07-10-09 21:19 | #3464922 |
Por:No Registrado | |
La ley en caso de renuncia del Alcade/sa En el caso de renuncia al cargo de Alcalde y al de Concejal se debe cubrir el puesto de Concejal y elegirse nuevo Alcalde. La elección de nuevo Alcalde debe hacerse en diez días, desde que quede vacante el puesto. La elección será por ordén de puesto en la candidatura, en el caso de que el designado renuncie o no pueda presentarse, se pasará al siguiente de la lista. Espero que con esto quede concruida la polémica sobre este tema. | |
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Balance de las fiestas: Fracaso absoluto Por: No Registrado | 05-11-09 23:57 No Registrado | 2 |
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