30-03-11 18:59 | #7401147 -> 7401137 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches AÑO DE 1.752 INTERROGATORIO QUE HAN DE SATISFACER, BAJO JURAMENTO, LAS JUSTICIAS, Y DEMÁS PERSONAS, QUE HARÁN COMPARECER LOS INTENDENTES EN CADA PUEBLO. Respuestas de la Villa de Vilches En la Villa de Vilches, una de las comprendidas en este Reino de Jaén, a veinte días del mes de agosto de mil setecientos cincuenta y dos años, el Señor D. Martín Lozano Ibáñez, Juez Subdelegado por el Señor Marqués de Villaytre, Intendente General de este referido Reino, para las diligencias concernientes al establecimiento de Única contribución, en ésta, sobre otra Villa, habiendo precedido recado de urbanidad al Sr. Bachiller D. Juan de Acuña y Godino, Cura de la parroquia de ella, por ausencia del Sr. Doctor D. Fernando Bravo y Merino, Prior en propiedad de esta parroquia, para que concurriese en este día, a la audiencia que (…) otro Sr. Subdelegado tiene establecida en esta referida Villa, y avisado igualmente a los Señores Miguel Navarrete y Josepf de la Torre, Alcaldes ordinarios; Miguel Bueno, Manuel Bueno y Francisco de Navas Galindo, Preoidores; Bartolomé de Cazorla, procurador Síndico general de este común, y Juan de la Herrera (…) de ella. Capitulares actuales que componen el cuerpo de este concejo; para que lo ejecuten, con los cuatro, seis o más (…) y vecinos que considerasen de la mejor opinión, inteligencia y conocimiento; tanto en las calidades y cantidades de las tierras y heredades que hubiese en la situación de este término; agricultura y frutos que producen, como en el número de las personas que componen la vecindad de esta villa; las artes, comercios, ganados, granjerías y utilidades de cada uno de ellos, para que con los diversos (…) Procedamos nombrar, y traer (en caso que lo tengamos por conveniente) de los pueblos más inmediatos, declarasen todos juntos, sobre cuanto fueren preguntados, contribuyendo a lo mandado y prevenido en la Real Instrucción de lo cual, el infrascrito “seguro servidor” de S.M. y de la presente Comisión y Subdelegación doy fe; y de que hallándose presentes los antenominados, con asistencia de Bartolomé de Hervás y de Alonso López… ancianos labradores, y peritos en el conocimiento de lo que se requiere y con la de Antonio Fernández Chacón, Joseph de la Peña, Alonso Juan López y Luis de Hervas, personas prácticas y de la mayor inteligencia y justificación todos seis capitulares habituales y vecinos de esta villa, nombrados por parte de ellos y asimismo en concurrencia de Bernardo de Uceda, vecino de la villa Huelma y Alonso de la Torre que lo es de esta; el primero en calidad de agricultor, y ambos en la de peritos; también en la de comprensión de las tierras, heredamientos, límites de este término, sus confrontaciones y demás conducente al presente caso; nombrados por el otro Sr. Subdelegado, ……… Dijeron y respondieron lo siguiente: | |
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30-03-11 19:00 | #7401156 -> 7401147 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "1. Cómo se llama la Población." A la primera pregunta dijeron que es reconocida en este Reino de Jaén por el nombre de la de Vilches, cuyo término y en el célebre sitio de las Navas de Tolosa, el Rey de Castilla D. Alonso el Bueno, auxiliado por los de Aragón y Navarra y de muchos potentados (…) y seculares, presentó batalla a los moros el día diez y seis de julio, año de mil doscientos y doce; con tan milagrosos efectos haber muerto doscientos mil infieles; y haberse echado de menos sólo veinte y cinco cristianos, siendo el número que pelearon doscientos mil inferior al de aquellos; y se vio una Cruz en el cielo, por lo que la Iglesia mandó celebrar en otro día perpetuamente el triunfo de las Santa Cruz, y la que en otra batalla enarboló el canónigo D. Domingo Pascual, que iba delante del Arzobispo de Toledo, la donó este Prelado con otras reliquias a esta población, que se veneran devotísimamente en su Parroquia del Señor San Miguel para gloriosa memoria de haberse conseguido en su suelo una victoria tan gloriosa, como que fue principio y medio de libertar las Andalucías de la prolongada tiranía de los sarracenos; y reducirlas a la dulce posesión de la Santa Romana Iglesia. Con lo de más que esta reza en las lecciones del oficio al mencionado triunfo; refiriendo los prodigios acaecidos en otra Batalla; por la que los Reyes Católicos han atendido, beneficiado y distinguido siempre a este dichoso pueblo. | |
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30-03-11 19:00 | #7401162 -> 7401156 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "2. Si es de Realengo, u de Señorío; a quién pertenece, qué derechos percibe, y cuanto producen." A la segunda dijeron que esta dicha Villa es Realenga y pertenece a Su Majestad; cuyas penas de Cámara tocan a la Real Hacienda, y a la parte de ellas las tiene arrendadas en cincuenta y cuatro reales de vellón cada un año. Que las condonaciones para gastos de Justicia son propias de este concejo; y que ascenderán anualmente a los mismos cincuenta y cuatro reales de vellón. | |
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30-03-11 19:01 | #7401174 -> 7401162 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "3. Qué territorio ocupa el Término, cuanto de Levante a Poniente, y de Norte a Sur: y cuanto de circunferencia, por horas, y leguas: qué linderos, o confrontaciones; y qué figura tiene, poniéndola al margen." A la tercera pregunta dijeron que el término que ocupa este término, coge en circunferencia Veinte y tres leguas, y tres cuartos de otra; que cada una de ellas es de cinco mil varas castellanas; y que por lo áspero y fragoso de los montes y límites de este otro término, podrá andarse la referida su circunferencia en cuatro horas cada una de las mencionadas leguas. Que la distancia de Levante a Poniente es de cuatro leguas, que por ser en parte tierra montañosa y con muchos barrancos, pueden andarse al respecto de dos horas y media cada una. Sucediendo lo mismo por lo respectivo a veinte leguas y media que tiene de Norte al sur. Confronta a Levante con términos de la ciudad de Úbeda y Condado de San Esteban; a Poniente con los de las villas de Linares y Baños; al Norte con el de la villa del Viso; y al Sur con los de las villas de Rus e “Hibros” y con el río “Gualimar”… | |
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30-03-11 19:02 | #7401179 -> 7401174 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "4. Qué especies de tierra se hallan en el Término; si de regadío, y de secano, distinguiendo si son de hortaliza, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes, y demás, que pudieran haber, explicando si hay algunas que produzcan más de una cosecha al año, las que fructificaren solo una, y las que necesitan de un año de intermedio de descanso." A la cuarta pregunta dijeron que en este término no hay más tierras de regadío que once huertas de hortaliza, con algunos pocos árboles frutales que expresarán donde corresponde; las cuales están situadas: cuatro en el paraje de las cuevas, una en el de Arquillos, otra en el del Alamillo, otra en el de la Laguna, otra en el de Baldeazores, otra en el de (…), otra en el del Chortal, otra en el de las Atalayuelas, otra que llaman del Majuelo, y se riegan con diferentes raudales y manantiales a pie que tienen, y que no gozan de nombre por no ser fuentes caudalosas, a excepción de la mencionada del sitio de Arquillos, que su riego es de noria y producen sin interrupción, un fruto al año de legumbres, hortalizas y verdes para forraje a las bestias; habiendo también tierras plantadas de olivas y viñas (siendo estas en contraposición) que unas y otras producen sin interrupción; y tierras calmas de labor en lo raso del término que producen unas con un año de interrupción; otras con dos; otras con tres; otras con cuatro; y otras que sólo producen pastos; siendo todo de secano, a excepción de las mencionadas huertas de regadío; y asimismo hay dehesas de pastos y entre extensión y parte de su suelo monte bajo y alto; que todo produce sin interrupción; diferentes baldíos de aprovechamiento común que producen pastos; y matorrales, peñascares, barrancos, quebradas, cumbres y pedrizas que ni aun producen pastos | |
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30-03-11 19:02 | #7401187 -> 7401179 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "5. De cuantas calidades de tierra hay en cada una de las especies que hayan declarado, si de buena, mediana, e inferior." A la quinta pregunta dijeron que las calidades de tierra que ha declarado son en sus especies respectivas, las de las huertas de primera calidad y de segunda; las de las viñas de primera, segunda y tercera; las que ocupan las olivas de primera, segunda, tercera y cuarta calidad; y las calmas de labor, de primera, segunda, tercera, cuarta y quinta calidad; y las de las dehesas, de primera y segunda en su especie (que corresponden a la sesta y séptima calidad con respecto de las de labor) y las Baldías de tercera calidad en especie de dehesas que le compete a la octava calidad; sin graduar a los sitios inútiles por naturaleza, calidad alguna. | |
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30-03-11 19:03 | #7401200 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "6. Si hay algún plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc." A la sexta dijeron que en las tierras que dejan declaradas no hay más plantío de árboles frutales que los contenidos en las once huertas de regadío especificadas en la respuesta dada a la cuarta pregunta, cuyas especies son granadas, higueras, castaños y nogales | |
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30-03-11 19:04 | #7401206 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "7. En cuales de las tierras están plantados los árboles que declaren." A la séptima pregunta dijeron que los referidos árboles frutales se hallan puestos en las consabidas huertas de regadío que han declarado, y en los sitios antes expresados; y que respecto al corto fruto que rinden, por ser pocos y padecer gran daño de las aves, fieras y otros (…): los que declaran no deben ser mencionados, ni darles calidad ni clase… | |
