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España > Cordoba > Montemayor
01-06-11 15:10 #8026350
Por:pampano

Los tornillos de los saltos de la dolce vita
EN los saltos o guardas tumbados que hay en miguel hernandez sobre salen los tornillos que las sujetan al suelo . es un clavo perfecto para destrozar ruedas, rajarlas y o reventarlas,
esta averia se arregla con una simple llave inglesa
Puntos:
01-06-11 15:34 #8026525 -> 8026350
Por:verbatim1

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
pero para arreglar estas averias y otras como los vaches del escurrion, deberian los responsables o encargados para ello estas mas pendientes y preocupados del pueblo y sus ciudadanos, esperemos que se forme la nueva corporacion municipal y funcione todo mejor
Puntos:
02-06-11 17:06 #8035890 -> 8026525
Por:Gil-Paez

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
Por favor, a quien corresponda, que lo arregle. Alguien debe haber en el foro que lo lea y pueda hacerlo. Gracias
Puntos:
04-06-11 14:13 #8058120 -> 8035890
Por:asinsonlascosas

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
Lo que el ayuntamiento deve de hacer es ponerse al dia con la ley de los badenes, que es una vergüenza el resalto de la peña ciclista, que al dia de hoy siga siendo ilegal. Ademas para el que tenga dudas aqui dejo un link con el boe. https://ww.boe.es/boe/dias/2008/10/29/pdfs/A42795-42801.pdf
Puntos:
04-06-11 14:30 #8058213 -> 8058120
Por:Greaa

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
El de la peña ciclista es brutal
Puntos:
04-06-11 19:32 #8059828 -> 8058213
Por:elpaseo

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
esa ley es para los badenes en carreteras nacionales no para las calles de los pueblos.
Puntos:
04-06-11 23:23 #8061255 -> 8059828
Por:joselech

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
sea como sea a mi me parece excesivo, muchísimos coches rozan la parte de alante cuando lo bajas.
Puntos:
05-06-11 11:41 #8062802 -> 8061255
Por:verbatim1

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
esta ley regula todos los badenes del territorio nacional
de hecho en muchos pueblos ya los han modificado, y en otros la señal que los indican esta en amarillo indicando que esta en obras para su reforma, que es lo que tienen que hacer aqui y quitar esos monticulos tan exagerados que tenemos y ponerlos segun la normativa
Puntos:
05-06-11 11:59 #8062893 -> 8061255
Por:Greaa

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
Como bien comenta verbatim la reglas es para todo el territorio nacional, no sólo carreteras, además ya hace unos años de esto:

https://ww.elmundo.es/elmundomotor/2008/10/30/usuarios/1225361643.html



La Orden del Ministerio de Fomento es de 2008 y la fecha para la aplicación en los ayuntamientos 31 de octubre de 2010.

A ver cuando le toca a esa bestialidad, no lo llamaría baden parece más una rampa de salto.
Puntos:
05-06-11 13:17 #8063355 -> 8061255
Por:elpaseo

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
a ver si nos enteramos de lo que pone la ley:
Esta orden ha sido sometida al trámite establecido en
el Real Decreto 1337/1999, de 21 de julio, por el que se
regula la remisión de información en materia de normas
y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos a la
Sociedad de la Información, y en la Directiva 98/34/CE, de
22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE, de 20 de
julio, ambas del Parlamento Europeo y del Consejo.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los
artículos 29 y 40 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras,
y en la Disposición final única del Reglamento
General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994,
de 2 de septiembre, modificado por Real Decreto 597/1999,
de 16 de abril, dispongo:
Primero. Aprobación de la «Instrucción Técnica para
la Instalación de reductores de velocidad y bandas transversales
en carreteras de la Red de Carreteras del
Estado».–Se aprueba la «Instrucción Técnica para la Instalación
de reductores de velocidad y bandas transversales
de alerta en carreteras de la Red de Carreteras del Estado»,
que se inserta a continuación.
Segundo. Ámbito de aplicación.–La Instrucción que
aprueba esta Orden será de aplicación a los proyectos de
carreteras que formen parte de la Red de Carreteras del
Estado.
Puntos:
05-06-11 13:19 #8063365 -> 8061255
Por:elpaseo

