04-09-08 00:21 | #1139502 |
Por:No Registrado | |
Una mas del párroco Aunque ya esta bastante extendida la noticia por los pueblos, es mi deber publicar esto aquí para que aun se siga sabiendo que clase de "cura" tenemos aquí. Tras haberme citado para casarme el sábado día 13 a las 21 horas, porque "antes no podía" por tenía una boda, me dijo que costaría la voluntad.Lo volvi a llamar y hablando del tema me dijo que ya eran 150 euros!!! e incluso estuvimos hablando para hacer un simulacro antes, de lo que seria la ceremonia para que quedara mejor. Al finalizar la llamada, no conforme con el excesivo precio decidí llamar al obispado e informarme. Hablando con Don Baldomero, el vicario, me dijo que una misa de acción de gracias por 25 años de casados estaba estipulado en Andalucía por 10 euros!!!.Al finalizar la llamada, llame de nuevo a nuestro párroco y le explique lo de los 10 euros, entonces me dijo que si que valía 10 euros ese tipo de misa, pero que el ya no me casaba!!!, alegando tener cosas mas importantes que hacer ese dia!!!. después de haber hecho y entregado las invitaciones con el lugar y la hora en la que quedamos, me dijo en mi cara que no había concertado cita alguna conmigo.¿ustedes creen que yo haría las invitaciones con hora a las 21 de la noche, si no tengo el cura siquiera para casarme? ¿Quien es el mentiroso? | |
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04-09-08 10:10 | #1140139 -> 1139502 |
Por:No Registrado | |
RE: Una mas del párroco El tabernero y el cura son de la misma opinión: cuantos más bautizos haya, más din ero p´al cajón. Son así de sinvergüenzas la mayoría (que no todos) | |
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04-09-08 15:14 | #1141263 -> 1140139 |
Por:__Ana__ ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Una mas del párroco Por si te puede servir he encontrado algo en internet relativo a las tasas parroquiales. Pertenece a la Diócesis de Canarias, pero entre los fimantes aparece el obispo de Huelva. CERTIFICADOS Y DOCUMENTOS: TASAS DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS "TASAS DE LA CURIA DIOCESANA Y DE LAS PARROQUIAS" El mantenimiento y el funcionamiento de los diversos servicios de la Curia diocesana y de las oficinas parroquiales suponen un capítulo importante de los presupuestos de las diócesis y de las parroquias. Es justo ordenar el funcionamiento de estos servicios, de modo que ellos mismos se financien en lo posible. Uno de los modos con que financiar el mantenimiento de estos servicios proviene de las tasas, que son cantidades que se perciben con ocasión de determinados servicios administrativos. El canon 1264,1 del Código de Derecho Canónico encomienda a los Obispos de la Provincia Eclesiástica "determinar las tasas que se han de pagar por los actos de potestad ejecutiva graciosa o por la ejecución de los rescriptos de la Sede Apostólica". En el mismo canon se dispone que tales tasas han de ser aprobadas por la Santa Sede. Por Rescripto de la Sagrada Congregación para el Clero (nº.95000743), de fecha 15 de Marzo de 1995, se concede a la Provincia Eclesiástica de Sevilla "la facultad de que dichas tasas puedan ser actualizadas cada tres años en reunión de la Provincia, conforme al IPC". Las vigentes tasas fueron aprobadas el día 5 de Noviembre de 2001. Transcurrido un período de tiempo prudente, por el presente, DECRETAMOS para las diócesis de nuestra Provincia Eclesiástica las TASAS DE LAS CURIAS DIOCESANAS Y DE LAS PARROQUIAS que figuran en el Anexo que forma parte del presente Decreto. Entrarán en vigor el día 1 de Abril de 2006. Dado en Sevilla a 27 de Febrero de 2006. Carlos Amigo Vallejo, Cardenal Arzobispo de Sevilla Ignacio Noguer Carmona, Obispo de Huelva Antonio Ceballos Atienza, Obispo de Cádiz y Ceuta Juan José Asenjo Pelegrina, Obispo de Córdoba Francisco Cases Andreu, Obispo de Canarias Juan del Río Martín, Obispo de Asidonia-Jerez Bernardo Álvarez Afonso, Obispo de Tenerife Antonio Hiraldo Velasco, Pbro. Secretario de la Provincia Eclesiástica ANEXO A. TASAS DE LA CURIA DIOCESANA 1. ASOCIACIONES Y FUNDACIONES: 1.1 Erección canónica de una asociación . . . . . . . . 