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30-03-11 19:05 | #7401208 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "8. En qué conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra, o a las márgenes; en una, dos, tres hileras; o en la forma que estuvieren." A la octava dijeron que otros árboles frutales y encinas están plantados sin alguna regla y a manta, en la extensión de la tierra que ocupan y que por lo tocante al olivas y viñas se hallan puestas por la mayor parte a cartabón el que no guarda una pequeña porción de ellas, especialmente las que ocupan laderas y tierras quebradas, cuyas dichas olivas están en los sitios llamados Chortal, Torrecilla, Vereda del Pino, Calderón, Ladera del Valle, Nimillar, Valdeinfiernos, La Cola, Arquillos, El Campillo, Las Majadas y Molejón. Y las viñas en los parajes nombrados Mortero y Jaravancil; y por lo que hace a encinas, en las dehesas Vieja y Nueva, y las de las Yeguas; como también en las de Jarandilla y Cañadas del Concel, todo de este término y propios de este concejo. | |
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30-03-11 19:05 | #7401217 -> 7401187 |
Por:por mi cuenta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "9. De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo; de cuántos pasos, o varas Castellanas en cuadro se compone: qué cantidad de cada especie de granos, de los que se cogen en el término, se siembra en cada una." A la novena dijeron que la medida de tierras que se usa en esta villa es de doce celemines cada fanega, y se compone de ocho mil cuatrocientas y una varas castellanas en cuadro, que hacen, seiscientos sesenta y seis estadales y dos tercias; siendo cada estadal de tres varas y dos tercias castellanas, y cada fanega de tierra calma de primera calidad se siembra con otra de trigo o fanega y media de cebada, la de segunda se empana con nueve celemines de trigo o con una fanega de cebada, o con fanega y media de escaña. La de tercera, con nueve celemines de cebada o con cuatro de centeno; y la de cuarta, con solos tres celemines y medio de centeno; siendo los únicos frutos que producen otras tierras calmas del término por no ser su terreno a propósito, para aplicarles otras semillas respecto a lo endeble de él y experiencia de que no las produce. | |
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30-03-11 22:21 | #7403056 -> 7401187 |
Por:Torreaugusta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches por mi cuenta. en esta nueva investigacion que te felicito,hay un hecho curioso y es que desde 1750,el apellido Navarrete sale y en 1774 sale de alcalde,y hoy lo tenemos de alcalde. y otro es la confirmacion del termino de Vilches,siendo todo despeñaperros termino de Vilches,ya que las nuevas poblaciones se empezaron creo que en 1756, un saludo | |
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31-03-11 08:27 | #7405107 -> 7401187 |
Por:pumuki01 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Extraordinario (por mi cuenta) me he dejado la vista en el ordenador esá mañana,pero ha valido la pena.. ![]() ![]() Me ha llamado la atención (yo siempre buscando tre pies al gato) el comentario que hacen sobre la batalla ( han muerto docientos mil infieles y haberse echado de menos sólo veinti y cinco Cristianos,siendo el numero que pelearón de docientos mil inferiores al de aquellos) ¡¡toma ya!! lo de la cruz en el cielo,sin comentarios.. un saludo.( po mi cuenta) ![]() ![]() | |
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31-03-11 08:50 | #7405170 -> 7401187 |
Por:por mi cuenta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "De casta le viene al galgo", Torreaugusta. Tendremos que investigar este noble apellido (Navarrete). Porque no podremos negarle que tiene "Realengo". Un saludo, por mi cuenta. Ah. Se me olvidaba comentaros que dicho "Catastro" consta de 40 preguntas generales. | |
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31-03-11 08:52 | #7405179 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Tienes razón, amiga Pumuki. Pero ya sabes como somos los españoles: Nos comemos una y contamos 20. Si puedo, esta mañana plasmaré más respuestas generales. Un saludo, por mi cuenta. | |
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31-03-11 13:27 | #7406977 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "10. Qué numero de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie, y calidad: por ejemplo: tantas fanegas, o el nombre que tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad; tantas de mediana bondad, y tantas de inferior ; y lo propio en las demás especies que hubieren declarado." A la décima pregunta dijeron que el término de esta Villa sería de sesenta y cuatro mil fanegas de tierra, sobre el poco más o menos; de a otros doce celemines cada una, y cada uno de cincuenta y cinco estadales y medio, según el marco de (…) y práctica de esta tierra; y que a juicio prudente de los que declaran, se divide en distintas clases la calidad de otras tierras; siendo las de más estimación como treinta y dos fanegas que componen las 12 huertas de regadío que hay en el término, y de ellas son las 13 de primera calidad; y las 19 de regadío en su especie = de las calmas de sembradura y de secano diez y nueve o veinte mil, y de ellas de primera calidad como seiscientas fanegas. De segunda, tres mil. De tercera, como cinco mil y de cuarta seis mil fanegas también de labor. Y de cuarta calidad cinco mil y cuatrocientas, que sólo producen pastos; consignándoles a cada una de estas, por el aprovechamiento de ellos, la producción de dos cosechas por año = las plantadas de olivas ascenderán a la porción de mil, y doscientas fanegas de cebada. Siendo de ellas, de primera calidad ciento y cincuenta; de segunda, doscientas y cincuenta; de tercera, quinientas; y de cuarta, doscientas y cincuenta; todas en su especie. Las puestas de viña serán treinta y cinco fanegas de cuerda; de ellas, las cinco de primera calidad; las seis de segunda; y las veinte, de tercera también en su especie. Y por lo tocante a Deheses de pastos, hay la Bayal, que ascenderá su ámbito a seiscientas fanegas de cuerda; la Vieja, compuesta de cinco quintos a tres mil; la Nueva, que tiene cuatro quintos dos mil y trescientas. La que llaman de Jarandilla, quinientas. La que nombran Cañadas de “¿Cancel?”, trescientas. Y la destinada para Yeguas, mil fanegas. Todas, propiedad de este Concejo y su común. Habiendo asimismo otras dehesas de pastos pertenecientes a particulares, a saber: la de Mira el Río, que su suelo comprenderá doscientas fanegas de cuerda; una en Las Cuevas, de doscientas setenta; otra en otro sitio y contigua a ella, de seiscientas fanegas; y la de Arquillos, ochocientas; todas poco más o menos, estando la cuarta parte de las referidas dehesas, Vieja y Nueva, y Cañadas del Cancel, plantadas de encinas; y de la de Jarandilla y la de Yeguas, la tercera parte de su recinto; siendo las calidades de todo lo ante expresado, por lo que respecta al suelo de las mencionadas dehesas, en sus especies a saber: La Boyal, de primera calidad, que corresponde a la sexta, con respecto a las tierras de labor; y de la misma con la propia atención, la de Mira el Río y todas las demás de segunda, que equivalen con el propio respecto a la séptima; y por lo tocante a encinas, las de Jarandilla son en esta especie de arbolado (e independiente del aprovechamiento, de todo su suelo y pastos que produce) de primera calidad; y todas las demás que tienen el mismo arbolado, de segunda en la propia conformidad; y ascenderá el producto de las cuatro dehesas de Mira el Río, las de Las Cuevas y Arquillos (que no corresponden a este común) anualmente, a cuatro mil quinientos cuarenta reales, en esta manera; la citada de Mira el Río, propia de D. Diego de Acuña, vecino de la ciudad de Baeza, mil y ochocientos reales, por ser de primera calidad; las de Las Cuevas que posee D. Juan Francisco de Ayala, vecino de Linares, quinientos cuarenta reales; y la otra en otro sitio, propia de D. García ¿”Gollín”?, mil y ochocientos; la de Arquillos, que es dueño el concejo de Rus, mil y seiscientos reales de vellón; por la regla de que a las de primera calidad se les considera de provecho seis reales de vellón por cada una fanega de cuerda, y a las de segunda dos reales de vellón todo por año; y también hay en este término baldíos de aprovechamiento común, que les parece a los que declaran montar a veinte mil fanegas; a las que regulan un real de vellón, anualmente por el aprovechamiento de cada una y son de tercera calidad en la especia de pastos. Con respecto a la octava, de la tierra de labor _ cuyas partidas con trece mil y quinientas de cumbres, caminos, peñascares, quebradas y madres de ríos, barrancos, asimismo del lugar, y demás suelo desaprovechado, componen el total del continente del término. | |
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31-03-11 13:28 | #7406981 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "11. Qué especies de frutos se cogen en el término." A la undécima pregunta, dijeron que los frutos que se cogen en este término son avena, trigo, cebada, centeno, escaña, aceite, uvas (que por la cortedad de su cosecha, se venden en fruto) miel, cera, bellotas. Sin hacer mención de las frutas que producen los pocos árboles, por desaprovechados, que hay en las huertas del término, según queda respondido a la cuarte pregunta. | |
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31-03-11 13:29 | #7406985 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "12. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie, y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiere." A la duodécima, dijeron que las tierras de regadío de los doce huertas ante nominadas (que gozan de primera calidad y de segunda, en su especie), producen sin interrupción, berenjenas, coles, tomates, pepinos, cebollas y todo género de legumbres y hortalizas; y también verdes para forraje de las bestias; y que la utilidad que les parece podrá rendir cada fanega de cuerda al año, siendo de primera calidad, es ciento ochenta reales de vellón, al respecto de quince cada celemín; y ciento treinta y dos, siendo de segunda, que corresponde a cada uno once reales. Esto sin mencionar los árboles frutales que hay en ellas, reputando todo el contenido de la tierra, como desembarazada para la producción solamente de otra hortaliza, legumbres y verdes y la existencia de los referidos árboles, como si ningunos fuese; y que en las calmas de secano, por la experiencia y conocimiento que tienen los declarantes, les consta que la fanega de primera calidad se siembra alternativamente de trigo y cebada, con un año de interrupción; produciendo del primero cuando le corresponde, siete fanegas; y de la segunda, nueve = La de segunda calidad, que fructifica con dos años de descanso, se empana de trigo, cebada o escaña, también con alternativa, y producen del primero cinco fanegas, de la segunda siete y de la última ocho fanegas = De la tercera (calidad), que rinde con tres años de interrupción, se siembra de centeno y cebada, alternando uno y otra, y será su producción cinco fanegas, del primero y seis y media de la segunda; y la de cuarta calidad, que se siembra de solo centeno, con cuatro años de interrupción, producirá cuatro fanegas de él. Entendiéndose ser todo por quinquenio, unos con otros; y previniendo que el escaso fructificar de todas referidas tierras calmas consiste en su poca sustancia. Como es notorio respecto a estar situadas en sierra, casi la mayor parte de ellas, a las que no cuadran otras semillas que las expresadas, y por consiguiente, producen solos estos frutos. | |