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
red de carreteras del estado. ni ayuntamientos ni carreteras de diputacion ni carreteras autonomicas.
las calles son de los ayuntamientos y no tienen nada que ver con esta ley.
Puntos:
05-06-11 13:23 #8063394 -> 8061255
Por:elpaseo

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
si los que quieran correr por las calles respetaran los limites de velociad no habria estos saltos.
por culpa de unos pocos pagamos todos
Puntos:
05-06-11 13:52 #8063562 -> 8061255
Por:verbatim1

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
El Ministerio atiende la petición de AEA sobre los “guardias dormidos”

Desde mañana cientos de Ayuntamientos pueden ser sancionados por no adaptar
los reductores de velocidad a la nueva normativa de Fomento
Madrid, 29 octubre. (AEAPress).- Mañana entra en vigor la nueva normativa sobre instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta ( más conocidos como “guardias dormidos”), que ha sido aprobada recientemente por el Ministerio de Fomento, según informa la organización de defensa de los conductores AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA).

Hasta ahora no existía una legislación especifica, a nivel nacional, que regulara este tipo de elementos. Por esa razón cientos de ayuntamientos los habían instalado a su libre albedrío, convirtiéndose, muchos de ellos, en verdaderos obstáculos, muy peligrosos para los automovilistas.



Desde hace más de siete años, AEA ha venido reclamando a Fomento la elaboración de esta normativa para acabar con la situación de “alegalidad” que existía en nuestro país, respecto de la instalación de reductores de velocidad cada vez más frecuentes en nuestras calles y carreteras, muchos de ellos incompatibles con la seguridad de los conductores y de los vehículos.

Cientos de ayuntamientos podrían ser sancionados

Por esa razón, AEA ha valorado muy positivamente la medida recién aprobada por el Ministerio de Fomento que, sin duda, supone un importante avance en la seguridad vial, sin embargo ha advertido que “cientos de ayuntamientos podrían ser sancionados a partir de mañana si no adaptan urgentemente los reductores de velocidad actualmente instalados a la nueva legislación”.
Puntos:
05-06-11 15:03 #8063858 -> 8061255
Por:elpaseo

