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Mota del Cuervo - Cuenca

Poblacion:
España > Cuenca > Mota del Cuervo
18-11-09 18:27 #3891371
Por:No Registrado
Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
Tienen buena pinta por lo que se ve de momento.
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18-11-09 20:24 #3893183 -> 3891371
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
he mirado en la página de la junta de comunidades y no hay procesos abiertos ni ningún proyecto de viviendas de protección oficial en Mota.
¿podrías explicarme donde están? y por supuesto serán subvencionadas y no de p. oficial no??
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19-11-09 19:04 #3903640 -> 3893183
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
Estan junto a Metalpnel y si son subvencionadas y de protecion oficial si quieres te pasas por la obra y las ves
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19-11-09 20:10 #3904538 -> 3903640
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
no es lo mismo una cosa que la otra..pero bueno da igual.. y con quién tendría que hablar??
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19-11-09 20:36 #3904894 -> 3904538
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
En pricipio con el encargado de la obra y el las enseña y expone contacto con el promotor
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19-11-09 21:38 #3905768 -> 3904894
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
son del pueblo??? o sería llegar allí y preguntar por el encargado?
por preguntar por precio y eso, pq por fuera tienen buena pinta.
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19-11-09 21:41 #3905822 -> 3905768
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
Hay que llegar alli y preguntar por el encargado yo las he visto por dentro y no estan mal
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20-11-09 11:06 #3909875 -> 3905822
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
La protección oficial sí es un tipo de subvención pero sujeto a unas normas de no vender en un plazo determinado, realquilar, etc., pero realmente una subvención es una ayuda económica para las personas que tienen dificultades con sus ingresos para pagar hipoteca o préstamos. Suelen ser de peor calidad que las de precio tasado o mercado libre, pero es una vivienda al fin y al cabo.REQUISITOS GENERALES
Para acceder a las ayudas será necesario cumplir, en cualquier caso, las siguientes condiciones:

* Las actuaciones para las que se solicita ayuda deben ser calificadas y/o declaradas como protegidas por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda.
* Destinar las viviendas objeto de dichas actuaciones a residencia habitual y permanente de sus destinatarios (este requisito no será exigible en las actuaciones de rehabilitación en zona rural cuando el destinatario solicite sólo dicho tipo de ayuda).
* No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección pública en cualquier lugar del territorio nacional, ni sobre una vivienda libre ubicada en la misma o distinta localidad en la que se sitúa la vivienda objeto de la actuación protegida, salvo que el valor de dicha vivienda libre, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, no exceda del 40% del precio máximo total de venta de la vivienda objeto de la actuación protegida, o del 60% en el caso de familias numerosas y cuando se trate de personas mayores de 65 años, personas con discapacidad o víctimas de la violencia de género o del terrorismo (estos requisitos no serán exigibles en las actuaciones de rehabilitación en zona rural cuando el destinatario solicite sólo dicho tipo de ayuda).
* Los precios de las viviendas no excederán de los máximos de venta, adjudicación o renta.
* Han de cumplirse las condiciones de superficie máxima específicas para cada tipología. Con carácter general, ésta se sitúa en 90 metros cuadrados útiles, ampliable a 108 metros cuadrados en caso de personas con discapacidad y 120 metros cuadrados en el caso de familias numerosas.
* No han de superarse los ingresos máximos corregidos establecidos para cada tipo de ayuda.

Para adquirentes son los siguientes:

* 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para la obtención de préstamo convenido.
* 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para la obtención de la subsidiación en el préstamo convenido, y para poder ser beneficiario del sistema específico para los compradores que accedan por primera vez a la vivienda en propiedad, mediante la Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE)
* 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para la obtención de ayudas económicas en forma de subvenciones.

En el caso de arrendatarios, los ingresos máximos corregidos han de ser como máximo 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para la obtención de subvención al inquilino.


* No haber obtenido previamente ayudas financieras para adquisición de vivienda ya sea en forma de préstamo, subsidiación o subvenciones al amparo de Planes estatales o autonómicos de vivienda, durante los 10 años anteriores a la solicitud de ayudas. No será preciso cumplir esta condición cuando la nueva solicitud de ayuda se deba a la adquisición o rehabilitación de una vivienda, para destinarla a residencia habitual y permanente en otra localidad, como consecuencia del cambio de residencia del titular; o cuando se trate de una familia numerosa que acceda a una vivienda mayor que la que poseía; o cuando se acceda a una vivienda adaptada a las condiciones de discapacidad sobrevenida de algún miembro de la unidad familiar; y cuando la ayuda financiera consista en subvención a inquilinos. En cualquier caso, será necesaria la previa cancelación del préstamo cualificado o convenido anteriormente obtenido y la devolución de las ayudas económicas directas obtenidas, actualizadas con los intereses legales.
* La solicitud de ayudas financieras a la vivienda implicará la autorización para que la Delegación Provincial de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda pueda solicitar la información de carácter económico o tributario que fuera legalmente pertinente.
* En el supuesto de cesión de viviendas para alquiler y en las actuaciones de apoyo económico a los inquilinos, la oferta y el contrato de alquiler tendrán que hacer sido realizados a través de las Oficinas Provinciales de Vivienda.
* Es necesario la obtención previa del Préstamo Convenido para acceder a las ayudas financieras públicas para la compra de viviendas con protección pública de régimen especial para venta, de viviendas de protección oficial de precio general, protección oficial de precio concertado y para la compra de viviendas usadas.


