21-05-09 14:00 | #2305211 |
Por:No Registrado | |
A l nueva corporación Recordarle a la nueva Corporación que está muy bien todo lo que sean mejoras para el pueblo pero hay un tema que nadie toca y es el de las ruinas.No hay ningún pueblo en toda la comarca que tenga tantos edificios,tejados, muros etc. en estado ruinoso como Acebedo.En ningún sitio te lo permiten y llegado el caso la administración lo solventa a cargo del propietario.Además esto no supone ningún gasto para el pueblo. | |
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21-05-09 17:12 | #2306671 -> 2305211 |
Por:No Registrado | |
RE: A l nueva corporación Es cierto forero 5211;la cantidad de edificios en estado ruinoso o semiruinoso por falta de conservación que existen,algunos de los cuales son por problemas de herencia;no es menos cierto que El Ayuntamiento en su departamente de Urbanismo debe expedientar a la propiedad por el peligro hacia la seguridad de vecinos ,viandantes y niños jugando en estos lugares.¿Tienen seguro estos inmuebles?.Es la pregunta,por lo que estimo que ninguna compañía se comprometa con el seguro,y dado que el Alcalde es experto en estos temas podrá manifestarse con estos pequeños o grandes problemas según se miren, acuciantes. Urbanismo tiene la potestad de el derribo inminente, pasando factura a los dueños o múltiples herederos ,como con frecuencia sucede. Saludos. | |
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21-05-09 18:27 | #2307348 -> 2305211 |
Por:No Registrado | |
RE: A l nueva corporación Es de agradecer su recordatorio sr@.forer@ sobre el estado ruinoso de algunas propiedades que bién por pertenecer a muchos herederos o por otros motivos se encuentran en un estado calamitoso afectando a la seguridad de vecinos,viandantes y niños jugando en estos lugares. El departamento Urbanístico del Ayuntamiento tiene la potestad de expedientar y derribar estas propiedades y despues pasar factura a los propietarios. Dado que el Sr.Alcalde es experto en seguros podría manifestarse sobre el problema en sí,porque no creo que alguna compañía de seguros se comprometa a asegurar estas ruinas derivando despues la responsabilidad civil en un supuesto caso de siniestro. Un saludo. P.D.Desde este foro lamento que I.D.V. esté pasando un mal momento atendiendo a su madre.Desde aquí le envío mis afectos con los ánimos y la esperanza para que todo le vaya bién.Un abrazo. | |
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21-05-09 19:13 | #2307782 -> 2307348 |
Por:No Registrado | |
RE: A l nueva corporación El seguro si se puede encargar por el seguro del hogar a traves de la garantía de responsabilidad civil de los inmuebles,eso si siempre que sean habitables,ya sea de construccion de 1ª clase (moderna) o de 2ª clase (vigas de madera como en la mayoría de las casas de Acebedo),indemnizando a los daños que puedan ocasionar a terceros. Si es una vivienda en estado de abandono o ruinoso no es contratable,pero bien el que hizo la ley hizo la trampa y siempre esta la responsabilidad civil pura y duda del solar,que eso es contratable y puede inmdenizar los daños causados a terceros,pero nunca van a derribar nada por estar en estado ruinoso ya que eso es potestad del propietario y la ultima potestad para indemnizar es del perito de la compañía de seguros y siempre que se indique en poliza que dentro del solar existe resto de inmueble derruido. El ayuntamiento y no la junta vecinal puede por ley denunciar a los propietarios o herederos a cumplir las normas urbanisticas o en su caso a obligar a derribarlo,pero su seguro (el del ayuntamiento o de la junta vecinal) se va a encargar de derribarlo. Un saludo a tod@s. Turu | |
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22-05-09 08:02 | #2311082 -> 2307782 |
Por:No Registrado | |
RE: A l nueva corporación Tengo noticia de que trabajas en una compañía de seguros,¿cual es?,solamente en prncipio para hacerte alguna consulta. De cualquier manera,si una persona tiene cubierto su RC en una propiedad queda extendida a otras,y si una propiedad proindiviso por la negativa de un heredero al reparto, al haber un siniestro en un edificio en ruinas ¿sobre quien recae la responsabilidad?. Saludos. | |
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25-05-09 21:00 | #2331254 -> 2311082 |
Por:Turu ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: A l nueva corporación la responsabilidad civil no se extiende a otras propiedades,el seguro solo se encarga del riesgo que se asegura,de la responsabilidad inmobilaria de la misma asi como los daños por agua causados a terceros. Otra cosa es tener la responsabilidad civil de cabeza de familia que dependiendo de que compañía sea te cubre mas o menos,pero en principio si te cubriria los daños que los que esten a tu cargo puedan ocasionar así como las propiedades que sean tuyas. Sobre un siniestro en un edificio en ruinas,yo entiendo que el responsable es el dueño del edificio,en este caso serías los herederos legales los que se tendria que hacer cargo,en este aspecto si estuviera asegurado,cosa que veo dificil que una compañia quiero asumir el riesgo,se haria responsable la misma,sino yo creo que todos los herederos a apoquinar con la misma cantidad....pero de todas maneras esos son temas de jurisprudencia. Un saludo. Turu. | |
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26-05-09 13:14 | #2335745 -> 2331254 |
Por:No Registrado | |
RE: A l nueva corporación Perfectamente entendido.En mi caso que tengo unas piedras proindiviso por el entorpecimiento y trabas de terceros a la hora de repartir,si alguna de estas piedras o tejas le hace un chichón también a tercera persona,se lo reclamaremos al entorpecedor que sistemática entorpece, mediante la Justicia. Gracias Turu.(Algún día me conocerás y me presentaré,y no es difícil....je.je,je.)Tengo tus referencias pero si te veo no te reconozco.Un saludo. | |
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22-05-09 09:25 | #2311374 -> 2307782 |
Por:No Registrado | |
RE: A l nueva corporación no funciona el foro | |
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