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
para los que siguen sin enterarse:
Esta orden ha sido sometida al trámite establecido en
el Real Decreto 1337/1999, de 21 de julio, por el que se
regula la remisión de información en materia de normas
y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos a la
Sociedad de la Información, y en la Directiva 98/34/CE, de
22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE, de 20 de
julio, ambas del Parlamento Europeo y del Consejo.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los
artículos 29 y 40 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras,
y en la Disposición final única del Reglamento
General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994,
de 2 de septiembre, modificado por Real Decreto 597/1999,
de 16 de abril, dispongo:
Primero. Aprobación de la «Instrucción Técnica para
la Instalación de reductores de velocidad y bandas transversales
en carreteras de la Red de Carreteras del
Estado».–Se aprueba la «Instrucción Técnica para la Instalación
de reductores de velocidad y bandas transversales
de alerta en carreteras de la Red de Carreteras del Estado»,
que se inserta a continuación.
Segundo. Ámbito de aplicación.–La Instrucción que
aprueba esta Orden será de aplicación a los proyectos de
carreteras que formen parte de la Red de Carreteras del
Estado.
Disposición transitoria única. Aplicación a proyectos y
obras.
1. Los proyectos que a la entrada en vigor de esta
orden estuviesen en fase de redacción, de aprobación o
aprobados, y sin orden de contratación, deberán adaptarse
a la nueva normativa antes de su ejecución.
2. En el plazo máximo de dos años desde la entrada
en vigor de esta instrucción todos los dispositivos existentes
en la Red de Carreteras del Estado relacionados
con el contenido de la Instrucción que se aprueba por esta
orden deberán ser adaptados a lo dispuesto en ella.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el
artículo 149.1.24.ª de la Constitución, que atribuye al
Estado competencia sobre las obras públicas de interés
general.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 23 de septiembre de 2008.–La Ministra de
Fomento, Magdalena Álvarez Arza.
ANEJO
Instrucción Técnica para la instalación de reductores de
velocidad y bandas transversales de alerta en carreteras
de la Red de Carreteras del Estado
1. Objeto.–El objeto de esta norma es el establecimiento
de los criterios básicos que deben ser considerados
en el proyecto y la ejecución e instalación de «reductores
de velocidad» (RDV) y «bandas transversales de
alerta» (BTA).
En general se consideran dos tipos diferenciados de
dispositivos: aquellos en los que la finalidad es mantener
una velocidad reducida de circulación a lo largo de ciertos
tramos, y aquellos en los que la finalidad es la advertencia
a los usuarios de la necesidad de realizar alguna acción
preventiva (por ejemplo: reducir la velocidad).
42796 Miércoles 29 octubre 2008 BOE núm. 261
El primer grupo lo componen los «reductores de velocidad
» (cuyas ventajas destacadas son el mantenimiento
efectivo de la velocidad en valores reducidos y la identificación
y protección de los pasos de peatones), y el
segundo las bandas transversales de alerta.
2. Ámbito de aplicación.–Esta norma básica será de
aplicación en todos aquellos puntos de la Red de Carreteras
del Estado donde sea necesaria la instalación de
«reductores de velocidad (RDV)» y «bandas transversales
de alerta (BTA)».
3. Reductores de velocidad.
3.1 Definición.–Son dispositivos colocados sobre la
superficie de rodadura, cuya finalidad es la de mantener
unas velocidades de circulación reducidas a lo largo de
ciertos tramos de vía.
Su efectividad reside en el hecho de crear una aceleración
vertical en los vehículos al atravesar los dispositivos,
que transmite incomodidad a los conductores y ocupantes
cuando se circula a velocidades superiores a las establecidas.
Los Reductores de Velocidad (RDV), más comúnmente
utilizados, se clasifican, atendiendo a su geometría, en los
siguientes tipos:
Reductores de Velocidad de sección transversal trapezoidal
(paso peatonal sobreelevado). Estos dispositivos
cumplen la función de pasos peatonales, situándose su
rasante a un nivel ligeramente superior al del firme. A
efectos legales le son de aplicación las disposiciones
vigentes relativas tanto a pasos de peatones como a
reductores de velocidad.
Reductores de Velocidad de lomo de asno. Son dispositivos
de sección transversal de segmento circular.
Atendiendo a su ejecución, se pueden diferenciar los
siguientes:
Ejecutados totalmente in situ.
Prefabricados.
3.2 Criterios de implantación.
3.2.1 Ubicación.–Los Reductores de Velocidad contemplados
en esta Instrucción tienen como misión mantener
una velocidad que ya debería haberse visto reducida
con otras medidas (por ejemplo: señalización,
glorietas, etc.), normalmente dispuestas al principio de la
travesía o tramo.
La distancia entre Reductores de Velocidad consecutivos
deberá estar comprendida entre 50 y 200 m, si bien se
procurará que no supere los 150 m.
3.2.2 Limitaciones.–No podrán instalarse Reductores
de Velocidad salvo justificación técnica en los siguientes
casos:
En los tramos de la red que no tengan consideración
de travesía. A estos efectos, podrán considerarse como
travesías aquellos tramos cuyo régimen de circulación,
tráfico y usos sean similares al de éstas (por ejemplo,
proximidades de rotondas en entornos periurbanos de las
carreteras denominadas «vía parque», rondas urbanas,
penetraciones urbanas, etc.), y su velocidad sea inferior
a 50 km/h.
En los primeros 50 metros del comienzo de la travesía,
cuando no exista «puerta de entrada» (sección en la que
se garantiza una velocidad moderada).
En travesías cuya longitud sea inferior a 200 m.
En puntos donde la V85 supere los 60 km/h.
En los puentes o túneles u otras obras de fábrica singulares,
y en los 25 m anteriores o posteriores.
En los tramos de travesías con pendiente superior al
5 por ciento.
En los tramos de travesías en que existan más de 2
carriles de circulación, salvo que exista mediana no franqueable
de separación de sentidos.
En tramos de travesías con IMD superior a 5.000 vh,
o una intensidad horaria punta superior a 300 vh.
En tramos de travesía con una IMD de vehículos
pesados superior a 300 vh.
En las proximidades de las intersecciones no se colocarán
Reductores de Velocidad del tipo «lomo de asno»
para evitar que los peatones puedan confundirlos con
pasos peatonales. En este caso sólo pueden ser utilizados
los Reductores de Velocidad de tipo trapezoidal,
siempre que existan pasos de peatones.
3.3 Criterios de diseño.
3.3.1 Materiales de construcción.–La calidad de los
materiales empleados en la construcción deberá garantizar
su estabilidad, unión a la calzada, indeformabilidad y
durabilidad.
Para los Reductores de Velocidad fabricados in situ
se consideran materiales adecuados el hormigón, cuya
textura superficial estará comprendida entre 0,6-0,9
según NLT-335, ó, materiales de componente asfáltico. El
coeficiente de rozamiento superficial para los fabricados
con componentes asfálticos será al menos del 65%
según la especificación para la calidad de obra terminada
indicada en los Art. 540, 542 y 543 del PG3.
En los prefabricados los materiales suelen ser de
caucho o derivados y materiales plásticos, y la sujeción
a la capa de rodadura se realiza mediante tornillos o
adhesivos químicos que garanticen su total fijación.
3.3.2 Geometría.–Para la implantación en tramos
donde las velocidades requeridas estén comprendidas
entre 30 y 50 km/h, las características geométricas de los
distintos tipos de reductores, serán:
3.3.2.1 Paso peatonal sobreelevado (reductor trapezoidal).–
El perfil longitudinal del Reductores de Velocidadtrapezoidal
comprende una zona sobreelevada y dos
par tes en pendiente, llamadas rampas, formando un trapecio.
Sus dimensiones serán:
Altura: 10 cm ± 1 cm.
Longitud de la zona elevada: 4 m ± 0,20 m (en casos
excepcionales se autorizarán longitudes inferiores, hasta
un mínimo de 2,5 m).
Longitud de las rampas: Entre 1 y 2,5 m (un metro
para el caso de «zona 30», un metro y cincuenta centímetros
cuando se señalicen para 40 km/h, y dos metros
cincuenta centímetros para velocidad igual a 50 km/h).
Puntos:
05-06-11 15:04 #8063868 -> 8061255
Por:elpaseo