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31-03-11 13:32 | #7407011 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "13. Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie." A la decimotercia pregunta, dijeron que las fanegas de cuerda de tierra plantadas de olivas de secano (que aquí lo son todas) comprenden a cada una de ellas, por estar a “¿marcamayor?”, como sesenta pies; y siendo de primera calidad, producirá cada una por la otra reputación de quinquenio, y sin interrupción, ocho arrobas de aceite; la de segunda, seis; la de tercera cuatro; y la de cuarta, tres; por lo tocante a la viñas (igualmente de secano y sin interrupción) se compondrá cada una fanega de tierra de este plantío de mil vides, que siendo de primera calidad producirá veinte y cinco arrobas de uvas; las de segunda, diez y nueve; y las de tercera, diez y seis; que todas se venden en frutos sin reducirlas a mosto, por ser muy corto este plantío y su fruto en este término: Y que en cuanto a árboles frutales, se refieren a lo que dejan declarado en satisfacción a las preguntas cuarta y duodécima. Y por lo que mira a encinas, comprenderá cada fanega de tierra plantada de ellas (en el concepto de que se han tanteado para este caso y se hallan desordenadamente puestas y por lo común más claras que espesas, para el fin de aprovechar los pastos en su suelo) y compensadas unas con otras todas las del término, catorce pies de ellas; cuyo fruto de bellota se vende aparte en el árbol para avarearlo a los ganados, con independencia de otros pastos; y producen sin interrupción. | |
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31-03-11 13:32 | #7407017 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "14. Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos." A la pregunta catorce, dijeron que el valor que tienen ordinariamente en esta Villa los frutos que se cosechan en su término, son a saber: cada año, la de aceite (entiendo que se están refiriendo a la medida de una arroba), catorce reales de vellón; la de habas, dos; la fanega de trigo, quince; la de cebada, seis; la de centeno, diez; la de escaña, cuatro reales; y por lo que respecta al fruto de bellota, se remiten a las conclusiones de las respuestas dadas a las antecedentes preguntas, que sirven en parte a la satisfacción para esta; como asimismo por lo tocante al efecto de frutas, se refieren a lo que dejan dispuesto en las preguntas cuarta y doce. | |
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31-03-11 14:26 | #7407382 -> 7401187 |
Por:Torreaugusta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches por mi cuenta.hecha una primera investigacion creo que he llegado ala raiz del origen del apellido Navarrete. paso a relatar mi investigacion. en la famosa batalla de las Navas de Tolosa,participan muchos Navarros con su Rey Sancho el fuerte a la cabeza,y despues toman Vilches, bien aqui esta la CLAVE uno de esos Navarros se quedaria en Vilches arraigando ya por siempre. pero porque Navarrete,es de suponer que seria de estatura media baja y conociendo a nuestros paisanos le pondrian Navarrete. ![]() ![]() ![]() | |
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31-03-11 14:54 | #7407578 -> 7401187 |
Por:malauva ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches ¡¡¡EL CANNNNSIIIIIINO, A LLEGADO EL CANNNNNSINOOOOOO!!! Pollos,pavos, pavitas. Venga torreaugusta deja ya a por mi cuenta con sus historietas, y vete preparando. Que este finde tenemos viaje a pandora iremos bien preparados de suculentas viandas, jamón, queso del bueno, cervecita fresquita y como no lo regaremos con un buen vino de reserva del amigo roguemos. ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() un saludo: y dile al cannnsiiiiino que si quiere venir le reservamos plaza. | |
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31-03-11 15:15 | #7407720 -> 7401187 |
Por:pumuki01 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches ¡¡Pero bueno!! malauva ,a mi me gusta todo lo que escribe "por mi cuenta" ![]() ![]() Y no son historietas amigo "malauva", es la hitoria de nuestro pueblo;que aunque tu no te lo creas hay gente que le interesa y mucho .. un saludo .pa,ti. ![]() | |
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31-03-11 15:58 | #7408072 -> 7401187 |
Por:malauva ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Joder no pasas ni una pumuki no ves que estoy de cachondeo???? Aunque no te lo creas a mí también me interesa la historia de nuestro Pueblo y mucho, pero una nota de humor no viene mal ¿¿NO CREES?? Un saludo: | |
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31-03-11 16:10 | #7408194 -> 7401187 |
Por:Torreaugusta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Por mi cuenta no le hagas caso ,y sigue por lo menos tienes a dos incondicionales Pumuki y yo. Malauva me lo pones muy tentador,sabiendo que soy un buen tripero y que no dejo ninguna postura me APUNTO. en este vieje no pedire pozimas ni leches, y asi haremos un viaje tan rapido que ni nos enteramos. ![]() ![]() ![]() ![]() | |
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01-04-11 08:56 | #7413311 -> 7401187 |
Por:pumuki01 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Torreagusta.Como has llegado a esa conclusión tan verosímil ![]() Ahora estoy leyendo un libro( MANUEL TORRES), GUERRILLERO, Vilcheño, dice que un tal Navarrete alcalde antes de la guerra y monarguico ,tambien lo fue nada más que terminar está contienda ..(lo mismo era familia del actual).. un saludo ![]() ![]() | |
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01-04-11 14:01 | #7415274 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Pues prepárate, Torreaugusta, en estas respuestas que hoy pongo vuelve a aparecer el sr. D. Miguel de Navarrete. Pero ahora como propietario, dueño y señor de un molino de aciete. Un beso muuuuuuu fuerte para ti, Pumuki. Y también para tí, Malauva, que también te lo mereces. Un saludo, por mi cuenta. | |
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01-04-11 14:03 | #7415287 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "15. Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como Diezmo, Primicia, Tercio-Diezmo, u otros; y a quién corresponden." A la quince pregunta, dijeron que los años que se hallan impuestos sobre las tierras del término son el Diezmo uno, se paga de cada diez de las especies de frutos que se cosechan en él; exceptuándose de esta contribución las tierras y posesiones propias de la fábrica, Priorato y Beneficios de esta Parroquia, el Cortijo de la Dignidad Episcopal de Jaén (que llaman la Obispería), las monjas de Santa Clara de la ciudad de Úbeda; y cuando las arriendan, cobran y perciben el Diezmo de ellas; las de Don. García Golfín “¿Carnafar?”, vecino de la villa de Cáceres, y D, Francisco de Ayala, que lo es de Linares; que están en el sitio de Las Cuevas y Castillo de “Gilbaile” ponen contribuyentes de sus respectivos Diezmos en esta manera: De las calmas de labor, contribuyen la mitad de su Diezmo al Cabildo y fábrica de la ciudad de Baeza, y al cura de la Villa de (¿? No se entiende muy bien el nombre. Creo que quiere poner lmarmol. ¿Es posible que se refiera a Marmolejo?); y la otra mitad a la “Pila” de donde es vecino el labrador que las siembre; y de las huertas de regadío, sitas en los otros parajes, corresponde un Diezmo enteramente al referido cura; y por lo tocante a todos los demás forasteros hacendados en este término, concurren con el Diezmo de cuanto se cosecha en sus tierras, mitad a la pila del “barraño” y la otra mitad a la del domicilio que goza el labrador que lo fueses de ellas; esto por lo perteneciente a trigo y cebada solamente; pues por lo respectivo a centeno, escaña y demás que corresponde a minucias, toca privativamente entre todo el Diezmo a esta misma y su Cabildo, perteneciendo asimismo a la expresada Pila de Barraño. Los Diezmos de trigo, cebada, aceite y demás frutos, que dan de sí las tierras y posesiones de los dos Colegios de San Ignacio y Santiago, de la Compañía de Jesús, sitios en otra ciudad de Baeza, estando entendidos los declarantes que por concordia pagan ambos otros colegios con la modificación de treinta y cinco una, por lo tocante a trigo, cebada, aceite y fruto de uva; y por lo perteneciente a centeno, escaña y demás semillas, si las sembrasen, de cincuenta y una; y lo mismo de las minucias de Diezmos de ganados lanares, queso y demás que les corresponde; y también lo propio por lo que mira a enjambres, miel y cera; advirtiendo que en referidas minucias no se comprende el Diezmo de ganados mayores, pues de estos se lo pagan diez y siete maravedís de vellón por cada cabeza; e igualmente contribuyen otras tierras del término con la primicia de trigo y cebada, y se cobra a da labrador media fanega a uno, y media de la otra siempre que llega la cosecha a (diez fanegas) digo a seis fanegas; y cuando no alcanza a otro número no se paga cosa alguna; y también se satisface el Boto de Santiago con tres celemines de la cosecha que llega a diez fanegas sembrando con una junta y siendo con dos o más seis celemines de que no puede exceder; cuya paga se hace en especie de trigo, teniéndolo el labrador, y si no cobra otro tributo en las demás semillas que ha producido su siembra. Que todo el Diezmo mayor entra en la tercia de esta Pila de Vilches y se reparte por los tres novenos, percibiendo de él uno S.M. las dos terceras partes; y la otra esta fábrica rebajando de ella la octava parte que corresponde a la fábrica de la Catedral de Baeza; repartiendo el otro de por mitad entre el Sr. Obispo y Catedral. Distribuyéndose el otro noveno entre el Prior y los dos Beneficiados, uno simple y otro servidero de esta Parroquia. Con advertencia que el Prior lleva la cuarta parte más, contribuyendo asimismo las tierras del término con los Diezmos de aceite y fruto de uva, y con el de minucias que las componen los corderos, queso, lana y demás contenido en el capítulo sinodal que estos dos ¿…?, se arriendan separados anualmente y se reparten con la misma distribución ante expresada, entre Rey, Mitra, Cabildo, Prior y Beneficiados; también concurren estos túnicas con el Diezmo llamado “Pie de Altar”, que se cobra en aquellas en que se siembran hortalizas y verduras, según el capítulo sinodal que le corresponde; A que son interesados el Prior, el Beneficio servidero y el cura de esta Parroquia, haciéndose nueve partes, de las que perciben los cinco otros, Prior y Cura de por mitad, y las otras cuatro, íntegramente el referido Beneficio Servidero; habiendo asimismo en esta Villa una cava que llaman del Escusado, cuyo Diezmo Redondo pertenece enteramente a la nominada fábrica de la Catedral de Baeza, y también se arrienda anualmente; todos los cuales son los años que contribuyen dichas tierras, además de los censos y memorias a que están gravadas algunas, y más por menos, constan en las respectivas relaciones de los vecinos a que se refieren. | |
