Disposición final de la Constitución española del año 1978 DISPOSICIÓN FINAL. Esta Constitución entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España. Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Cosntitución como norma fundamental del Estado. Palacio de las Cortes, a 27 de diciembre de 1978. - Juan Carlos - |