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La Rambla - Cordoba

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España > Cordoba > La Rambla
27-02-11 21:01 #7166098
Por:tintin2

presentacion de candidato
A todos los forer@s, os comunico que el viernes 4 de Marzo a las 8,30 en la casa de la cultura, Alcalde Diego Leon, se presentará publicamente el candidato por iu a la alcaldia de La Rambla, ni que decir tiene que estais todos vosotr@s invitados junto con el resto de ciudadan@s de La Rambla.
suerte a todos los candidat@s y que gane el mejor, por el bien de nuestro pueblo, que falta que nos hace...salud...
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02-03-11 14:15 #7186875 -> 7166098
Por:J Espejo Ruz

RE: presentacion de candidato
Aquí podéis escuchar la invitación de Juan Jiménez:
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02-03-11 19:18 #7189382 -> 7186875
Por:ABUDABI

RE: presentacion de candidato
Bravo Juan, acabo de ver la invitacón a tu presentación y me a dejado sin palabras; sencilla, cercana y directa, sin ninguna floritura y de puño y letra. Así eres tu y te estamos esperando, saludos y ánimo!
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03-03-11 14:55 #7194823 -> 7166098
Por:HANSOLO1959

RE: presentacion de candidato
He podido ver como el próximo viernes IU-CA tiene un acto público para presentar a su candidato Juan Jimenez Campos, al tiempo que intervendrán algunos miembros de su candidatura. Asistiré al acto a dar mi apoyo con mi presencia, y tendrás mi voto en las elecciones de Mayo, creo que hace falta un giro en nuestro Ayuntamiento, y creo en ti como persona, y en tu partido como gestionador de la cosa pública, que en este pueblo ha dado muestras de gobierno bien hecho.
No obstante, me gustaría trasladar mi opinión acerca de un asunto, pues creo que lamentablemente te van de dejar el marrón, sobre todo, si por un asomo intuyen que pueden perder estas elecciones, y me explicaré.
Parece ser que es habito en este Ayuntamiento funcionar con Presupuestos prorrogados, y en concreto este de 2011 está siendo prorrogado, conforme al artículo 169.6 del RDL 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Al tiempo que esto ocurre, parece ser según mis informaciones que la Liquidación del Presupuesto de 2009 arroja un Remanente de Tesorería NEGATIVO para Gastos Generales de 700.000 €, lo cual significa, con la estructura de la actual configuración del Remanente , que la situación financiera del Ayuntamiento debe ser considerada como de necesidad de financiación ( y por la cuantía, no poco).-
Aunque el Remanente de Tesorería es una magnitud dinámica, y no estática ( a saber cuál es ahora ese Remanente) nos dice el grado de solvencia del Ayuntamiento, y con la regulación de la nueva ICAL (Instrucción de Contabilidad para la Administración Local), se define como un agregado histórico de resultados y que sirve para financiar nuevos gastos, si es positivo; o la necesidad de realizar ajustes y saneamiento si es negativo.
Las consecuencias de un Remanente de Tesorería NEGATIVO son verdaderamente lamentables para cualquier Ayuntamiento, y con la Ley en la mano no existen mas medidas que:

1.- Por aplicación del artículo 193 del mencionado RDL 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales debe hacer lo siguiente:
a Reducir gastos del nuevo presupuesto por valor equivalente al montante negativo del Remanente.
b. Concertar un credito, si a) no fuese posible, en los términos del artículo 177.5 del TRLRHL
c. Aprobar el nuevo presupuesto con superavit inicial igual al deficit del Remanente anterior.

Según creo nada de lo que hemos apuntado aquí se ha hecho, ni se ha aprobado el presupuesto de 2010 con reducción de gastos, ni se ha acudido a crédito (porque la Ley no lo permitiría, y tampoco se ha aprobado con superávit inicial).-