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01-04-11 14:04 | #7415292 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "16. A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie; o a qué precio suelen arrendarse, un año con otro." A la pregunta diez y seis, dijeron que a la cantidad que llega y suelen montar las especies de los referidos frutos son a saber: A la de trigo, seiscientas y cincuenta fanegas; a la de cebada, cuatrocientas y cincuenta; a la de centeno, ciento y veinte; a la de escaña, ciento y treinta fanegas; y por lo tocante a aceite y fruto de uva, se arrienda en esta Villa y generalmente en este Reino a dinero y asciende su diezmo a la cantidad de tres mil y quinientos reales de vellón por año, y sucediendo lo mismo por lo que hace al de minucias monta su valor anualmente seiscientos ducados de vellón. Que la renta de Pié de Altar y su diezmo produce en cada una cien reales de vellón, y la Cava del Escusado, que también se arrienda comúnmente, ochocientos reales de Vellón y diez fanegas de trigo que por lo que hace a primicia da de sí un año con otro, cuarenta fanegas de trigo y veinte de cebada; y que el Boto de Santiago asciende anualmente a treinta fanegas de la primera y a cuatro de la segunda. Entendiéndose todos los otros frutos y cantidades que se contienen en esta respuesta por la graduación de quinquenio, según la experiencia y ciencia que de ello tienen los testigos = Y los diezmos a que ascenderán las rentas de pagarlos (que se expresan en la próximamente respuesta) reducidos a dinero son, a saber: Por lo tocante al Priorato de esta Parroquia, veinte y siete reales de vellón al año; por lo perteneciente al Beneficio Servidero de ella, diez y siete reales de vellón; por lo que hace a su fábrica, setenta y cinco; el Convento de Santa Clara de Úbeda, setenta y siete; y la que llaman La Obispalía, ciento y sesenta reales de vellón. Todo por año y por quinquenio. | |
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01-04-11 14:04 | #7415296 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "17. Si hay algunas minas, salinas, molinos harineros u de papel, batanes, u otros artefactos en el término, distinguiendo de qué metales, y de qué uso, explicando sus dueños, y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año." A la pregunta diez y siete, dijeron que en este término hay algunas minas de plomizos, que en lo antiguo se conoce haberlas seguido y no están en uso desde tiempo inmemorial; y que no hay salinas, batanes, molinos de papel ni otros artefactos algunos. Sólo sí un molina harinero de Canal, que muele con el agua del río Guadalén los inviernos, por no tener corriente en verano, y se compone de tres piedras aunque regularmente sólo corren las dos, y es propio de Don Lázaro de la Herrera, Presbítero de esta Villa. A distancia, una legua de ella y lo administro dicho su sueño, a quien rinde en cada un año, regulado por quinquenio, ciento y veinte fanegas de trigo. Asimismo hay once molinos de aceite, que los siete de ellos, se hallan en esta Villa y sus inmediaciones. Y son propios: Uno de Juan Francisco de Molina y de Don Pedro de Mosquera; otro de Miguel de Navarrete; otro de Don Diego de Valenzuela; otro de Francisco Ruiz y de Joseph de la Torre; otro del otro Don Lázaro de la Herrería; otro de Luis de Hervás; y otro Don Pedro Mosquera; y otro de Bartolomé Cazorla Godino; y de los cuatro restantes, es el uno propio de Francisco de la Herrera, que está en el sitio de Sierra Morenilla, distante legua y media de esta Villa, de la que son vecinos todos los antemencionados; otro de Don Juan Cornago, vecino de la ciudad de Baeza, en el sitio que llaman de ¿“Anorade”?, su distancia al pueblo, una legua; otro sitio en “Baldollano”, a la misma distancia que es propio de Don Andrés de la Fuentecilla, vecino de otra ciudad; y el otro que posee el Colegio de Santiago, de la Compañía de Jesús, de ella, que está también una legua de esta población. Y todos los referidos molinos se componen de una piedra cada uno, a excepción del molino mencionado, propio del referido colegio, que tiene dos; siendo de advertir que en las inmediaciones de otros cuatro molinos distantes, hay heredamientos de olivas correspondientes a la labor de ellos, en que se muelen y benefician sus frutos y lo que producen anualmente, por quinquenio, es, a saber: Los de Bartolomé de Cazorla, Don Lázaro de las Herreras, Francisco Ruiz y Joseph de la Torre y Miguel de Navarrete, del respecto de treinta arrobas de aceite cada uno de los referidos cuatro; el de Juan Francisco de Molina y Don Pedro Mosquera, diez y ocho arrobas; el de Don Diego de Valenzuela, veinte y dos; el de Luis de Hervás y de otro Don Pedro Mosquera, veinte y cuatro; el de otros Padres de la Compañía, sesenta y cinco; el de Don Juan Cornago, quince; el de Francisco de la Herrera, diez; y el de Don Andrés de la Fuentecilla, veinte arrobas. E igualmente hay en esta Villa seis hornos de pan de cocer, propios de Juan Francisco de Molina, de la Viuda de Diego Muñoz, de Bartolomé Hueso, de Juan de Antequera, de Benito Jurado, y el que resta de Bartolomé Vallejo, vecinos de esta Villa, y todos producen con igualdad, a saber: veinte ducados de vellón, cada uno por año. | |
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01-04-11 14:05 | #7415303 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "18. Si hay algún esquilmo en el término, a quién pertenece, qué número de ganado viene al esquileo a él, y qué utilidad se regula a su dueño cada año."A la pregunta diez y ocho, dijeron no haber en esta Villa esquilmo alguno correspondiente a lo que en ella se menciona, y que aunque “inviernan” en el término algunos ganados trashumantes, estos pasan a “veranear” y esquilarse en los respectivos parajes de sus tierras, donde corresponde la recolección de sus utilidades. | |
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01-04-11 14:37 | #7415494 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "19. Si hay colmenas en el término, cuántas y a quién pertenecen." A la pregunta diez y nueve, dijeron que las colmenas y enjambres que había en este término, son de las primeras, dos mil y setenta, y de los segundos, setecientas y noventa. Que ya se regulan por colmenas y pertenecen a los dueños siguientes: Francisco de la Herrera tiene sesenta colmenas y veinte enjambres; Luis de Hervás, ochenta colmenas y cuarenta y nueva enjambres; D. Pedro Mosquera, cuatro colmenas y un enjambre; Miguel de Navarrete, cuarenta colmenas y veinte enjambres; Bartolomé de Cazorla, trescientas treinta y tres colmenas y ciento sesenta y tres enjambres; Alonso de Molina, ocho colmenas y cinco enjambres; Juan Muñoz, treinta y una colmenas y veinte y cinco enjambres; Manuel Joseph Gallego, cincuenta colmenas; Nicolás del Moral, cuarenta y cinco colmenas y veinte y seis enjambres; Matías Moreno, dos colmenas; Bartolomé Martínez Flores, seis colmenas y tres enjambres; María de la Encarnación, Ciento y dos colmenas y treinta enjambres; Bartolomé Carrera, veinte y seis colmenas; Francisco Calderón, diez colmenas; Francisco Martínez el Chico, setenta colmenas y treinta y un enjambres; Francisco Bravo, sesenta y dos colmenas y treinta y ocho enjambres; Baltasar de los Reyes, seis colmenas; Antonio Ruiz Ramal, once colmenas y ochenta enjambres; y el referido tiene arrendadas noventa y seis colmenas, que son propias de Don Juan de Benavides, vecino de Baeza, y están en este otro término; Martín Bravo, treinta colmenas y veinte enjambres; Martín de Molina, sesenta colmenas y cuatro enjambres; Miguel Bueno, catorce colmenas y trece enjambres; Francisco Medina, diez colmenas y seis enjambres; Diego Olivares, diez colmenas y los mismos enjambres; Juan López, nueve colmenas; Alonso Concejero, setenta colmenas y cuatro enjambres; Sebastián Cañete, treinta Colmenas y quince enjambres; Bernarda Antonia, dos colmenas; María Guiomar, once colmenas y cinco enjambres; Marcos de Navarrete, ochenta colmenas y trece enjambres; Pedro Ramal, diez y nueve colmenas y once enjambres; Tomás García, cincuenta colmenas y diez y ocho enjambres; Antonio Fernández Salazar, doce colmenas; María de Viedma, doce colmenas; Francisco de Jódar Medina, diez y siete colmenas y ocho enjambres, digo once enjambres; Don Diego de Valenzuela, doscientas y treinta y ciento y diez enjambres; el Doctor Don Fernando Bravo y Merino, Prior de esta Parroquia, ciento y treinta colmenas; Don Francisco Sánchez Trapero, Beneficiado de ella, ochenta colmenas y veinte y cinco enjambres; Don Pedro de Alcántara, Presbítero, ocho colmenas y cinco enjambres; Don Lázaro de la Herrera, Presbítero, ochenta colmenas y cuarenta y dos enjambres; y Diego Muñoz Perales, vecino de la Villa del Viso del Marqués, tiene en este término y sitio de Valdeazores, sesenta colmenas, y que no saben de otras, ni otros, y esto responden. | |
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01-04-11 16:47 | #7416337 -> 7401187 |
