos componen cinco y regulan su producción anual a cada uno en cuatro maravedíes de vellón que juntos con un real de miel componen cinco reales de vellón.

20 ¿De qué especie de ganado hay en el pueblo, y termino, excluyendo las mulas de coche, y caballos de regalo, y si algún vecino tiene cabaña o yeguada que pasta fuera del termino, donde y de que numero de cabezas, explicando el nombre del dueño.?
20ª A la veinte dijeron que los ganados que hay y se crían en este referido lugar son bueyes, vacas, yeguas, ovejas carneros, cabras y cerdos y el producto de cada especie regularon de esta forma.
El de la vaca regulan en diez y ocho reales por el valor del becerro, leche y manteca, considerando no están mas y a los medios años y bajando otro tanto por el año que no cría regular solo los diez y ocho reales.
El producto y esquilmo de la yegua consideran el potro en setenta reales y por ser regular no crían todos los años bajan la tercera parte por lo que su producto anual es cuarenta reales de vellón por no criar mas que del natural o caballo.
El esquilmo de la oveja regular en tres maravedíes del cordero bajando otros tres por el año que no cría por ser practicada en este país criar a los medios años, un real una libra de lana, otro de queso y a uno del cordero por lo que asciende su producto anual a cinco reales.
El producto de el carnero anual es el de dos reales de dos libras de lana.
El esquilmo de la oveja merina que regularmente entre dos ovejas crían un cordero regular en ocho reales de que corresponde cuatro reales a cada oveja que juntos con seis reales de tres vellones de lana fina que podrá dar cada una importa su esquilmo anual diez reales, sin embargo de aquellos dueños no se utilizan del valor de la lana por que la dejan a beneficio del dueño de la cabaña en donde sé
corta por la costa de hierbaje y de guarda. El esquilmo de cada carnero merino regularon en diez reales por cinco libras de lana fina aunque esta la recibe el dueño de la cabaña en recompensa de la costa de hiervas y demás gastos y los mayorales o pastores dueños de los carneros y vecinos de este pueblo no se utilizan ni venden dicha lana.
El esquilmo de la cabra regulan al cabrito en tres reales de vellón que con dos reales de leche y queso compone su producto anual cinco reales de vellón.
El valor del buey de labranza regulan en ciento y cincuenta reales bueno con malo.
El valor de la vaca de labranza regulan en diez ducados, bueno con malo.
El valor de la cerda considerando puede criar tres cerdos regulados a tres reales cada uno componen nueve reales de vellón.

21 ¿De cuantos vecinos se compone la población y cuantas casas de campo o alquerías.?
21ª A la veinte y una dijeron que él numero de vecinos de que se compone este referido lugar resultara de la lista que tienen presentada y reconocida a la que no tienen que añadir ni quitar y ninguno de ellos vive fuera de la población.

22 ¿Cuantas casas habrá en el pueblo, que numero de habitantes, cuantas arruinadas, y si es de señorío, explicar si tienen cada una alguna carga que pague al dueño, por el establecimiento del suelo y cuanto.?
22ª A la veinte y dos dijeron que igualmente resulta de dicha lista las casas de que se compone esta población con expresión de las habitables y inhabitables y anunciadas a la que a sí se remiten y que no hay casas de campo fuera de la población.

23 ¿Qué propios, tiene el común, y a que asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.?
23ª A la veinte y tres dijeron que los propios que disfruta este común y de que usa resultan de la relación este presentada y su distribución igualmente resultara de el termino digo testimonio que desde el señor de este concejo de Babia de Suso que a uno y a otro se remiten.

24 ¿ Si el común disfruta algún arbitrio, sisa o otra cosa, de que se deberá pedir concesión, quedándose con copia que acompañe estas diligencias, que cantidad produce cada uno al año, a que fin se concedió, sobre que especies, para conocer si es temporal o perpetuo y si su producto cubre o excede de su aplicación.?
24ª A la veinte y cuatro dijeron que no hay nada de lo que contiene.

