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Cuevas del Sil - Leon

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19-04-14 21:16 #11989749
Por:informando2013

ORDEN FYM/1093/2013, de 10 de diciembre, relativa a la ampliación del plazo para resolver y notificar el expediente de investigación del M.U.P n.º 191
ORDEN FYM/1093/2013, de 10 de diciembre, relativa a la ampliación del plazo para resolver y notificar el expediente de investigación del M.U.P n.º 191
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE
ORDEN FYM/1093/2013, de 10 de diciembre, relativa a la ampliación del plazo para resolver y notificar el expediente de investigación del M.U.P n.º 191 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de León en lo relativo a los terrenos ocupados por Las Brañas.
Examinada la petición formulada por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León, por la que se solicita la ampliación del plazo de resolución para el expediente de investigación del MUP n.º 191 en el Término Municipal de Palacios del Sil.
ANTECEDENTES DE HECHO
I.– Por Orden FYM/42/2012, de 9 de enero, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, acordó autorizar al Servicio Territorial de Medio Ambiente de León, para que iniciase el expediente de investigación del M.U.P. n.º 191 «Zorondillo, Reguera del Diablo, Pedroso Palacios, Sil, Tejedo, Seita Buxañe, Lago y La Cuba» perteneciente a la Mancomunidad de Palacios del Sil, compuesta por las Juntas Vecinales de Palacios del Sil, Cuevas, Matalavilla, Susañe y Valdeprado, del Término Municipal de Palacios de Sil en la provincia de León.
II.– Dicho Acuerdo de inicio fue remitido con fecha 20 de febrero de 2012 a todas las Juntas Vecinales propietarias y al Ayuntamiento de Palacios del Sil para su exposición durante un período de 10 días en el tablón de anuncios. Con fecha de entrada en registro de 23/03/2012 se recibe oficio del Ayuntamiento en el que la Secretaria del Ayuntamiento certifica que el «B.O.C. y L.» en el que figura la Orden de autorización de inicio del procedimiento de investigación ha permanecido expuesto en el Ayuntamiento por el plazo requerido de 10 días.
III.– Dentro del procedimiento de investigación se ha procedido a analizar exhaustivamente y documentar toda la información disponible en los archivos históricos de este Monte de Utilidad Pública en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León y en la Dirección General del Medio Natural.
IV.– Además hasta el momento se ha recibido información procedente de los interesados, Registro de la Propiedad, Catastro y Archivo Histórico Provincial.
V.– Con fecha 10 de diciembre de 2013, tras consultar al Servicio Territorial de Medio Ambiente de León se considera necesario la ampliación del plazo para resolver el procedimiento de investigación en base a que durante la tramitación del expediente aún no se han llevado a cabo algunas fases como el examen de la documentación por la asesoría jurídica, lo que va a dar lugar a un retraso en la ejecución de la misma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.– La Resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de
Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las transferencias realizadas en materia de
conservación de la naturaleza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante
Real Decreto 1504/1984, 8 de febrero, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2001,
de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, y los Decretos 2/2011,
de 27 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León y 34/2011, de 7 de julio, de la
Junta de Castilla y León, sobre Reestructuración de Consejerías y estructura orgánica de
la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, respectivamente.
Por otra parte, la Disposición adicional segunda de la Ley 11/2006, de 26 de octubre,
del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León, señala que «La consejería competente
en la administración y gestión de montes, terrenos forestales y vías pecuarias ejercerá las
facultades atribuidas en esta ley a la consejería competente en materia de hacienda en
relación con los montes…». A mayor abundamiento, la Disposición final sexta de la Ley
11/2006, añade que las consejerías a las que corresponde la gestión y administración
del dominio público de carreteras, montes, minas y demás propiedades administrativas
especiales, entre las que se encuentran los montes, ejercerán las competencias establecidas
en su legislación específica.
II.– El procedimiento de investigación se encuentra regulado en el artículo 29 de la
Ley 11/2006 de Patrimonio de la Comunidad Autónoma y en el artículo 25 de la Ley 3/2009
de 6 de abril de Montes de Castilla y León.
III.– Según recoge la Ley 6/2011, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad
de Castilla y León, en su artículo 29, el plazo máximo para resolver el procedimiento de
investigación será de dos años, contados desde la fecha del acuerdo de iniciación. Por
otra parte, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero; prevé en su artículo 42 la ampliación del plazo máximo de
resolución y notificación, en una cantidad nunca superior a la establecida inicialmente para
la tramitación del procedimiento.
VISTOS, la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León; la Ley 6/2011,
de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León; la Ley 30/1992, de
26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y
demás disposiciones vigentes de general aplicación.
En su virtud, esta Consejería de Fomento y Medio Ambiente,
ACUERDA
Ampliar el plazo para resolver y notificar el expediente de investigación del MUP
n.º 191 de León en el Término Municipal de Palacios del Sil, por un período de 24 meses,
contados a partir del vencimiento del plazo inicial, entendiendo que el mismo se produce
el 9 de enero de 2014.

Contra la presente orden no cabe la interposición de recurso alguno, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Valladolid, 10 de diciembre de 2013.
El Consejero de Fomento
y Medio Ambiente,
Fdo.: Antonio Silván Rodríguez
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