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Escacena del Campo - Huelva

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España > Huelva > Escacena del Campo
19-12-10 13:19 #6732267
Por:jose manuel castro

RECORTES Y ALARGE DE LA EDAD DE JUBILACION PARA LOS TRABAJADORES MIENTRAS DIPUTADOS Y SENADORES BLINDAN SUS PENSIONES
Actualmente, cualquier trabajador tiene que cotizar un mínimo de 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Con los actuales 15 años, se tiene derecho a cobrar tan solo el 50% de la pensión correspondiente. A partir de ahí, se aumenta un 3% por cada anualidad hasta los 25 años de cotización, que correspondería el 80% de la prestación. Desde los 25 años hasta los 35 de cotización, el porcentaje se incrementa en un 2% cada año.
Pero para cobrar el 100% de la pensión no es suficiente haber cotizado 35 años, sino que hay que tener 65 años cumplidos. Hay que recordar que la edad legal de jubilación —pues no existe una edad obligatoria— es los 65 años y que cualquier persona se puede jubilar anticipadamente a partir de los 61 años, pero con unos coeficientes reductores de entre el 6,5 y el 8% por cada año que falte para cumplir los 65. Por el otro extremo, se puede seguir trabajando hasta los 70 años, con una bonificación anual del 2%.
Recortes de más del 5%
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá un recorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar solo el 50% de la pension, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006.
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