A pagar en la revisión A PAGAR EN LA REVISIÓN Andalucía estrena las sanciones por pasar la ITV fuera de plazo Lunes, 28. Julio 2014 - 18:53 Además de los 200 euros de la multa mínima de tráfico impone un recargo del 12%. El propietario del vehículo que pasa la ITV fuera de plazo se arriesga a ser multado por la guardia civil, las policías autonómicas o locales con una multa que oscila entre un mínimo de 200 euros y un máximo de 500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción según recoge la Ley de Seguridad Vial, además de poder tener problemas con su seguro. Pero, ahora la Junta de Andalucía va a más y los vehículos que pasen la ITV con más de un mes desde la fecha que le corresponden tendrá que pagar un 12% más en la tarifa de la ITV, según se recoge en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 135 de 14 de julio de 2014 y que entra en vigor el próximo 2 de agosto. Además, en contra de lo prometido en febrero, las tarifas de ITV en Andalucía suben en vez de baja. Los turismos de 1.600 centímetros cúbicos o más, salvo los eléctricos o híbridos y los adaptados para la conducción por personas de movilidad reducida o para el transporte de éstas, se incrementan. Pasa de los 25,32 euros de la propuesta inicial a 29,12 euros (a estos hay que sumar las tarifas de medición de emisiones que no han sufrido variación alguna). En este supuesto, sumando la tarifa por medición de ruidos y el IVA, así como aplicando la reducción por inspección en plazo, la tarifa para estos turismos se incrementa entre un 1,9% y un 0,4% según sean vehículos de gasolina o diésel, respectivamente. En el caso de las motocicletas de más de 125 centímetros cúbicos, vehículos de dos o tres ruedas, cuatriciclos o quads que no sean eléctricos o híbridos, pasa de los 12,56 euros reflejados en el proyecto de orden a los 14,44 euros. En los vehículos de transporte de mercancías hasta 3.500 kilogramos, salvo los camiones y furgonetas de las clasificaciones 20XX y 24XX, los eléctricos o híbridos así como las furgonetas adaptadas para la conducción por personas de movilidad reducida o para el transporte de éstas, sube de 28,09 a 32,30 euros. En todos los casos, sin las tasas e impuestos. |