70 E 1.2 Instrucción del expediente de elecciones . . . . . . . . . 35 E 1.3 Credencial suplicatoria de una asociación . . . . . . . . . 77 E 1.4 Aprobación o reforma de los estatutos ............. 100 E 1.5 Expediente para inscripción de una asociación o fundación en el Registro de Entidades Religiosas . . . . . . . 150 E 1.6 Instrucción del expediente de constitución de una agrupación parroquial ...................................................60 E 1.7 Instrucción del expediente de resolución de impugnaciones ................................................................... 150 E 1.8 Otras resoluciones o licencias .....................................................10 E 2. SACRAMENTOS 2.1 Aprobación de expedientes matrimoniales (entero, medio, de o para otra diócesis) . . . 15 E 2.2 Decreto de libertad o soltería . . . . 11 E 2.3 Atestados de uno o ambos contrayentes . . 16 E 2.4 Escritura de poder para contraer matrimonio. . . . . 22 E 2.5 Licencia según el canon 1.071 CIC . . . . . ..... 11 E 2.6 Licencia de matrimonio mixto . . . . . . ..... 11 E 2.7 Dispensa de impedimentos matrimoniales . . . . ..... 22 E 2.8 Dispensa de una o ambas amonestaciones . . . . ..... 11 E 2.9 Licencias de expedientes matrimoniales especiales (muerte presunta, vagos, extranjeros, por poder...) . . . 33 E 2.10 Convalidación de matrimonio . . 18 E 2.11 Cualquier providencia no incluida en apartados anteriores . . . . . . 7 E 3. CULTO 3.1 Instrucción del expediente de coronación canónica ...... 200 E 3.2 Licencia para establecer oratorio ..................................... 35 E 3.3 Aprobación de documentos referentes a cementerios ........ 25 E 4. ASUNTOS ADMINISTRATIVOS 4.1 Visados, legalizaciones y certificaciones ................................. 7 E 4.2 Examen y aprobación de cuentas no parroquiales ..................... 7 E 4.3 Certificación para obtener el NIF ............................................. 15 E 4.4 Censura de un libro sin interés comercial (cada 50 pag.) ......... 7 E 4.5 Censura de un libro con interés comercial (cada 50 pág.) .........20 E 4.6 Expediente de enajenación, permuta, etc. de bienes eclesiásticos, por cada 6.000 euros .......... 35 E 4.7 Expedientes de redención de censos ............................................. 180 E 4.8 Expedientes de matriculación de bienes inmuebles ............................................................. 150 E 4.9 Certificaciones exención de IVA y de IBI . . . . . . 3,5,% de la exención 5. ARCHIVO 5.1 Búsqueda de expediente o documento - Fijando año . . . . . 12 E - Sin fijar año A juicio del Archivero 5.2 Autorización para entable de partida . . . . .. . . 7 E 5.3 Enmiendas de partidas (adopción, legitimación cambio de apellidos) . . . . . . . 7 E B. TASAS PARROQUIALES 1. ASUNTOS MATRIMONIALES 1.1 Anuencia para hacer expediente matrimonial en otra parroquia . . . . . . . . . . . 12 E 1.2 Expediente para celebrar matrimonio en la misma Parroquia: - Expediente matrimonial . . . . 24 E - Medio expediente . . . . . 12 E 1.3 Expediente para celebrar matrimonio en otra Parroquia: - Expediente matrimonial . . . . 36 E. - Medio expediente . . . . 18 E. 1.4 Licencia para celebrar matrimonio en iglesia no parroquial de la feligresía . 40 E 2. ASUNTOS ADMINISTRATIVOS 2.1 Volante, nota o informe . . . . . 5 E 2.2 Extracto de partida . . . . . 7 E 2.3 Certificación literal de partida . . . 15 E 2.4 Partida literal anterior a 1925 . . . . 20 E (Publicado en el Boletín Oficial de la Diócesis de Canarias, año 2006 nº 1 (Enero-febrero) Año CLI, páginas: 48-51). | |
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