Año y medio de carcel a los policias vascos del "Faisan", que gracia y mientras "el pajaro que dio las ordenes" disfrutando de la vida, que verguenza Condenados a un año y medio de prisión los policías por el chivatazo a ETA del bar 'Faisán' Inicio del juicio del denominado 'caso Faisán' El ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamiés (i), y el exinspector José María Ballesteros (d), acusados de colaborar con ETA por desvelar en 2006 una operación contra la banda terrorista, al inicio del juicio del denominado 'caso Faisán'. La Audiencia Nacional los condena por revelación de secretos. Pero les absuelve de colaboración con organización terrorista. Los condenados son el ex jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamies, y el inspector jefe José María Ballesteros. Ambos recurrirán al Tribunal Supremo su condena. No serán expulsados del cuerpo hasta que el Supremo confirme la sentencia. Las claves del caso 'Faisán'. La Audiencia Nacional ha condenado al ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al inspector jefe José María Ballesteros a un año y medio de prisión y cuatro años de inhabilitación por revelación de secretos por el chivatazo a ETA en el bar Faisán que frustró una operación. La sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia les absuelve del delito de colaboración con organización terrorista al entender que el chivatazo no fue una "acción directa de los acusados para favorecer una actuación puntual" de la banda, sino que la intención era no "entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA". Su acción causó un grave daño a la causa públicaLos magistrados recuerdan que en el presente caso no hubo "una voluntad de realizar la conducta típica prevista para el delito de colaboración con banda terrorista, que es la de favorecer la actividad de la organización, cualquiera que sea el móvil". Sin embargo, el tribunal estima que que tratándose de una acción de los acusados realizada en el ámbito de la lucha antiterrorista contra el aparato de extorsión de ETA, su acción causó "un grave daño a la causa pública, independientemente de que dicho aparato de extorsión de ETA fuera detenido el 22 de junio de 2006". Se mantendrán en el cuerpo, de momento Los dos condenados ya han comunicado que recurrirán al Tribunal Supremo su condena. Y hasta que este órgano no se pronuncie, ninguno de los dos policías serán expulsados del cuerpo. Estas fuentes se remiten a la ley orgánica de Régimen Disciplinario de la Policía (4/2010), según la cual la condena e inhabilitación supone la expulsión inmediata el cuerpo. No obstante, insisten estas fuentes en que es necesario que el supremo confirme la sentencia. Las fuente consultadas recuerdan que al ser una condena menor de dos años y no tener antecedentes penales no requerirá su ingreso e prisión pero los cuatro años de inhabilitación sí significa la expulsión de la Policía. Durante esos cuatro años pierden la posibilidad de ejercer cargo de funcionario público y una vez transcurrido ese tiempo no podrían regresar a su puesto anterior sino que se les abriría la posibilidad, si así lo desean, de volver a optar a ingresar en el Cuerpo por los procedimientos habituales. |