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
lo que publico el boletin oficial del estado:
https://ww.boe.es/boe/dias/2008/10/29/pdfs/A42795-42801.pdf
mas claro el agua
Puntos:
05-06-11 15:37 #8064008 -> 8061255
Por:unomas11

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
lo cierto y verdad es que ese salto de que hay antes de la noria y el de el parque de los picapiedras, son una bestialidad, eso no está permitido digas tu lo que digas elpaseo, yo no digo que no los pongan pero que no hagan unos saltos como a ellos les de la gana, los que hay en la carretera de la estacion y en la avenida de malaga, esos realizan la misma funcion y por lo menos no rozas con el coche cada vez que pasas.
Puntos:
06-06-11 00:37 #8067263 -> 8026350
Por:asinsonlascosas

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
Pues nada si vemos que el ayuntamiento no hace nada, lo mismo lo ponemos en ponle freno, de Antena 3 haver si alli nos escuchan.
Puntos:
06-06-11 10:15 #8068213 -> 8067263
Por:pampano

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
lo de sobresalto d la peña ciclista tiene a pronto golpe solucion, y es pasar un poco mas despacio, mientras se arregla o no......
pero los tornillos salientes del suelo a modo de clavo de la calle miguel hernandez, si no se arreglan , decir, que con una simple foto y la factura del taller del rebenton o pinchazo, solo les quedará el remedio de pagar la averia de la rueda, .

vamos hombre a quien corresponda..... esto que aquí se hace son solicitudes de los ciudadanos y hay que atenderlas en el buen funcionamiento de los cargos que ocupaís.
averías tan simples como enviar a una persona con una llave y apretar o quitar esos tornillos.

¿o ya pasaron las elecciones?
Puntos:
06-06-11 10:22 #8068255 -> 8068213
Por:maylu11

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
jajjaja ya pasaron las elecciones, pampano
Puntos:
06-06-11 14:40 #8070126 -> 8068255
Por:joselech

RE: Los tornillos de los saltos de la dolce vita
por el salto de la peña ciclista si pasas primero con una de las ruedas de alante en vez de con las dos de alante a la vez el coche casi no nota el bache y no roza
Puntos:

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