30-05-12 22:35 | #10123947 -> 10104170 |
Por:No Registrado | |
RE: Publicado en BOP Boletín Oficial de la Provincia de Granada Num. 103 Numero 4.338 AYUNTAMIENTO DE VALOR (Granada) ALCALDIA Revisión de oficio de acuerdo de pleno sobre concesión de licencia urbanística EDICTO HACE SABER: Dª María Teresa Cobo Peralta, Dª MaríaEugenia Cobo Reinoso y D. Antonio Reinoso Cobo, se ha solicitado en este Ayuntamiento la revisión de oficio de la Licencia de Obras, concedida por Acuerdo de Pleno, de fecha 1 de septiembre de 2010 (Exp. 76/10), por la que se autorizaba la actuación de construcción de 1 vivienda unifamiliar, en Barrio de la Iglesia, nº 1, de Nechite (Válor).Aprobado inicialmente por Acuerdo de Pleno de fecha 14 de mayo de 2012, el expediente de Revisión de oficio 18/12, de la Licencia Urbanística de obra mayor concedida a D. Daniel Manrique Carrasco, en representación de Casas del Bancal, S.L. Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, abriéndose un plazo de 20 días a contar desde la publicación de este anuncio en el BOP, para que toda persona que lo desee pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones o sugerencias que estime oportunas, estando la documentación a su disposición en la Secretaría de este Ayuntamiento en los días hábiles. Válor, 15 de mayo de 2012.- La Alcaldesa, fdo.: María Asunción Martínez Fernández. Numero 4.339 AYUNTAMIENTO DE VALOR (Granada) ALCALDIA Delegación de firma de la Alcaldesa en los certificados de empadronamiento EDICTO HACE SABER: Que con fecha 9 de mayo de 2012 ha dictado decreto, cuyo tenor literal es el siguiente: Debido a la necesidad de agilizar los procedimientos administrativos, así como evitar esperas innecesarias por parte de los ciudadanos de Válor, que además, dificultan el desenvolvimiento de la vida administrativa municipal. Considerando que el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que los titulares de los órganos administrativos podrán en materia de sus propias competencias delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos y unidades administrativas que de ellos dependan. Considerando que la delegación de firmas no altera la competencia del órgano delegante. En uso de las atribuciones que me confiere la Legislación vigente y en concreto el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. RESUELVO: Primero: Omitir la firma de la Alcaldesa para los certificados de empadronamiento, expedidos informáticamente, por considerar suficientes los controles automáticos de expedición que incluye la aplicación informática. Segundo: En lugar de firma de la Alcaldesa, en los certificados de Empadronamiento expedidos informativamente, se hará constar lo siguiente: “Y para que conste, y a los efectos que se indica, expido la presente certificación con el VºBº de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, según resolución al efecto del mismo estimando suficientes los controles automáticos de expedición. VºBº. Según resolución del 09/05/2012 | |
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30-06-12 17:55 | #10255537 -> 10123947 |
Por:No Registrado | |
RE: Publicado en BOP B.O.P. número 124 -Granada, viernes, 29 de junio de 2012 - Página 46 AYUNTAMIENTO DE VALOR (Granada) Aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio 2012 EDICTO Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de junio de 2012, el Presupuesto General de la Entidad Local para 2012, se anuncia que el mismo junto con la documentación complementaria, estará de manifiesto al público en la Intervención municipal por espacio de 15 días hábiles siguientes a la publicación de este edicto en el BOP de Granada (si el último día del plazo fuera sábado, se prorroga al siguiente día hábil). Durante el mencionado plazo podrán los interesados presentar reclamaciones y alegaciones ante el Pleno de la Corporación. Si al término del período de exposición no se hubieran presentado reclamaciones se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo. Lo que se hace público de conformidad con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Válor, 21 de junio de 2012.- La Alcaldesa, | |
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