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Jamilena - Jaen

Poblacion:
España > Jaen > Jamilena
07-06-12 20:48 #10154272
Por:Lapataelcaballo

Hay gente de este pueblo que se ve descriminada por este Ayuntamiento.
Hay gente con cargas familiares que no los llaman para trabajar en este ayuntamiento, incluso habiéndolos votado a ellos,parece ser que que se olvidan de algunos ciudadanos de este pueblo.

Pues estos también están en la lista del paro de este pueblo,espero que discriminen a nadie son hijos de Jamilena.
Puntos:
07-06-12 21:15 #10154375 -> 10154272
Por:verguenza

RE: Hay gente de este pueblo que se ve descriminada por este Ayuntamiento.
cohones que reivindicativos estamos, habido gente que no ha dado un jornal en Jamilena en los ultimos 16 años y se han callado y en un año ya queremos que salga todo jamilena a trabajar, ademas el ayuntamiento no esta sacando a nadie sino el PER,pq no pediais antes por los que no salian a pq vosotros si saliais ahhh claro, pq no exigiais antes que se pagara en cuanto se acaba la temporada como ahora se hace, ya esta bien de tanta tonteria hombre ya!!!
Puntos:
08-06-12 09:17 #10155616 -> 10154375
Por:Lapataelcaballo

RE: Hay gente de este pueblo que se ve descriminada por este Ayuntamiento.
Todo parado de este pueblo debe tener los mismos derechos,por que tambien pagan sus impuestos en este pueblo y pertenecen a este pueblo,tambien digo que la corporacion municipal saliente hacia lo mismo, solo a los suyos pero hay gente que parece que no es de nadie pero tambien votan en este pueblo.
Puntos:
08-06-12 09:18 #10155618 -> 10155616
Por:Lapataelcaballo

RE: Hay gente de este pueblo que se ve descriminada por este Ayuntamiento.
ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE JAMILENA (JAÉN)

Aprobado el régimen de Retribuciones, indemnizaciones y asistencias a los miembros de la Corporación.

Edicto

Don Crispín Colmenero Martos, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Jamilena (Jaén),
Hace saber:
Que por acuerdo Plenario de fecha 10 de Octubre de 2.011, se ha aprobado el régimen de Retribuciones, indemnizaciones y asistencias a los miembros de la Corporación, procediéndose a su publicación conforme determina el art. 75 de la Ley 7/1.985 de 2 de Abril, en los términos siguientes:
ÓRGANOS DE GOBIERNO:
- Alcalde - Presidente: 2.600,00 euros brutos mensuales pagaderos en catorce meses. Dedicación exclusiva y alta en Seguridad Social.
- 1.º Teniente - Alcalde: 1.326,00 euros brutos mensuales pagaderos en catorce meses. Dedicación exclusiva y alta en Seguridad Social.
- Tesorero/a: 307,00 euros brutos mensuales pagaderos en catorce meses. Dedicación parcial mínima de 10 horas mensuales y alta en Seguridad Social.
- Concejal de Urbanismo - Compras: 615,00 euros brutos pagaderos en catorce meses. Dedicación parcial mínima de 10 horas mensuales y alta en Seguridad Social.
- Resto Concejales Delegados: 400,00 euros brutos mensuales pagaderos en catorce meses. Dedicación parcial mínima de 5 horas mensuales y alta en Seguridad Social.
- Sustituciones: Las sustituciones por miembros corporativos del desempeño del cargo de Alcalde-Presidente por causa de su ausencia, enfermedad o vacaciones en periodos superiores a 15 días, percibirán una retribución consistente en la diferencia de sueldo bruto entre su cargo y el correspondiente al de la Alcaldía-Presidencia a la que sustituyen.
- Subida: Las presentes retribuciones de miembros de la Corporación Municipal experimentarán una subida anual coincidente con la establecida para los funcionarios y personal laboral en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.


GRUPOS POLÍTICOS:
- Asignación Fija: 500,00 euros/año.
- Asignación Variable: 50,00 euros netos mensuales por cada Concejal/a que integre el Grupo.
- Asistencias a Sesiones Plenarias y Comisiones de Cuentas: Los miembros de la Corporación Municipal que no tenga dedicación exclusiva o dedicación parcial, percibirán 50,00 euros brutos por cada asistencia a Sesión Plenaria o Comisión de Cuentas.
Dichas retribuciones, asignaciones y asistencias experimentarán una subida anual coincidente con lo establecido para los funcionarios y personal laboral en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio. Asimismo las presentes Retribuciones, Asistencias y Asignaciones a Grupos Políticos Municipales surtirán efectos económicos desde el día 11 de Junio de 2011, fecha de toma de posesión de la.
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