Por:Torreaugusta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches por mi cuenta, es curioso Garcia Golfin con propiedades en Vilches,conozco a un descendiente y me trajo su A rbol geneologico. Lee que clase de personajes eran LOS GOLFINES. LOS GOLFINES En la minoría de edad de Alfonso VIII (1158-1214) según algunos autores, ya se les cita como salteadores de caminos que realizan sus acciones entre el Tajo y los Montes aprovechando la inseguridad del reino. La aparición de los golfines se diluye entre los siglos XII y XIII pudiendo ser calificados en definitiva como bandidos de frontera que encuentran en sus comienzos un amplio territorio entre la Mancha y Extremadura que se está repoblando, que aún son pocas las defensas. Y las espesuras del monte refugio seguro. Quienes eran éstos, de dónde procedían o como se organizaron, son interrogantes que surgen después de introducir el tema. Autores come José María Cuadrado, los define como: “vagos, malhechores, criminales, prófugos, hidalgos arruinados por el juego o por los vicios”. En 1327 se les titulaba como “… malhechores de la Jara o de los Montes”. Otros hablan de los golfines como “individuos marginados y empobrecidos a los que las perspectivas de ganancias fáciles empujan hacia la frontera”.Formaron grandes grupos dispersos por el territorio comprendido entre el Tajo y Sierra Morena concentrando su actividad en los puertos del Milagro, Orgáz, Muradal, Miravete y otros. Alcanzaron tal número que según un documento del siglo XIV eligieron rey al legendario Carchena, caudillo que debía concentrar el poder y la autoridad sobre el resto de las bandas. Llegaron los golfines a constituir un serio peligro durante los reinados de Sancho IV (1284-1295)y Fernando IV (1295-1312)y las Cortes de Castilla tuvieron que intervenir a fin de proteger los concejos y territorios donde operaban estas bandas convertidas en verdaderos ejércitos organizados que se movían con entera libertad y con el apoyo de castillos, torres y villas bajo su dominio.En la segunda mitad del siglo XIV retrocede la belicosidad de estas bandas con la fusión de las hermandades de Toledo, Talavera y Ciudad Real. La acción hermandina y el factor de reinserción social mediante perdones reales, y concejiles o prestación de servicios de armas como mercenarios, hizo retroceder en gran medida la actividad de los golfines. | |
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01-04-11 17:05 | #7416457 -> 7401187 |
Por:Torreaugusta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches hola Pumuki ni yo se como a sido la investigacion, pero tiene una logica verdad?. Miguel torres el guerrillero ley lo que se puso en el foro. no se si leistes el enlace que puse como un adelanto del libro de PAUL PRESSTON que saldra a mediados de Abril titulo HOLOCAUSTO ESPAÑOL. un abrazo Pumuki | |
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01-04-11 17:27 | #7416601 -> 7401187 |
Por:pumuki01 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Si Torreagusta, leí el enlace que pusiste y lo estuve viendo .. Como todos los libros de estes escritor,historiador e hispanista Ingles, especialita en escribir libros de la guerra civil española.. Como es sabido me encanta la historía.. Manuel Torres (Guerrillero) está puesto a la venta en el estanco,aunque ha estado en un (pis,pas) de no salir a la venta en Vilches,algun alcalde de la posquerra no sale muy bien parado y algun familiar no queria que saliera a la venta en Vilches ;pero claro se cuenta lo que era en realidad ..Un libro muy entrañable a la vez que duro.. un saludo Torreagusta. PD. Por mi cuenta en cuanto pueda sigo leyendo,gracias por ese cariño que me demuestras al igual que yo,que siento una enorme admiración y respeto por ti (aunque no te conozco) ![]() | |
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03-04-11 00:10 | #7425517 -> 7401187 |
Por:Torreaugusta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches voy a completar un poco mas lo de los GOLFINES. son dos las torres de los GOLFINES que se conservan en Caceres:la de arriba y la de abajo esta ultima levantada a principios del siglo xv por GARCIA GOLFIN.en lo alto de esta ultima aperecen esculpidos,dentro de una corona ,el anagrama "fer de fer",y en una cartela,bajo el escudo heraldico, la leyenda"ESTA ES LA CASA DE LOS GOLFINES". Por ultimo,por bajo de esta leyenda,aparece otra lapida moderna,en que dice "AQUI;EN LA CASA DE ALFONSO GOLFIN,SU VASALLO,SE APOSENTARON SUS ALTEZAS LOS REYES CATOLICOS DON FERNANDO Y DOÑA ISABEL". cuando se capturaba a golfines la manera de ajusticiar era , pongase en un palo derecho,siete era el numero de saetas que el reo debia de recibir. muchos desgraciados aguantaron sin morir aunque deseando morir. solo algunos siglos despues,Carlos V,,por pragmatica que aparece en la ley 46 etc etc,ordeno que antes de procederse al asaetamiento,ya como pena meramente ritual,se diera muerte a los malhechores,ESTRANGULANDOLES, Fue esteprecisamente el origen del nuevo metodo de muerte judicial DEL AGARROTAMIENTO, esto es EL GARROTE VIL hasta hace poco que se abolio la pena de muerte. parrafos sacados del libro,EL BANDOLERISMO ANDALUZ,de CONSTANCIO BERNARDO DE QUIROS y LUIS ARDILA TURNER | |
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04-04-11 13:15 | #7437455 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "20. De qué especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de coche y caballos de regalo, y si algún vecino tiene cabaña o yeguada que pasta fuera del término, dónde y de qué número de cabezas, explicando el nombre del dueño." A la pregunta veinte, dijeron que las especies de ganados que hay en este pueblo y su término son, a saber: Dos manadas de yeguas que componen, una, como veinte y seis cabezas; otra como veinte. De la primera, son dueños Don Lázaro de la Herrera, Presbítero, y Francisco de la Herrera, a excepción de algunas pocas cabezas que tienen diferentes vecinos; y en la segunda, tiene la mayor parte Don Manuel Morón; siendo las demás de otros vecinos, por no haber “Vez” de otro granado yeguar. Tres “Hatos” de ganado vacuno cerril; el uno, propio de los referidos Don Lázaro y Francisco de la Herrera; otro de Pedro Molina; y el que resta de la “Vez” del concejo, que lo componen las reses de vecinos particulares; que el primero tiene setenta y cinco cabezas de de año arriba; el segundo, cuarenta; y el tercero, sesenta; y en estimo se hallan asimismo de los propios vecinos particulares; sesenta yuntas de vacuno domado; habiendo también en el pueblo, de partes de mulas, mulos y caballos, catorce; y diez y ocho de pollinos; todo para el cultivo y avíos de las labores; y ciento y veinte pollinos que sirven para la conducción de leña, agua y demás que necesitan las casas; y no hay arrieros algunos, ni trajinantes en este pueblo; el que tiene seis hatos de ganado cabrío; uno propio de los nominados Don Lázaro y Francisco de la Herrera, hermanos, que se compone de trescientas y veinte cabezas; otro de Manuel Bueno, de trescientas y cincuenta; otro de Juan Francisco de Molina, de quinientas; otro de la viuda de Sebastián Román, de doscientas; otro de Juan Garrido, de sesenta; y otro de Miguel de Navarrete, de novecientas cabezas; y también tiene esta Villa, siete hatos de ovejas; uno propio del otro Miguel de Navarrete y de Jerónimo de Molina, compuesto de ochocientas cabezas; otro del referido Luis de Hervás, de quinientas; otro de Marcos de Navarrete y sus hermanos, de cuatrocientas y cincuenta; otro de Pedro Conejero, de quinientas; otro de Juan Francisco de Molina, de quinientas; otro de Juan Gutiérrez, de cuatrocientas; y otro de Antonio de Molina Gómez y de otro Francisco de la Herrera, de trescientas y sesenta cabezas. Asimismo hay en el pueblo las piaras de ganado de cerda siguientes: Don Lázaro y Francisco de la Heerara tienen una que se compone de cuatrocientas y cincuentas; Miguel de Navarrete, otra de doscientas; Bartolomé Cazorla, otra de ciento y cincuenta; Don Miguel y Doña Isabel de Valenzuela, hermanos, otra de ciento y cincuenta; Francisco Muñoz, otra de treinta y seis; Lázaro Garzón, otra de sesenta y ocho; Don Pedro Mosquera, otra de ciento y cuarenta cabezas; Sebastián Francisco, otra de cien; Joseph de la Torre, otra de treinta; Marcos de Navarrete y sus hermanos, otra de cien; Juan Francisco de Molina, otra de trescientas y cincuenta cabezas; Manuel Bueno, otra de doscientas y cincuenta; Juan de la Herrera, otra de cien; Don Pedro Fernández, Presbítero, otra de setenta; Francisco Ruiz, otra de cincuenta; Pedro Conejero, otra de noventa cabezas; y como doscientas y cincuenta que tienen diferentes vecinos particulares incorporados a guarda en otras piaras; todas las referidas cabezas mayores y menores y que no hay cabaña alguna en esta Villa, cuyos mencionados ganados pastan y … todos en el término de ella, de invierno; y el agostadero lo pasan, sólo el lana y el cerdeo, en los términos de las poblaciones inmediatas con las que ésta tiene mancomunidad de pastos, que son las ciudades de Úbeda y Baeza, las villas de la Torre Pedro Gil, Rus, Ybros, Cabra del Santo Cristo; y los lugares de Begigar y Lupión; por lo que en invierno y verano, hay en este término ganados de todas especies, a causa de otra mancomunidad, como son hatos de toros, vacas, ovejas, borregos, carneros y piaras de yeguas, cabras, mancho de cabríos, cerdos; y por lo que respecta a la Villa de la Torre Pedro Gil, no tiene ésta ni sus vecinos recompensa de utilidad en su término, por no tener baldío alguno mediante … todo lo que comprende cuartos y sitio en donde no permiten pasten ganados de los vecinos de esta otra villa como no sea pagando la porción que en almoneda pública se les remate; y si hubiera de satisfacer los aprovechamientos que gozan en este término hiervas, pastos y fruto de bellota, que comen sus ganados en baldíos, y leña que se proveen, y pagarían anualmente, atendiendo a los pocos ganados que hoy tienen, cuatrocientos ducados de vellón en cada un año. | |
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04-04-11 13:16 | #7437468 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "21. De qué número de vecinos se compone la población, y cuántos en las casas de campo o alquerías." A la veinte y una pregunta, dijeron que esta Villa, y su población, se compondrá de cuatrocientos vecinos, al poco más o menos, habiendo sólo en el campo, tres de ellos, que son, a saber: el Santero de la ermita rural de Santa Elena, el Ventero de la Venta Nueva y el de la de Arquillos, que ambas son propios de esta concejo. | |
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04-04-11 13:17 | #7437477 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "22. Cuántas casas había en el pueblo, qué número de inhabitables, cuántas arruinadas; y si es de Señorío explicar si tienen cada una alguna carga que pague al dueño por el establecimiento del suelo y cuanto." A la veinte y dos, dijeron que en este pueblo hay doscientas ochenta y tres casas; y de ellas, cinco inhabitables y treinta y tres arruinadas; y que no se paga cosa alguna por el establecimiento del suelo, que es realengo. | |
