Decreto con trampa El Real Decreto del Carbón aprobado ayer por el Consejo de Ministros tras su visado en la Comisión Europea, contiene una cláusula por la que «si las condiciones del mercado así lo aconsejaran» puede quedar sin efecto antes del 31 de diciembre del 2014, fecha tope hasta la cual se había previsto su prolongación. «La nueva legislación, que tiene un carácter transitorio hasta el 31 de diciembre de 2014, garantiza el uso del carbón autóctono en los momentos de caída de la demanda de electricidad, posibilita el cumplimiento del Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006-2012 y podrá ser dejado sin efecto antes de la fecha establecida para su término si en un momento dado no resultara necesario a la luz de las condiciones del mercado», según se especifica en la referencia del Consejo de Ministros publicada ayer por La Moncloa, a la que tuvo acceso este periódico. El pasado mes de febrero, en su reunión del día 12 de aquel mes, el Consejo de Ministros ya aprobó una primera versión del Real Decreto, cuya aplicación quedó suspendida a la espera de su autorización por Bruselas. Una vez conocidas las reservas comunitarias al texto inicial, y con la finalidad de que la normativa fuera compatible con el Tratado de la Unión Europea, el Ministerio de Industria introdujo las modificaciones necesarias para su definitiva autorización por parte de la Comisión Europea, recibida esta misma semana. «La modificación ha consistido, básicamente, en suprimir de la versión anterior el anexo que establecía pagos a las centrales que fueran desplazadas por el mecanismo de restricciones por garantía de suministro», según explicó ayer la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández De la Vega. El límite legal máximo de utilización de carbón autóctono es del 15% de la cantidad total de energía primaria necesaria para producir la electricidad demandada por el mercado nacional al año. A este respecto, la Ley del Sector Eléctrico, de 1997, habilita al Gobierno a establecer los procedimientos, compatibles con el mercado de libre competencia en producción, para conseguir el funcionamiento de aquellas unidades de producción de energía eléctrica que utilicen fuentes de combustión de energía primaria autóctonas hasta un límite del 15%, porcentaje admitido por las Directivas comunitarias sobre la liberalización de la electricidad. El mecanismo propuesto cumple íntegramente con este requisito y las cantidades garantizadas en ningún caso superarán el 9% de la demanda total eléctrica, cifra que irá decreciendo. «Se trata, por tanto, de un mecanismo de ajuste posterior al mercado diario por lo que no introduce distorsiones en la formación del precio de la energía, y que minimiza el impacto medioambiental, ya que sustituye las plantas que más contaminan, explicó la vicepresidenta del Gobierno. |