28-04-12 21:49 | #9987719 -> 9987113 |
Por:Meco barato ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ambicion recaudatoria Lo de la casta política parasitaria no tiene nombre. Bueno si, son una panda de sinvergüenzas que se están cargando el bienestar de los españoles a marchas forzadas. ¿Multar a los que se llevan, porque eso no es robar, comida que va a ser tirada porque no tiene dinero para comer? Son crueles. Y ya puestos la multa podría ser de 3.000 euros ... como tantas multas desproporcionadas de tráfico, municipales, etc que están para robar, eso si que es robar, a la gente que ya paga demasiados impuestos en este país de m__rda. Hay que empezar a rebelarse contra todos los políticos de izquierda o derecha, que en España son lo mismo porque cobtan del presupuesto, y dejar de pagar impuestos como el IBI, el de vehículos municipal, IRPF, etc hasta que sean rebajados a como estaban en 2002, la llegada del euro maldito, y hasta que sean eliminados los privilegios de la clase política tanto nacional como regional y local (lo del mangoneo en los ayuntamientos cuesta decenas de miles de millones de euros), así como de esa banca maldita que manda en España y que está en estrecha relación con los políticos. Viva la revolución contra el sistema y viva la III República (con la actual bandera pero sin el escudo borbón). Saludos | |
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28-04-12 23:18 | #9988029 -> 9987719 |
Por:MALAMUTEN ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ambicion recaudatoria y sastamente quien seria el robado? El basurero? El vertedero? El ayto? No lo entiendo | |
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29-04-12 01:18 | #9988411 -> 9988029 |
Por:ABRAZAFAROLASS ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ambicion recaudatoria De verdad pensais que han sancionado a alguien por eso? Supongo que sera una ordenanza del paleolitico, y estos politiquillos que han representado y represnta a los ciudadanos, todavia no le ha dado tiempo en actualizar en profundidad, las ordenanzas municipales. | |
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29-04-12 01:26 | #9988424 -> 9988411 |
Por:colchonera 2 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ambicion recaudatoria Esto es de octubre del año pasado, que lo lleven a la practica no lo se. Esto también es fuerte: Hungría criminaliza a los "sin techo" con penas de hasta seis meses de cárcel si reinciden. | |
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29-04-12 01:41 | #9988447 -> 9988424 |
Por:MALAMUTEN ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ambicion recaudatoria madre mia, tratar como a un criminal a alguien que no tiene 4 paredes y un techo donde pasar la noche, me parece de lo mas absurdo, hasta para un politico. Hacia donde camina esta sociedad? | |
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29-04-12 09:33 | #9988654 -> 9988411 |
Por:anais333 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ambicion recaudatoria "Ley de Vagos y Maleantes", nacida en 1933 dentro del Código Penal español. Esta primera legislación se dirigía textualmente a "los vagos habituales, los rufianes y proxenetas, los mendigos profesionales, los ebrios y toxicómanos habituales, los que exploten juegos prohibidos, los extranjeros que quebrantaren una orden de expulsión nacional" y en general a todo aquel que no justificara una vida de ley y orden, al entender de aquella época. Las penas iban desde el ingreso en un establecimiento "de régimen de trabajo" - lo que se entendía como trabajos forzados- o "de custodia", o el "aislamiento curativo en casas de templanza". En este último caso la ley era terrorífica, añadiendo "por tiempo absolutamente indeterminado". Tras la guerra civil, el franquismo continuó aplicando el mismo texto legal hasta 1954, en que modificó el Artículo 2 para añadir a los "homosexuales, rufianes y proxenetas" y aquellos que "inciten a delitos de terrorismo o atraco y hagan públicamente apología de los mismos". Esta ley fue derogada en 1970, pasando el tratamiento de la mendicidad a estar regulado por la Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social. Sólo la constancia de uno de los colectivos afectados, el de los homosexuales, logró que la legislaciónb fueran completamente derogada ya bien entrada la democracia, en 1995. Extracto: Artículo 2º: Podrán ser declarados en estado peligroso y sometidos de la presente Ley: Primero. Los vagos habituales. Segundo. Los rufianes y proxenetas. Tercero. Los que no justifiquen, cuando legítimamente fueren requeridos para ello por las autoridades y sus agentes, la posesión o procedencia del dinero o efectos que se hallaren en su poder o que hubieren entregado a otros para su inversión o custodia. Cuarto. Los mendigos profesionales y los que vivan de la mendicidad ajena o exploten a menores de edad, a enfermos mentales o a lisiados. Quinto. Los que exploten juegos prohibidos o cooperen con los explotadores a sabiendas de esta actividad ilícita, en cualquier forma. Sexto. Los ebrios y toxicómanos habituales. Séptimo. Los que para su consumo inmediato suministren vino o bebidas espirituosas a menores de catorce años en lugares y establecimientos públicos o en instituciones de educación e instrucción y los que de cualquier manera promuevan o favorezcan la embriaguez habitual. Octavo. Los que ocultaren su verdadero nombre, disimularen su personalidad o falsificaren su domicilio mediante requerimiento legítimo hecho por las autoridades o sus agentes, y los que usaren o tuvieren documentos de identidad falsos u ocultasen los propios. Noveno. Los extranjeros que quebrantaren una orden de expulsión del territorio nacional. Décimo. Los que observen conducta reveladora de inclinación al delito, manifestada: por el trato asiduo con delincuentes y maleantes; por la frecuentación de los lugares donde éstos se reúnen habitualmente; por su concurrencia habitual a casas de juegos prohibidos, y por la comisión reiterada y frecuente de contravenciones penales. _________________ ¡Qué Dios nos de fuerza para encontrar lo justo, voluntad para cumplirlo y poder para defenderlo! Artículo sexto.-Número segundo.- A los homosexuales, rufianes y proxenetas, a los mendigos profesionales y a los que vivan de la mendicidad ajena, exploten menores de edad, enfermos o lisiados, se les aplicarán para que las cumplan todas sucesivamente, las medidas siguientes: a) Internado en un establecimiento de trabajo o colonia agrícola. Los homosexuales sometidos a esta medida de seguridad deberán ser internados en instituciones especiales y, en todo caso, con absoluta separación de los demás. b) Prohibición de residir en determinado lugar o territorio y obligación de declarar su domicilio. c) Sumisión a la vigilancia de los delegados. ESTO NO HACE TAMTO QUE SE LLEVABA ACABO,FUE COMPLETAMENTE DEROGADA EN 1995. | |
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29-04-12 20:35 | #9990547 -> 9988654 |
Por:Chachiqueno ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ambicion recaudatoria Pues al ritmo que llevamos me temo que se implantara en breve,y de ahi a la ley de fugas un pasito. La Ley de fugas es un tipo de ejecución extrajudicial que consiste en simular la fuga de un detenido, especialmente cuando es conducido de un punto a otro, para poder así suprimir la fuerza que lo custodia y encubrir el asesinato del preso tras el precepto legal que permite hacer fuego sobre el fugitivo que no obedece al "alto" conminatorio de los guardias. Con "leyes" así la "justicia" no estaría tan saturada. | |
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29-04-12 21:05 | #9990692 -> 9990547 |
Por:anais333 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Ambicion recaudatoria Volvemos a los aÑos 30 Esta generacion al paso que vamos va a vivir como en la epoca de nuestros abuelos o bisabuelos. En tres meses se han cargado lo que ha costado conseguir en 30 aÑos. | |
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