Otro alcalde del Ayuntamiento del año......1962 Ayuntamiento de El Burgo Ranero Formados por este Ayuntamiento los padrones de arbitrios y tasas municipales para el ejercicio de 1962, por los conceptos de: sobre consumo local de vinos comunes o de pasto, consumo local de carnes frescas y saladas, tasa sobre tránsito de ganados y rodaje por vías municipales, bajada de aguas que viertan a la vía pública, y arbitrio con fines no fiscales sobre perros; dichos padrones se hallan expuestos al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría municipal, a partir del siguiente día al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia, a efectos de notificación a los contribuyentes comprendidos en los mismos y pertinentes reclamaciones. Advirtiéndoles que, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 138 y siguientes del Reglamento de Haciendas Locales podrán entablar recurso económico-administrativo ante el Tribunal Provincial, dentro de los quince días siguientes a aquél en que termine la exposición al público, sin perjuicio de que si lo consideran conveniente, pueden interponer el de reposición u otro cualquiera que estimen procedente. Los reclamantes, en su caso, contra la asignación de cuotas por arbitrio sobre consumo local de vinos y carnes, quedarán sometidos a la fiscalización y tributarán de acuerdo con las tarifas autorizadas en las respectivas Ordenanzas. Considerándose los demás contribuyentes, no reclamantes, concertados con el Ayuntamiento por el importe de las cuotas fijadas y obligados a su pago en forma reglamentaria. El Burgo Ranero, 16 de Abril de 1962.- El Alcalde, E. Corral.--- (1883) Fuente: https://ibliotecadigital.jcyl.es |