La concesión de las ayudas incumpliendo alguno de estos requisitos conllevará:

* La revocación de las subvenciones concedidas.
* La pérdida de la condición de préstamo convenido.
* La devolución de las cantidades percibidas, incrementadas con los intereses de demora correspondientes desde la fecha de su percepción.
* La imposición de las sanciones administrativas correspondientes
* La comunicación, en su caso, al Ministerio Fiscal cuando se estime que los hechos son constitutivos de ilícito penal.




DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

* Modelo de solicitud de calificación, declaración o ayuda cumplimentado, que será facilitado por la Delegación Provincial.
* Acreditación de la personalidad del solicitante mediante fotocopia del DNI
* El adquirente, adjudicatario o promotor individual para uso propio, arrendador y arrendatario deberá de adjuntar a la solicitud, copia del libro de familia a efectos de determinar los ingresos corregidos de la unidad familiar.
* Certificado de empadronamiento.
* Declaraciones juradas de los miembros del núcleo familiar de no ser propietarios o usufructuarios de vivienda.
* Compromiso de destino, ocupación y de no transmisión de la vivienda bajo ningún título.
* Autorización expresa a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para solicitar ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los datos necesarios para la determinación de los ingresos de la unidad familiar.
* Autorización expresa a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para poder recabar los datos que pudieran ser necesarios de otros organismos públicos a los efectos de la concesión de las ayudas solicitadas.



Además de esta documentación básica, para cada línea de ayuda existen particularidades. Pueden ser consultadas en el Artículo 121 del Decreto 38/2006, de 11 de abril, por el que se regula en el ámbito de Castilla-La Mancha el Plan Estatal de Vivienda 2005-2008 y se desarrolla el IV Plan Regional de Vivienda y Suelo, horizonte 2010.

[volver]



OFICINAS DE VIVIENDA

Las Oficinas de Vivienda se ubican en cada capital de provincia de Castilla-La Mancha, así como en las localidades de Alcázar de San Juan, Puertollano y Talavera de la Reina.

Las direcciones de éstas se muestran a continuación:

* ALBACETE: C/ del Ejército, 25
* CIUDAD REAL: C/ Caballeros, 16
* CUENCA: Plaza de Romero, 2
* GUADALAJARA: Avd. del Ejercito, 8. 1ª planta
* TOLEDO: C/ Salto del Caballo, 3. Planta baja, oficina 1
* ALCÁZAR DE SAN JUAN: C/ Doctor Bonardell, 9
* TALAVERA: C/ Corredera del Cristo, 41
* PUERTOLLANO: C/ La Encina, 36.





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20-11-09 19:32 #3914899 -> 3905822
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
Todo esto esta muy bien pero a mi me lo gestiona todo el promotor, yo no me preocupo de andar para arriba y para abajo.
Puntos:
20-11-09 19:35 #3914950 -> 3905822
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
Sí, si también me parece estupendo, pero aún así hay que estar bien informados, las cosas cuando se dejan en manos de terceros pues algunas veces te dan sorpresas. Es mi opinión.
Puntos:
21-11-09 18:42 #3922892 -> 3905822
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
Gracias por tu opinion pero los sellos de la junta no son falsos y en cuanto a las calidades de la vivienda es mejor ver para saber y hablar por que tiene unas calidades de primera
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23-11-09 00:44 #3933697 -> 3905822
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
Si tu lo dices..... qué convencimiento. Eso es bueno por lo menos eres de los afortunados que piensan así.
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23-11-09 18:53 #3939834 -> 3905822
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
Pues no entro en si las casas son buenas o no y si son de protección oficial o subvencionadas, pero este hilo del foro me parece aunténtica publicidad del promotor para tratar de venderlas. Igual que otros que también hay aquí colgados.

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23-11-09 19:10 #3940057 -> 3905822
Por:No Registrado
RE: Casas de proteccion oficial de Mota del Cuervo
desde luego publicidad aqui poca porque tampoco hay gtanto publico aunque algo es algo.
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