PAGO CON SOLARES La Disposición Adicional Segunda de los Estatutos de Autonomía de Andalucia de 1980 y 2007 recogen literalmente: “Dadas las circunstancias socioeconómicas de Andalucía, que impiden la prestación de un nivel mínimo en alguno o algunos de los servicios efectivamente transferidos, los Presupuestos Generales del Estado consignarán, con especificación de su destino y como fuentes excepcionales de financiación, unas asignaciones complementarias para garantizar la consecución de dicho nivel mínimo”. El Parlamento de Andalucía valoró la deuda del Estado con Andalucia en 1.748 millones de euros. Izquierda Unida hizo una valoración de 3.000 millones de euros. El Gobierno Andaluz acabó concretando la deuda en 1.204 millones de euros, de los que aún restan por cobrar 784´4 millones de euros. Tras todos estos años, ninguna fuerza política, ningún dirigente planteó, hasta hoy con el Gobierno del Sr. Griñán, percibir este derecho histórico en solares, máxime cuando se habla de unas asignaciones presupuestarias dirigidas fundamentalmente a educación, sanidad y vivienda. El pago en solares, por tanto: desprecia la deuda, es un negocio para España, una estafa para Andalucía, una nueva sumisión y traición en materia de Deuda Histórica, sobre la que Andalucía tendrá que gastar recursos para poner en valor dinerario unos solares sobre los que desconocemos su valor, máxime en un momento de depreciación del suelo. Por todo ello, nuestro Grupo Municipal ha propuesto en el Ayuntamiento los siguientes acuerdos: 1º. Expresar el rechazo al acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Financieros Estado-Andalucía, al aceptar el pago en solares de la “Deuda Histórica con Andalucía”. 2º. Instar al Gobierno Andaluz a anular la decisión adoptada por sus representantes en el seno de la Comisión Mixta. 3º. Instar al Gobierno andaluz y al Parlamento de Andalucía a interponer Recurso de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en relación con lo establecido en la Disposición Adicional 47 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, por ser contrario a lo expresado en la Disposición Adicional Segunda del Estatuto de Autonomía de Andalucía. 4º. Instar al Gobierno andaluz (en el supuesto de no producirse la ejecutividad de los puntos 1, 2 y 3) a exigir del Gobierno de España la compensación de intereses y costes sobrevenidos como consecuencia de convertir en dinerarios el Patrimonio transferido. Exigir al mismo tiempo la compensación económica oportuna por los déficit de servicios ocasionados por la tardanza de más de 29 años en la liquidación de la Deuda. 5º. Informar a los ciudadanos y ciudadanas del incumplimiento estatutario, de la depreciación de la Deuda Histórica al aceptar esta fórmula de pago, así como de los costes económicos para Andalucía que tal acuerdo va a suponer. 6º. Exigir al gobierno andaluz que la Deuda Histórica se distribuya en la mejora de los servicios de educación, sanidad y vivienda de todas las provincias en función de las necesidades reales que tengan estos servicios, contribuyendo con ello a la convergencia en materia de servicios fundamentales de las provincias andaluzas. 7º. Dar traslado de los acuerdos anteriores al Parlamento de Andalucía, a los grupos parlamentarios y al Gobierno andaluz.
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