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Escacena del Campo - Huelva

Poblacion:
España > Huelva > Escacena del Campo
07-06-11 11:10 #8077566
Por:victor975

PRESUNTOS
El artículo 413 del Código Penal que está dentro del capítulo referido
a la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de
secretos.

Este precepto señala que: la autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón
de su cargo incurrirá en la pena de prisión de uno a cuatro años.

Además, también se le castigará con: inhabilitación especial para
empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años.
Puntos:
07-06-11 11:18 #8077625 -> 8077566
Por:San Robin

RE: PRESUNTOS
Sr. Victor975,

¿Que quiere decir con esto?... ¿se estan sustrayendo, ocultando o destruyendo documentos por parte del PSOE en Escacena?...

¿Hay alguien vigilando el Ayuntamiento?

Un saludo.
Puntos:
07-06-11 11:47 #8077849 -> 8077625
Por:victor975

RE: PRESUNTOS
No saque los pies del tiesto,puede resbalar y darse un fuerte golpe.

Me limito a exponer textualmente lo que dice el Art. 413 Código Penal, por si alguno/a desconocía las consecuencias de "PRESUNTA CONDUCTA DELICTIVA"
Puntos:
07-06-11 11:50 #8077878 -> 8077849
Por:San Robin

RE: PRESUNTOS
Yo no saco ningun pie del tiesto, me limito apreguntar porque todo el mundo sabemos que ocultar y destruir cualquier tipo de documentación de un ayuntamiento está penado.

Si tiene algo más que decir vaya a la Guardia Civil y lo denuncia.
Puntos:
08-06-11 16:33 #8097193 -> 8077566
Por:chu30

RE: PRESUNTOS
Artículo 405.

A la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, se le castigará con las penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Puntos:
08-06-11 16:41 #8097268 -> 8097193
Por:chu30

RE: PRESUNTOS
Aqui teneis la definicion de apropiación indebida segun el derecho penal
El Código Penal de 1995 la describe en el artículo 252 incluido dentro del capítulo de las defraudaciones, castigando con pena idéntica a la de la estafa, es decir prisión de seis meses a cuatro años, a «los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que haya recibido en depósito, comisión o administración, o por cualquier otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de la apropiación exceda de cincuenta mil pesetas. Dicha pena se impondrá en su mitad superior en el caso de depósito necesario o miserable».Problemas especiales se producen respecto de las cantidades retenidas para el pago de la cuota obrera de la Seguridad Social o del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, considerando la jurisprudencia histórica del Tribunal Supremo que existe tal delito siempre que se haya llegado efectivamente a poseer dichas cantidades, o respecto del contrato de «leasing», pues hasta el total pago de las cantidades adeudadas a la empresa de crédito no se trasmite la propiedad y se es tan solo poseedor. Existe también problema respecto de la apropiación omisiva pues la jurisprudencia entiende que basta con desatender el requerimiento de devolución, con una conducta negativa, sin atender a si efectivamente se ha producido apropiación de la cosa depositada, lo que es criticado por la doctrina que exige una ilegítima atribución del dominio. DONDE ESTA LOS DIRENO QUE SE PERDIERON HACE YA BASTANTE TIEMPO O YA DE ESO NO NOS ACORDAMOS SOLO LO QUE PASA AORA
Puntos:
08-06-11 21:32 #8099819 -> 8097268
Por:victor975

RE: PRESUNTOS
Sr. chu30 "Articulo 405"

No hay nada como perder el pesebre prometido, para estudiar la manera de burlar las Leyes y echarle la culpa a todos menos a su amiga Eva y Cía.

¿Eso es lo que ha practicado la Alcaldesa en funciones durante CUATRO AÑOS?

¿Donde lech se invirtieron 729.000 €? Eso que se sepa a lo mejor cuando
se levanten algunas alfombras puede que el incremento sea sorprendente, siempre y cuando no hayan desaparecido o destruido "papeles personales".

Sobre el dinero, que según vd., se perdió hace bastante tiempo le puedo dar alguna pista por si lo considera oportuno reclamarlo: PSOE
Puntos:
10-06-11 14:52 #8121792 -> 8099819
Por:chu30

RE: PRESUNTOS
si usted cree que se a destruido algun documento que la implique en algo fraudulento por que no lo denucias señor victor habla usted muy suelto por que no hablo usted de lo año que goberno el señor eulogio que dejo al oueblo en una ruina total por favor habra usted los ojo y ve mas para ya de lo que quiera ver no dijo que eva lo halla echo de 10 pero mejor que el señor eulogio seguro el PSOE no cogio nada de dinero segun usted solo el señor eulogio vale
Puntos:
10-06-11 16:00 #8122297 -> 8121792
Por:victor975

RE: PRESUNTOS
Tiempo hay para presentar denuncia.

Los "presuntos" delitos no prescriben ni hoy, ni mañana, ni pasado.
Puntos:

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