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04-04-11 18:40 | #7439958 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "23. Qué Propios tiene el Común, y a qué asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación." A la veinte y tres, dijeron que esta Villa goza por propios y caudal común de sus vecinos, las casas del Ayuntamiento, Cárcel y Canecería; la Venta Nueva, que gana de arrendamiento regulado por quinquenio, cuatro mil y cuatrocientos reales de vellón, incluyéndose un pedazo de tierra que tienen; La de Arquillos, con la que le corresponde trescientos y treinta reales; la Dehesa Boyal, el pasto y hierva anualmente producirá tres mil y seiscientos reales al respecto de seis reales por fanega; La Dehesa Vieja y nueva, cañadas de cárcel y jarandillas, doce mil y doscientos reales; a dos reales por fanega y los productos del fruto de bellota de la Dehesa de Jarandilla, mil trescientos veinte y ocho reales, al respecto de ocho por fanega, de las ciento sesenta y seis que tiene poblado de encinas, por ser de primera calidad en su especie, otros árboles en este término y las mil trescientas ochenta y dos fanegas están plantadas en las referidas Dehesa Vieja y Nueva y Cañadas de Carcel, según les parece de prudente regulación, a seis reales de vellón por cada una fanega, que importan sus productos ocho mil doscientos noventa y dos reales de vellón; y a cada fanega de cuerda en las que están plantadas otras encinas, se les reputa catorce pies de ellas por estar puestas desordenadamente, y tienen considerables plazas y huecos a fin de aprovechar mejor para la … producción de hierba y pastos anualmente, de manera que en otra conformidad corresponde a cada encina de primera calidad, diez y nueve maravedís y medio; catorce y medio, a la de segunda; un pedazo de tierra en Cabezagorda que rinde cuatro reales; cien olivas en la mata con la misma atención y regulación cincuenta reales; un quiñón en los sitios, treinta y siete reales y medio; también posee esta Villa la escribanía universal del Ayuntamiento, Juzgado Civil y Criminal y la de comisiones que no rinde cosa alguna, antes bien tiene consignado el que los sirve; asimismo goza los gastos de Justicia que rinde un año con otro, cincuenta y cuatro reales de vellón; y que aunque tiene derecho a los bienes …, no goza por ellos utilidad alguna; ascendiendo los citados productos, según lo que llevan declarado (que ha sido por el conocimiento y experiencia que tienen) a treinta y dos mil doscientos noventa y seis reales de vellón; y la Dehesa de Yeguas, si se arrendara su suelo importaría el producto anualmente, de las mil fanegas que coge al respecto de dos reales cada una, dos mil reales; y si se aprovecharan los productos de bellotas de la parte que ocupa de encinas, ascendería en la propia manera a unos mil novecientos noventa y ocho reales de vellón. | |
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04-04-11 18:41 | #7439964 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "24. Si el Común disfruta algún arbitrio, sisa u otra cosa, de que se deberá pedir la confesión, quedándose con copia que acompañe a estas Diligencias; qué cantidad produce cada uno al año; a qué fin se concedió; sobre qué especies, para conocer si es temporal o perpetuo y si su producto cubre o excede de su aplicación." A la veinte y cuatro, dijeron que el común no goza sisa ni arbitrio alguno por facultad, como es notorio. | |
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04-04-11 18:41 | #7439970 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "25. Qué gastos debe satisfacer el Común como salario de Justicia y Regidores, Fiestas de Corpus u otras; empedrado, fuentes, sirvientes, etc., de que se deberá pedir relación auténtica." A la veinte y cinco, dijeron saben y les consta, satisface el común de los citados los propios para la contribución de pajas y utensilios anualmente dos mil novecientos y cuarenta reales (poco más o menos); al encabezamiento de……; al salario del médico, novecientos noventa reales; al cirujano, ciento y veinte; al escribano, mil cuatrocientos y ochenta; al … quinientos veinte y ocho; al pregonero, doscientos sesenta y cuatro; al … para viales y comisiones, mil y quinientos reales; y también paga las fiestas y sermones de su cargo, la del corpus; Visita y tasación de bellotas, consumo del ¿gusano? que les da ; fiesta chica y grande, veredas, ejecutores, papel, composiciones de fuentes y caminos, limosnas en virtud de despachos reales, gastos de encabezonamientos, el de …, vestuarios, salarios de mayordomos; gasto de pleitos, pagar el alcabala que se reparte a las ventas expresadas con otras que suelen ocurrir en virtud de mandatos superiores, como portear … además de los réditos de censos y servicio ordinario y extraordinario que se expresan en las preguntas donde corresponda, a modo que no bastan los réditos anuales de los propios de este concejo, a satisfacer las cargas citadas; y por esta razón tienen contra sí actualmente muchos créditos. Lo que les consta por tener experiencia y práctica y conocimiento, además de ser público. | |
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04-04-11 18:43 | #7439984 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "26. Qué cargos de justicia tiene el Común, como Censos que responda u otros; su importe, por qué motivo, y a quién; de que se deberá pedir puntual noticia." A la veinte y seis, dijeron tiene este otro común contra sí el gravamen de un censo de veinte mil ducados, de principal, a favor de la Insigne Colegial del Lugar del Castellar, por cuyos réditos satisface en cada un año, seis mil seiscientos diez y siete reales y veinte y dos maravedís: Otro de diez mil ochocientos y cincuenta ducados de principal, a favor del Patronato que fundó el Ilustrísimo Sr. D. Antonio Calderón, y paga por sus réditos tres mil quinientos ochenta y nueve reales y diez y siete maravedís; otro a favor de la Santa Iglesia de Baeza, de ciento quince reales y medio, anualmente; todo lo cual, como va expresado, lo paga el común de sus propios. | |
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04-04-11 18:44 | #7439987 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches 27. Si está cargado de Servicio Ordinario y Extraordinario, u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón." A la pregunta veinte y siete, dijeron que también paga de los citados propios, anualmente esta Villa, de servicio ordinario y extraordinario mil novecientos veinte y tres reales y cinco maravedís de vellón, por tener de ello certeza. | |
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04-04-11 18:44 | #7439994 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "28. Si hay algún empleo, Alcavalas, u otras rentas enajenadas; a quién; si fue por servicio pecuniario u otro motivo; de cuanto fue, y lo que produce cada uno al año; de que se deberán pedir los Títulos y quedarse con copia." A la pregunta veinte y ocho, dijeron que esta Villa, con arreglo a sus reales ordenanzas y asistencia de cuatro electores, nombra alcaldes ordinarios, regidores y de la Hermandad, en número doblado, los que se echan en suertes y ejercen sus oficios aquellos a quien toda y nombran subalternos por el tiempo de sus empleos; y por virtud del privilegio excepcional tienen esta Villa facultad para nombrar uno de otros alcaldes ordinarios, por Juez de Residencia; quien lo toma a todos los oficiales; y no comprende cosa alguna de lo demás que la pregunta refiere. | |
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04-04-11 19:12 | #7440198 -> 7401187 |
Por:pumuki01 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Por mi cuenta..Lo que me llama la atención es, que el escribano gane más que el medico .. Tampoco comprendo,lo que dice "nombrar alcaldes ordinarios ,regidores y de la Hermandad,en número doblado,los que se echan en suertes y ejercen sus oficios aquellos a quien toda y nombran subalternos por el tiempo de sus empleos;y por virtud del privilegio excepcionaltiene esta villa.. un saludo. pd.. Torreagusta ..El sabado estuve en Madrid ¡¡madre mia !! no podría vivir en una gran ciudad ¡¡que stress!!.. ![]() | |
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04-04-11 23:24 | #7442933 -> 7401187 |
Por:Torreaugusta ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Pumuki.cuando por mi trabajo necesitaba "cosas" donde hiba era al Madrid de los Austrias,siempre madrugaba ver esos callejones calles estrechas peatonales,saber donde estaba la taberna "el cuclillo"donde paraba Luis Candelas con su banda entre ellos Paco el sastre nacido en baeza. en la Calle toledo 2 donde vivio y murio DON ANTONIO CHACON.la posada el Peine que lahan rehabilitado y es un hotel precioso, ponerte en medio de la plaza Mayor,y pensar aqyi mismo hacian los autos de fe, etc etc. Ahora que si te metes en un coche por donde sea,si puedes odiar madrid espero te lo pasaras bien un abrazo | |
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06-04-11 11:52 | #7461891 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "29. Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, puentes, barcas sobre ríos, mercados, ferias, &c. hay en la población y término; a quién pertenecen y que utilidad se regula puede dar al año cada uno." A la pregunta veinte y nueve, dijeron que esta Villa tiene dos tabernas que se proveen de vino y carne al cargo de Juan Francisco Jurado, quien tiene arrendados los años de alcabala del Viento(1); venta de vino y vinagre y aceites, en la cantidad de dos mil y quinientos reales; cuya cantidad es para cuenta del encabezamiento(2) de esta Villa; y al citado le regulan de utilidad por otros dos puestos, cuatrocientos reales en atención a que se portea todo el consumo, por no haber cosecha en esta referida Villa. Y asimismo hay dos mesones: el uno propio de Blas López de Godoy, que administra por sí y le rinde en cada un año trescientos y cincuenta reales; otro propio de Pascual García, que también lo administra y le rendirá anualmente ciento y cincuenta reales de vellón, por no ser lugar de paso. Dos ventas del caudal de los propios de esta Villa; la una nombrada “La Nueva”, que gana 4894 reales; y la otra, la de Arquillos, que gana 330. Una tienda de especería, propia de Diego Olivares, a quien rinde, libres, cada año, mil y cien reales de vellón. Tres panaderos, llamados: Miguel Sánchez, Pedro Castellano y Simón Gallego; en la misma forma, tiene de utilidad cada uno, doscientos reales. Y que no hay abastecedor alguno (de presente) y se provee el pueblo del ganado cabrío … que pasta en este término, propio de diferentes vecinos, por disposición del Justicia, y no se consumen otras carnes que la citada de cabra; y en cada un año se consumirán doscientas y cincuenta. Y a prudente regulación, dará de utilidad cada mes, un real de vellón, en el caso que haya abastecedor obligado. Y al contador rendirá su oficio seiscientos reales. Y al citado Juan Francisco Jurado, le regulan de utilidad por otro arrendamiento de alcabala de viento, trescientos reales de vellón, en cada un año, y nada de lo demás que contiene la pregunta, pues aunque hay puesto de aguardiente, corre de cuenta de la Villa, y no rinde para satisfacer el año que le tienen repartido. (1) La alcabala fue un impuesto indirecto castellano que gravó todos los bienes muebles, inmuebles y semovientes que se vendían o permutaban. La alcabala del viento era aquella que pagaba el forastero por los géneros que traía para vender o cambiar. (2) Desde el siglo XVI la alcabala había ido dejando de ser cobrada directamente por la Corona, pasando su recaudación a los concejos por el sistema de “encabezamientos”: régimen de concierto por el que los concejos recaudaban un impuesto a cambio de pagar una cantidad a la hacienda pública. | |