25 ¿Qué gastos debe satisfacer el común, como salario de justicia, y regidores, fiestas de hábeas, u otras, , empedrado, fuentes, sirvientes, etc, de que se debería pedir relación autentica.?
25ª A la veinte y cinco dijeron que regularmente se remiten a la relación del común y testimonio citado por donde resultaran los gastos con expresión y por menor.

26 ¿Qué cargos de justicia tiene el común, como censos, que responda, u otros, su importe, porque motivo y a quien de que se deberá pedir puntual noticia.?
26ª A la veinte y seis dijeron que no hay nada de lo que contiene.

27 ¿Si esta cargado de servicio ordinario y extraordinario u otros de que igualmente se debe pedir individual razón.?
27ª A la veinte y siete dijeron que este común no tiene carga que le moleste en lo que la pregunta contiene por que la que paga es poca y la paga solo un particular del estado general que asciende a cuatro reales y doce maravedíes.

28 ¿Si hay algún empleo, alcabalas u otras rentas enajenadas, a quien, si fue por servicio pecuario u otro motivo, de cuanto fue y lo que produce cada uno al año, de que se debería pedir títulos y quedarse con copia.?
29ª A la pregunta veinte y ocho que no hay nada de lo que contiene y en cuanto a las alcabalas enajenadas tienen satisfecho en satisfacción de la pregunta segunda.

29 ¿Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, puentes, barcas sobre ríos, mercados, ferias, etc. Hay en la población y termino, a quien pertenecen, y que utilidad se regula puede dar al año cada uno.?
29ª A la veinte y nueve dijeron que no hay nada de lo que contiene solo una taberna y la mantiene el lugar por carga concejil ¿?????? sin rendir utilidad alguna al común por no haber quien la arriende.

30 ¿Si hay hospitales, de que calidad, que renta tienen y de que se mantienen.?
30ª A la treinta dijeron no hay nada de lo que contiene.

31 ¿Si hay algún cambista, mercader de por mayor, o quien se beneficie su caudal, por mano de corredor u otra persona, con lucro e interés, y que utilidad se considera le puede refutar a cada uno al año.?
31ª A la treinta y una dijeron lo mismo.

32 ¿Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas de oro, plata y seda, lienzos especería u otra mercaderías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros, etc., y que ganancias se regula puede tener cada uno al año.?
32ª A la treinta y dos dijeron no hay de lo que contiene.

33 ¿Qué ocupaciones de artes mecánicos hay en el pueblo, con distinción como albañiles, canteros, albéitares, herreros, sogueros, zapateros, sombrereros, manguiteros, y guanteros, etc. Explicando en cada oficio de los que hubiere el número que haya de maestros, oficiales, aprendices y que utilidad le pueden resultar, trabajando meramente de su oficio, al día a cada uno.?
33ª A la treinta y tres dijeron no hay de lo que contiene.

34 ¿Si hay entre los artistas alguno, que teniendo caudal propio, haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio, o a otros para vender a los demás, o hiciere explicar quienes, y la utilidad que consideran le puede quedar al año a cada uno de los que hubiese.?

34ª A la treinta y cuatro dijeron lo mismo.

35 ¿Qué numero de jornaleros habrá en el pueblo, y a como se paga el jornal diario de cada uno.?
35ª A la treinta y cinco dijeron no hay nada de lo que expresa y que el jornal diario de cada jornalero labrador regulan en dos reales y real y medio de la comida componen tres y medio.

36 ¿Cuántos pobres de solemnidad habrá en la población.?
36ª A esta dijeron no hay nada de lo que contiene.

37 ¿Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones, que naveguen en la mar, o ríos, su porte o para pescar, cuantas, a quien pertenecen y que utilidad se considera da cada una a su dueño al año.?
37ª A la treinta y siete dijeron lo mismo.

38 ¿Cuántos clérigos hay en el pueblo.?
38ª A la treinta y ocho dijeron no hay mas clérigo en esta población que el cura párroco.

39 ¿Si hay algunos conventos, de que religiones, y sexo y que numero de cada uno.?
39ª Que no hay convento alguno, dijeron a esta pregunta.

