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España > Huelva > Palos de la Frontera
02-02-13 16:14 #11025349
Por:VQP

si es que esta costumbre viene de lejos.
//youtu.be/cJnXMYy3Q2E

Exclamar Chulillo Exclamar
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09-02-13 16:14 #11055330 -> 11025349
Por:libre1

RE: si es que esta costumbre viene de lejos.
EL PP DURO Y PURO, SU MINISTRA Y SUS METODOS A LO BARCENAS.
Empleo niega que las gratificaciones sean exclusivas del personal próximo a Báñez.El pasado año percibieron gratificaciones por servicios extraordinarios el 84,67% de la plantilla del Ministerio de Empleo y Seguridad Social

EUROPA PRESS Madrid 09/02/2013

Báñez considera que el PP sería "bastante chapucero" si llevara una contabilidad como la destapada

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha negado que las gratificaciones por servicios extraordinarios repartidas en 2012 se hayan concentrado entre "personal muy próximo a la ministra" Fátima Báñez, como sostiene la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA). Durante el pasado año percibieron gratificaciones por servicios extraordinarios el 84,67% de la plantilla del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, según explicaron fuentes de este Ministerio a Europa Press.

Además, la mayoría de los funcionarios de mayor nivel (29 y 30) que han percibido el pasado año gratificaciones, ya la percibían el año 2011, "con lo cual es rotundamente falso" que se haya concentrado entre personal cercano a la ministra como sostiene ICV, que ha pedido explicaciones al Ministerio de Empleo en el Congreso sobre las "gratificaciones" que, según denuncian los sindicatos CC.OO. y UGT, se habrían concedido el pasado mes de diciembre a altos cargos y asesores de los Servicios Centrales del departamento que dirige Fátima Báñez.

Empleo resalta que es práctica habitual en todos los Ministerios El Ministerio de Empleo ha explicado que la gratificación por servicios extraordinarios es un concepto específico previsto en el artículo 23.3.d de la Ley 30/84, diferente de las pagas extraordinarias, que retribuye servicios realizados fuera de la jornada normal y que puede percibirlo todo tipo de personal funcionario.

Sin embargo, no pueden ser perceptores de gratificaciones extraordinarias los altos cargos. Respecto del personal laboral, la realización de servicios extraordinarios se retribuye a través del concepto de horas extraordinarias. Empleo resalta que es práctica habitual en todos los Ministerios y que lo pagos están sujetos a los mismos controles que las demás retribuciones, sometiéndose al trámite de fiscalización por parte de la Intervención General del Estado.

Por último indica que en el Ministerio de Empleo se ha reducido el gasto en esta partida en un 5,17% entre 2011 y 2012 y se sitúa en el nivel más bajo desde 2006.

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