15-07-12 11:53 | #10314182 -> 10314110 |
Por:MALAMUTEN ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber Pues me pasare a saludar con la mano | |
Puntos: |
15-07-12 11:53 | #10314184 -> 10314110 |
Por:depaso1983 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber Pues a ver, evidentemente si graba o visiona fuera de su casa no es legal sin pedir permiso, ahora bien si enchufa dentro de su parcela pues no necesita ningún permiso, guiarse solo por la inclinación de la camara no vale, ya que depende mucho de como este regulado el zoom la zona que queda"vigilada" si crees que enfoca a la vía pública lo mas lógico es que primero lo hables directamente con ella. Saludos | |
Puntos: |
15-07-12 12:28 | #10314309 -> 10314184 |
Por:MALAMUTEN ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber Tu puede grabar y hacer fotos a todo el que este en la via publica, otra cosa es que publiques algo de eso en el que aparezcan menores o no tenga validez en un juicio. Totalmente deacuerdo en eso de la inclinacion, no tiene porque ser significativo, pero por si acaso me peinare al pasar por delante, jajajaja | |
Puntos: |
15-07-12 12:35 | #10314339 -> 10314309 |
Por:depaso1983 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber venga vestiros todos de domingo bien arrepeinaos y nos paseamos por su puerta jajaja | |
Puntos: |
15-07-12 13:02 | #10314434 -> 10314339 |
Por:taloswe ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber ¿Y de donde has sacao tu eso malamuten?-. Yo al contrario que tu he leido esto: La captación de imágenes en la vía pública con fines de seguridad se regula por la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en lugares públicos, y se encuentra reservada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Sin embargo, en determinadas ocasiones la instalación de un sistema de videovigilancia privada puede captar parcialmente imágenes de la vía pública. Estos casos deben ser una excepción y respetar la proporcionalidad en el tratamiento. En primer lugar, no deberá existir una posibilidad de instalación alternativa. Por otra parte, las videocámaras deberán orientarse de modo tal que su objeto de vigilancia principal sea el entorno privado y la captación de imágenes de la vía pública sea la mínima imprescindible. Por ejemplo, puede darse que la grabación de la entrada de un garaje capte imágenes de personas que pasen exactamente por delante del mismo pero nunca el conjunto de la calle o de la acera ni, por supuesto los edificios contiguos. | |
Puntos: |
15-07-12 13:46 | #10314552 -> 10314434 |
Por:taloswe ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber Multa por enfocar con una camara a la via publica: https://nternetlegal.es/sanciones/camara-de-centro-comercial-enfocando-via-publica/gmx-niv46-con515.htm | |
Puntos: |
15-07-12 13:59 | #10314596 -> 10314552 |
Por:MALAMUTEN ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber y esto que pones ahora tyrata de una empresa, la cual tiene obligacion de tener sistema de proteccion de datos, a lo que se incluye a las grabaciones, pero no a los particulares. | |
Puntos: |
15-07-12 13:55 | #10314578 -> 10314434 |
Por:MALAMUTEN ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber Esa ley de la que hablas regula la utilizacion por parte de la fuerzas de seguridad del estado de videocamaras para vigilancia, pero no el uso particular de ningun tipo de camaras. Mirate el BOE-A-1997-17574 Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos. Publicado en: Boletín Oficial del Estado, núm. 186 de 5 de agosto de 1997, páginas 23824 a 23828 (5 págs.) Sección: I. Disposiciones generales Departamento: Jefatura del Estado Otra cosa a tener en cuenta tambien es que sea de grabacion permanente, solo graben cuando se lo indique algun tipo de sensor, que ni siquiera graben o incluso que sean de atrezo, usease disuasorias o de pega. Estamos en lo de siempre, para poder acusar hay que tener todos los datos, si no podemos caer en un error mas o menos grave. | |
Puntos: |
15-07-12 14:10 | #10314637 -> 10314578 |
Por:taloswe ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Se haca saber ¿POR QUÉ SE LE APLICA LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS A LOS SISTEMAS DE VIDEOVIGILANCIA? Siempre que la imagen de una persona permita su reconocimiento, esta es considerada dato de carácter personal y por este motivo, su captación y tratamiento viene sujeta la LOPD. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR VIDEOVIGILANCIA? Debemos entender por videovigilancia aquella actividad que consiste en la instalación de cámaras susceptibles de captar imágenes de personas con una finalidad de seguridad. ¿ES SIEMPRE LEGÍTIMO EL USO DE CÁMARAS COMO SISTEMA DE SEGURIDAD? NO. El uso de un sistema de seguridad que lleva aparejado un potencial tan intrusivo para la intimidad sólo debe acordarse tras haber descartado otros métodos de seguridad tradicionales y siempre que sea la única forma razonable de conseguir el objetivo de prevención. Es decir, no deben instalarse cámaras si es posible cubrir la concreta necesidad de seguridad mediante el uso de otros métodos. ¿ES LEGAL EL USO DE CÁMARAS "DISCRETAS"? No es legal el uso de cámaras ocultas. El Responsable de la cámara debe de informar por medio de un cartel y mediante impresos a disposición de los interesados, de la existencia de la grabación y de su finalidad, del nombre o razón social del propio responsable de la grabación así como de la posible existencia de otros destinatarios de las imágenes . También informará de los derechos que asisten a todo afectado a ejercer el acceso, rectificación, cancelación y oposición. ¿CUÁNTO TIEMPO COMO MÁXIMO PUEDE EL RESPONSABLE GUARDAR LA GRABACIÓN? Un mes como máximo. ¿PUEDE UN CIUDADANO PEDIR QUE SEA BORRADA SU IMAGEN? Sí. Deberemos dotarnos de medidas de seguridad que garanticen la seguridad de las imágenes y la posibilidad de responder a las peticiones de los afectados. Estás medidas deberán estar recogidas en un documento de seguridad cuya llevanza es igualmente obligatoria. ¿PUEDEN INSTALARSE CÁMARAS QUE GRABEN LA VÍA PÚBLICA? Los particulares o las empresas privadas no pueden instalar cámaras que obtengan imágenes procedentes de la vía pública ello a no ser que sea de modo absolutamente incidental dentro de un proceso de grabación legítimo y siempre que no pueda evitarse. ¿DEBE NOTIFICARSE A ALGUIEN LA EXISTENCIA DEL SISTEMA DE GRABACIÓN? Si. Las empresas instaladoras de sistemas de seguridad privada se encargan de cursar la preceptiva notificación a la policía. No obstante, el responsable de la grabación deberá notificar a la Agencia Española De Protección de Datos su disposición a crear un fichero de imágenes con una finalidad de videovigilancia con carácter previo al inicio de la grabación. https://excam.es/index.php?sec=Blog&ap=blog_visualizar&id_blog=2 | |
Puntos: |
Tema (Autor) | Ultimo Mensaje | Resp | |
Hay alguna forma humana de saber por adelantado cuanto se nos va a cobrar este año de IBI?? Por: nyremix | 28-05-13 10:51 danigu | 7 |
![]() | ![]() | ![]() |