40 ¿Si el rey tiene en el término o pueblo alguna finca o renta, que no corresponda a las generales ni a las provinciales que deben extinguirse, cuales son, como se administran y cuanto producen.?
40ª A esta dijeron que no hay nada de lo que contiene y que lo que tienen dicho es la verdad para el juramento que tienen hecho y según lo reconocimientos que tienen practicados en que se afirmaron y ratificaron y los que dijeron saber firmaron con su mano el subdelegado y en fe de ello lo firme.
Don Pedro Antonio García de Bores y la Guerra.
Antonio Justo de Sierra y Rojas.
Domingo Pérez.
Jerónimo Suárez.
Francisco García.
Juan Antonio González Obejon de la Lama.
Alonso Dorado.
Ante mi Toribio del Río Blanco.

Nota

Don Bernardo Diez Paniagua contador principal por Su Majestad de la Intendencia de la provincia de Palencia y comisionado por la real junta de única contribución entre otras cosas para el arreglo de las respuestas generales a el interrogatorio practicadas en los pueblos de la competencia de esta. Deseando ejecutarlo con la más posible brevedad y menos dispendio de la real hacienda habiendo recibido digo reconocido la operación del lugar de Riera y hallado algunas de sus respuesta generales diminutas y sin la correspondiente claridad y constar de los autos asientos verificaciones, notas y demás diferencias las equivalentes noticias para aclararlas y darlas la inteligencia necesaria a fin de que se tenga en conocimiento de los verdaderos productos, utilidades, esquilmos y sustancia de dicho pueblo y que conforme a ellos, se tiren informes los estados particulares de el, se pasa a hacer las notas y declaraciones siguientes:
Mediante que en respuesta a la pregunta diez y seis se remiten los peritos para verificación del importe de los diezmos a que anualmente ascienden en este lugar a la certificación que diese Don Antonio Justo Rojas cura de el, se declara que de la citada certificación resulta importar veinte y ocho fanegas y nueve celemines de centeno y otro tanto de trigo, dos fanegas de cebada, fanega y media de legumbres, tres arrobas y cinco libras de manteca, tres arrobas de lana, doce corderos y cabritos regulados a un mismo precio y dos cerdos.
Igualmente a la pregunta veinte y una para la declaración del numero de vecinos de que se compone este lugar se remiten a la lista que tienen hecha y acompaña a los autos de ella, resulta hacer diez y seis vecinos inclusos el cura párroco y cinco viudas que cada dos hacen un vecino.
A sí mismo resulta de la citada lista y resumen haber en este lugar veinte y una casas habitables, dos inhabitables y tres arruinadas.
También se remiten para satisfacción de la pregunta veinte y tres a la relación presentada por el común de la cual y de su asiento resulta pertenecerle, tres puertos de comida de mil cuatrocientas veinte y cinco fanegas los que arrienda para el pasto de ganados finos y le producen al año dos mil ochocientos y cincuenta reales de vellón.
Consta de la citada relación y asiento que los gastos que anualmente satisface el común de dicho lugar son doscientos y veinte reales que gasta el día del Corpus en cera y propinas ciento y cincuenta en la festividad de la Inmaculada, día de San Antonio y Nuestra Señora de Septiembre en la cera y propinas para los sacerdotes sesenta reales en la función del patrono de este lugar cincuenta, en los gastos de la luminaria del Santísimo trescientos y cincuenta reales que gasta en la relación de la fabrica de la iglesia y sus ornamentos doscientos y diez de gastos de justicia y salarios de escribano doscientos que gasta en la residencia que hace el señor corregidor cien reales de reparación de puentes y calzadas, cincuenta en las cuatro rogativas que se hacen, treinta y seis reales que pagan al cirujano por su salario.
León diez y seis de marzo de mil setecientos cincuenta y cuatro.
Don Bernardo Diez Paniagua
Firma de M. Francisco de Álvarez
Enviado por: Cospedal | Ultima modificacion:20-02-2013 19:40
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