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06-04-11 12:09 | #7462018 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "30. Si hay hospitales; de qué calidad; qué renta tienen y de qué se mantienen." A la pregunta treinta, dijeron hay un hospital con título del Santo Cristo del Consuelo para recoger pobres pasajeros y conducir los enfermos, al primer tránsito, cuya renta asciende a cuarenta y nueve reales y medio, que se pagan de ciento y cincuenta ducados de principal del censo. Que tiene otro hospicio y que no alcanza para reparos y otras conducciones; y lo que falta lo suple este concejo, por lo cual y su cortedad, no se toman cuentan ni tampoco tienen noticia de su fundación, por lo antigua de ella. | |
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06-04-11 12:10 | #7462025 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "31. Si hay algún cambista, mercader de por mayor, o quien beneficie su caudal, por mano de corredor u otra persona, con lucro e interés; y que utilidad se considera le puede resultar a cada uno al año." A la treinta y una, dijeron no hay cambista, mercader, ni nada de lo que la pregunta se refiere. | |
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06-04-11 12:12 | #7462042 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "32. Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas de oro, plata y seda, lienzos, especiería u otras mercaderías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros, etc. y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año." A la treinta y dos, dijeron que tampoco hay tenderos de paños, ropas de oro, plata, seda, ni lienzos, ni de otras mercaderías, a excepción de la Tendilla de especería que llevan declarada; y que sólo hay un médico, llamado Don Pedro Mayor, quien tiene de todas utilidades dos mil reales; Juan Díaz, cirujano y barbero, setecientos; Sebastián Pérez Conejero, otro barbero y sacristán, ochocientos; Martín de Molina, otro barbero, trescientos; y Bartolomé de Higueras, por el mismo oficio, cien reales; el escribano de cabildo, doscientos ducados; el del número (otro escribano), ciento; el administrador y estanquero, dos mil y doscientos reales; A Nicolás del Moral, sacristán, mil reales; a Juan Muñoz, sacristán menor, doscientos reales; y a Antonio Ruiz, maestro de organista, trescientos. Y que no hay nada más de lo que la pregunta expresa. Un maestro de niños, cien ducados, y un pregonero, 264 reales. Un ventero en “La Nueva”, con 20.200 reales, y el de la de Arquillos, con 550 reales. | |
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06-04-11 12:25 | #7462144 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "33. Qué ocupaciones de artes mecánicos hay en el pueblo, con distinción, como albañiles, canteros, albeytares(1) , herreros, sogueros, zapateros, sastres, perayres(2), tejedores, sombrereros, manguiteros(3),y guanteros, etc. explicando en cada oficio de los que hubiere el número que haya de maestros, oficiales y aprendices; y qué utilidad le puede resultar, trabajando meramente de su oficio, al día a cada uno." A la pregunta treinta y tres, dijeron sólo hay un herrador, un herrero, un zapatero, dos sastres y les regulan a cada uno de por sí, cuatrocientos por año en atención a que no se ocupan la mayor parte del año en sus oficios, y sí meramente trabajaran en ellos, ganaran: los sastres, a cuatro reales cada día; y el herrero, herrador y zapatero, a tres. No tienen aprendiz alguno, y no hay en este pueblo albañiles, canteros, sogueros y demás que la pregunta expresa. Excepto los citados seis horneros, que regulan a cada uno, un real por día; y al citado arrendador de alcabalas, que como va expresada en la pregunta veinte y nueve, le rinden con el año, de fiel medidor, trescientos reales de vellón por año. (1)Albéytares: Veterinarios. Personas que se hallaban legalmente autorizadas para ejercer la medicina en favor de los animales (2)Perayres: Fabricantes de paños. Trabajaban la lana. cardador de paños. Encargado de preparar la lana que ha de tejerse. (3)Manguiteros: Peleteros que hacían manguitos, mangas de cuero para defender los brazos, no sólo del frío, sino de las espigas y la paja, o la leña | |
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06-04-11 12:27 | #7462164 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "34. Si hay entre los artistas alguno, que teniendo caudal, haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio, o a otros, para vender a los demás, o hiciere algún otro comercio, o entrase en arrendamientos; explicar quiénes, y la utilidad que consideren le puede quedar al año a cada uno de los que hubiese." A la pregunta treinta y cuatro, dijeron no hay nada de lo que la pregunta expresa. | |
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06-04-11 12:28 | #7462173 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "35. qué número de jornaleros habrá en el pueblo, y a como se paga el jornal diario a cada uno." A la treinta y cinco, dijeron que en esta Villa, hay ciento y treinta jornaleros a corta diferencia; y se les satisface en cada un día de jornal al respecto, de tres reales de vellón, manteniendo de ellos esto solamente, por los que se ocupan | |
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06-04-11 12:28 | #7462180 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "36. Cuántos pobres de solemnidad habrá en la población." A la treinta y seis, dijeron hay en esta población treinta pobres de solemnidad. | |
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06-04-11 12:29 | #7462186 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "37. Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones que naveguen en la mar o ríos, su porte, o para pescar; cuántas, a quién pertenecen y que utilidad se considera de cada una a su dueño al año." A la pregunta treinta y siete, dijeron no hay nada de lo que la pregunta contiene. | |
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06-04-11 12:29 | #7462190 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "38. Cuántos clérigos hay en el pueblo." A la treinta y ocho, dijeron hay ocho sacerdotes en que se incluyen Prior, Cura y Beneficiado; y asimismo dos capellanes ordenados de menores. | |
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06-04-11 12:30 | #7462196 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "39. Si hay algunos Conventos, de qué Religiones y sexo y número de cada uno." A la treinta y nueva, dijeron no hay convento alguno ni cosa de lo que la pregunta expresa. | |
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06-04-11 12:38 | #7462261 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches "40. Si el Rey tiene en el término o pueblo alguna finca o renta que no corresponda a las generales ni a las provinciales que deben extinguirse; cuáles son, cómo se administran y cuánto producen." A la pregunta cuarenta, dijeron que en esta Villa y su término, no hay finca ni renta alguna, ni la tiene Su Majestad., no correspondiente a las generales ni provinciales, a excepción de las penas de cámara(1) ya citadas, que ascienden en cada un año a los cincuenta y cuatro reales de vellón, que queda mencionado. (1)La "Pena de Cámara" es la cantidad que se debía pagar en beneficio de las Arcas Reales. | |
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06-04-11 12:40 | #7462276 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Y habiendo preguntado dicho Sr. Subdelegado a los declarantes si hay marineros y milicianos matriculados, que estén en cuerpo reglado; dijeron que de los primeros no hay alguno; y que del Regimiento de milicias de este Reino, por la dotación de esta Villa, hay once soldados que sus nombres son, a saber: Santiago Gallego, Diego Martínez, Luis del Segura, Luis de Hervás, Francisco Serrano, Mateo Carrasco, Jo… Peniche, Miguel Salazar, Martín Alcázar, Diego Baena y Martín del Olmo. Respecto a estar mandado por la Real Junta se describan las utilidades de los esquilmos de los ganados … dicho Sr. Subdelegado preguntó a los testigos bajo el juramento que llevan hecho, declaren lo que puede graduarse por año a cada cabeza de vaca, cerda, cabra, oveja, yeguada; y a cada colmena; a lo que enterados, dijeron que a producente regulación, se puede considerar sesenta reales de vellón a cada yegua; treinta a una vaca …, once una cabeza de cerda, diez a una oveja, trece a la cabra (todas de vientre) y a siete a cada colmena. Todo lo cual, con lo demás que dejan declarado y dispuesto, dijeron ser la verdad en que se afirman y en caso necesario repiten de nuevo el contenido de esta declaración, bajo cargo del referido juramento. Y lo firmaron los que supieron; y los que no, un testigo. Declarando ser de edad el otro señor Miguel de Navarrete, de cuarenta y dos años; el Sr. Joseph de la Torre, de cuarenta; Miguel Bueno, cincuenta y ocho; Manuel Bueno, cincuenta y cuatro; Francisco de Hervás Galindo, de cincuenta y dos; Bartolomé de Cazorla, de setenta; Juan de la Herrera, de veinte y ocho; Luis de Hervás, de cincuenta y seis; Bartolomé de Hervás, de sesenta y dos; Alonso López el Mayor, de sesenta; Antonio Fernández Chacón, de cuarenta; Joseph de la Peña, de treinta y Ocho; Alonso Juan López, de cuarenta y dos; Bernardo de Uceda, de treinta y cinco; Alfonso Conejero de la Torre, de cuarenta y siete años. Contenidos y nominados todos en la cabeza de esta declaración, vecinos y capitulares de esta otra Villa, a excepción del mencionado Bernardo de Uceda, que concurre en calidad de agrimensor y Perito; y también firma el otro Sr. Subdelegado; de todo lo cual yo, el SS doy fe. Martín Lozano. Miguel de Navarrete Herrera. Joseph de la Torre. Manuel Bueno. Miguel Bueno. Antonio Fernández Chacón. Francisco de Hervás. Joseph Lapeña. Bartolomé de Hervás Toce. Alonso López. Juan de la Herrera y Navarrete. Bartolomé Cazorla Godino. Bernardo Uceda. Alonso Juan López. Luis de Hervás Cancel. Ante mí, Pedro Mosqueda de los Cobos. | |
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06-04-11 12:40 | #7462286 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Despacho Segundo. Don. Joseph Joaquín de Vereterra Valdés y Quiñones, señor de las Villas de San Esteban de la Sierra y los Pajares, Regidor perpetuo de la ciudad de León, Corregidor de esta de Jaén, Intendente y superintendente general de la Real Hacienda de ella y su provincia, por S. M. Serenísima Hago saber a la Justicia de la Villa de Vilches, como por resultas de la visita y reconocimiento que ha hecho en la contaduría principal de única contribución de esta ciudad el Sr. D. Juán González de la Riva, del Consejo de S.M. en el tribunal de la Contaduría Mayor, para el arreglo y uniformidad de los planes generales de Provincia, dejó mandado entre otras cosas, que los concejos, justicias y recogimientos de las ciudades, villas y lugares de este Reino, evacúen con los peritos que fueron nombrados en sus respectivas operaciones, los puntos siguientes: Que digan y declaren si los repartimientos de servicio ordinario … y utensilios con que se halla cargado el común de ese lugar, son excesivos al número y caudales de su vecindario, o si están arreglados con el estado presente de él. Digan y declaren la utilidad anual que se les puede regular a los ganados masculinos de todas especies, a excepción de los que sirven en las labores y arrierías, formando un prudente juicio de valor de cada cabeza; al tiempo de su saca y venta, y esta cantidad se repartirá entre los años que necesita para el estado de su venta, de modo que se les saque un punto fijo al año a cada cabeza de ganado masculino. Según sus especies. Digan y declaren sobre las tierras propias de los eclesiásticos, seculares o regulares que estuviesen arrendadas o puedan arrendarse a colonos o aparceros seglares, la parte que corresponda a sus dueños por su arrendamiento. Según sus calidades y especies, formando un prudente juicio a unas con otras para declarar si están al tercio o cuarto de su producción, bien sea renta a diezmo o en especie. Y para que tenga efecto la citada orden, aparte de S. M., exhorto y requiero a Ustedes, y en caso necesario, mando que luego que sean requeridos con este despacho, hagan comparecer a Alonso López el Mayor, Bartolomé de Hervás y Alonso de la Torre, fieles apreciadores y veedores de las posesiones del campo de esta Villa, que asistieron como peritos nombrados por ese concejo, las Diligencias de la Única Contribución, que en ella practicó Don Martín Lozano, Subdelegado del Sr. Marqués de Villaitre, Intendente que fue de esta provincia y ante el SS. del Cabildo u otro les reciban juramento que hagan en forma para que declaren al tenor de las preguntas de este despacho, preinsertas con la mayor claridad y distinción; y caso que los nominados peritos sean ausente o muertos, los nominaran Vds. Eligiendo los que sean de su mayor confianza, y para el mayor arreglo de otra declaración se tendrá presente el ejemplar adjunto, para que les sirva a Vds de gobierno. Todo lo cual lo ejecutarán dentro del tercero día y bajo de las penas establecidas por S.M., y esto así todo poniéndolo por cabeza de otras diligencias este despacho lo remitirán Vds a mi mano por convenir así al Real Servicio. Dado en Jaén a siete días del mes de noviembre de mil setecientos cincuenta y tres año. Don Joseph Joaquín de Vereterra y Valdés. Por manado de Su Señoría Diego Francisco de Retama. En la Villa de Vilches, en diez días del mes de noviembre de mil setecientos cincuenta y tres años, el Sr. Luis de Hervás Cancel, Alcalde Ordinario de esta otra Villa, por su … dijo que para cumplir con la orden antecedente, con que … se halla del Sr. D. Joseph Joaquín de la Vereterra y Valdés, Corregidor Intendente de esta provincia, se comparezcan a Alonso López el Mayor, Bartolomé de Hervás Torre y Alonso de la Torre, peritos que fueron nombrados para la operación de Única Contribución, que se hizo en esta Villa por el Sr. D. Martín Lozano, Juez Subdelegado del Sr. Marqués de Villaytre, Intendente que fue de esta provincia y esto que sea ante el presente SS, se le reciba juramento en forma al tenor de las preguntas que contiene la citada orden, la que se remita evacuada a otro Sr. Intendente, y así lo proveo y firmo. Luis de Hervás Cancel. Ante mí Pedro Mosquera de los Covos. En la Villa de Vilches, en el mismo día, mes y año, yo, el escribano hice saber la providencia antecedente a Alonso López, Bartolomé de Hervás y Alonso de la Torre, vecinos de esta Villa y contenidos en él, en sus personas, estando juntos doy fe. Mosquera. | |
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06-04-11 12:41 | #7462295 -> 7401187 |
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RE: El Catastro del Marqués de la Ensenada. Respuestas Generales de la Villa de Vilches Comparecencia y declaración de peritos. En la Villa de Vilches, en nueve días del mes de enero de mil setecientos cincuenta y cuatro años, ante el Señor Luis de Hervás Cancel, Alcalde Ordinario de esta otra Villa, estando en las “cavas” de este ayuntamiento, en compañía y asistencia de los señores Antonio Gil de Godoy, Francisco Ruiz López y Pedro Conejero, Regidores que para la diligencia que se va a practicar, otro señor Alcalde tenía prevenidos, se comparecieron a Alonso López el Mayor, Bartolomé de Hervás ¿”Torres”? y Alonso de la Torre, peritos nombrados para la práctica de las diligencias mandadas practicas en esta Villa por el Despacho antecedente del Sr. Intendente de esta provincia, de los cuales por ante mí el SS, otros Señores … Justicia y Recinto recibieron juramento que lo hicieron a Dios y a una Cruz, según ,,, del que ofrecieron decir verdad y siendo preguntados por el tenor de las particulares contenidas en otro despacho, dijeron los siguiente: 1º.- En cuanto al primero, dijeron saber y les consta que las contribuciones de que se cargan a esta Villa, por servicio ordinario y extraordinario, paja y utensilios, son excesivas en la tercera parte, por cuanto el repartimiento que se hace en la contaduría general es sobre el número de vecinos que había y constan en el Padrón que se hizo en el año pasado de mil setecientos diez y siete, y hoy se halla este vecindario en decadencia una tercera parte, por cuanto es notorio que desde otro tiempo hasta el presente, se han desolado mucho número de casas en el barrio alto y calle Mesones, por la falta de moradores. 2º.- Asimismo regulan y gradúan la utilidad anual a los ganados masculinos de todas especies, de los que sirven en la labor y herrería, según experiencia y a prudente juicio en la forma siguiente: Un toro considerados cinco años para su vaca y el precio de quinientos reales en su venta, tiene de utilidad anual, sin “baja de gastos” cien reales de vellón, correspondiendo lo mismo a un añojo, erales y utreros, machos y hembras. Un potro de cuatro años, que consideran para su saca, y valor quinientos reales, resulta por cada año de utilidad, ciento y veinte y cinco. Y lo mismo a las potrancas. A un jumento o pollina, consideran tres años para su venta y saca, y el valor regulan ciento y cincuenta reales, le corresponde cincuenta de utilidad anualmente. A un cerdo o cerda, le regulan tres años para su saca, y de valor sesenta reales, le corresponde veinte por año. A un carnero borrego, o borrega, se consideran tres años para la saca, y su precio veinte y cuatro reales a cada cabeza; por lo que corresponde ocho reales anualmente. Y a un macho de cabrío cegaja o cegajo, consideran dos años para su venta y a veinte y cuatro reales cada cabeza, le corresponde doce por otra utilidad anualmente. A un muleto o muleta, considerados cuatro años para su venta y precio de cuatrocientos reales, le corresponde ciento de utilidad anual. 3.- También declaran en cuanto al particular de las tierras de este término, cuya propiedad pertenece a eclesiásticos, seculares y regulares; que se traen en arrendamiento por colonos o aparceros seglares, aunque todos los arriendos no son de una naturaleza, por la diversidad de ser unos a dinero y otros a especie de granos y frutas. Sin embargo, por el conocimiento que tienen y por el mismo prudente juicio, en las tierras de otro término, a unas con otras, en sus calidades o especies, le regulan y tasan una cuarta parte de su producción para el pago del precio del arrendamiento a sus dueños eclesiásticos, y las tres cuartas partes de productos regulan a otros colonos y aparceros seglares, por su trabajo e industria. Todo lo cual declararon otros peritos ser la verdad, según su conocimiento y experiencia, so cargo del juramento que tiene hecho, y que son mayores de cuarenta años; y firmaron los que supieron con otros señores Concejo, Justicia y Regimiento, del que yo, el SS del ayuntamiento, doy fe. Luis de Hervás Carcel. Antonio Gil. Francisco Ruiz Bartolomé de Hervás. Pedro Conejero. Alonso López. Ante mí Pedro Mosquera de los Cobos. Jaén y junio, 21 de 1754. Llévese a la Contaduría General de Única Contribución para que se incorpore en la operación que corresponde. Verterra. Ante mí diego Francisco de Retama. Esta copia corresponde con las respuestas generales de la Villa de Vilches, que se componen de cincuenta y ocho hojas rubricadas por mí, el Contador Acompañado, que la corrigió. Estas copias de las respuestas generales de las villas de ..., …, Perogil, Lugar de Torrecampo, Villas de Torrequebradilla, Torres, Torre Don Ximeno, Valdepeñas, ciudad de Úbeda, villas de Villacarrillo, Villanueba del Arzobispo, lugar de Villanueva, de Andújar, villas de Los Villares y Vilches, que comprenden este tome Quinto, que va en ochocientas cincuenta y nueve hojas, y cada una rubricada por el Contrador General, o su Acompañado, que las corrigieron; y por ir con …. Sepración la copia de cada uno de los pueblos, y distinción de los folios, que les corresponde va rubricado su final con la expresión de ser copia sacada de los originales, y como tal damos la presente que ha de firmar el señor Don Joseph Joaquín de Vereterra y Valdés, señor de las villas de San Esteban de la Sierra y los Pajares. Intendente de esta Provincia, en Jaén a 30 de Agosto de 1754. Firman el documento: D. Joseph Joaquín de Vereterra y Valdés. ¿? de la Cruz Agustín Francisco de Soto ¡SE ACABÓ! ESPERO QUE OS SEA DE UTILIDAD. UN SALUDO, POR MI CUENTA | |
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