2.- En todo caso, además de los ajustes mencionados anteriormente, y por aplicación del artículo 53 del TRLRHL;” Cuando el ahorro neto sea de signo negativo, el Pleno de la respectiva corporación deberá aprobar un PLAN DE SANEAMIENTO FINANCIERO a realizar en un plazo no superior a tres años, en el que se adopten medidas de gestión, tributarias, financieras y presupuestarias que permitan como mínimo ajustar a cero el ahorro neto negativo de la entidad, organismo autónomo o sociedad mercantil. Dicho plan deberá ser presentado conjuntamente con la solicitud de la autorización correspondiente”.
Este plan es OBLIGATORIO realizarlo cuando el Remanente de Tesorería es negativo, pero la Ley no contempla ninguna medida que obligue a realizarlo, salvo que se quiera solicitar una nueva operación de endeudamiento, en cuyo caso sí es obligatoria la confección y aprobación del Plan. Este Ayuntamiento carece de Plan de Saneamiento para reducir el signo negativo de ese Remanente.
Por tanto, y si no me equivoco, la postura más normal de este equipo de gobierno será la siguiente: apurar al máximo, y si es posible lo harán, para no aprobar el Presupuesto de 2011 definitivamente, y tampoco aprobar la Liquidación de 2010, para dejarla hasta depues de las Elecciones. Si tuvieran que hacerlo, la aprobarían sin ningún complejo, dejando una situación financiera caótica para el siguiente equipo, que podrían ser ellos, o no, pero que son los que deberían correr con la obligación de corregir las deficitarias arcas municipales. El primer presupuesto que aprobará el próximo equipo que salga del 27 de Mayo será el 2012, y no tendrá mas remedio que tomar las medidas de ajuste necesarias, y si quiere financiar sus planes de inversión, deberá acudir a credito, ya que no existe margen de maniobra en los recursos ordinarios municipales, no tendrá mas remedio que someterse al Plan de Saneamiento, he aquí el marrón, ya que sin dinero, que política se puede hacer.
Si la Liquidación del Presupuesto de 2009 arroja un signo negativa tan elevado, no creo que sin haber realizado ningún ajuste, ni plan de saneamiento, el 2010 se liquide con signo positivo, es imposible, por más que como he dicho antes, esta magnitud es dinámica, y por mucho que esta magnitud sea altamente manipulable: si tenemos en cuenta los componentes del Remanente
+ Obligaciones pendientes de cobro de ejercicio corriente, cerrado y no presupuestario
+ Fondos líquidos de tesorería (dinero en Bancos y Caja)
- Obligaciones pendientes de pago por cualquier concepto y ejercicio, presupuestario y extrapresupuestario
- Derechos de difícil o imposible recaudación, o lo que es igual saldo de la cuenta 490 Provisión para insolvencias
= REMANENTE BRUTO
- REMANENTE FINANCIACION AFECTADA
= REMANENTE PARA GASTOS GENERALES (+ Superavit)
(- Déficit)
¿Donde está la posible manipulación de esta magnitud por parte de los políticos que desean presentar un maquillaje de las cuentas públicasPreguntar como la magnitud es dinámica, los derechos pendientes de cobro se presentan del ejercicio corriente y cerrados, y he aquí que si no se controlan los pendientes de cobro de ejercicios anteriores y su grado de ejecución, se pueden ir acumulando derechos reconocidos que jamás se cobrarán, y la magnitud presentará un resultado altamente irreal de la verdadera situación de las arcas municipales y su liquidez, ya que lo que marca esta magnitud es eso, solvencia y liquidez, en definitiva capacidad o necesidad financiera.-
Por tanto, y aunque exista esa posibilidad de “maquillaje”, no creo que la cantidad tan abultada que hemos señalado de remanente negativo pueda ser enjugada de un año para otro. Por ello, como digo, el próximo equipo de gobierno se encontrará una situación verdaderamente lamentable para poder desarrollar su programa.
A más a más, mucho me temo que al estar la situación como está el Ayuntamiento tampoco cumpla los objetivos de Estabilidad Presupuestaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del RDL 2/2007, que aprueba el Texto Refundido de la LGEP, en relación con el artículo 15.1 del RD1463/2007, por el que se aprueba el Reglamento dela LGEP en su aplicación a la Administración Local, y todo ello calculado conforme al Manuel para el calculo del deficit en contabilidad nacional adaptado a las corporaciones locales, elaborado por la IGAE, y conforme a las directrices del SEC95 (Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales).-
Esto nos llevaría a que en relación con el artículo 22 del RDL 2/2007, se debería acudir a un Plan Económico Financiero para corregir la situación de desequilibrio financiero, en el plazo de 3 meses desde la liquidación o cuenta general última en situación de desequilibrio presupuestario. El objetivo sería la vuelta al equilibrio presupuestario, y debería hacerse en un plazo no superior a 3 años, debiéndose recoger las medidas a adoptar en relación con la regulación, ejecución y gestión de los gastos y de los ingresos, que permitan garantizar el retorno a una situación de estabilidad presupuestaria.
Si suponemos que el escenario posible en nuestro Ayuntamiento es el de no cumplimiento con la estabilidad presupuestaria, esto llevaría a un endurecimiento en la solicitud de créditos para financiar proyectos de inversión, ya que en cumplimiento con la disposición final 15ª de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, ( que vino a modificar lo dispuesto en el RDL 8/2010, de 20 de Mayo por el que se aprueban medidas para reducir el déficit público) solo se puede acceder a créditos si el remanente de tesorería del ejercicio 2010 fuese positivo y su capital vivo no supera el 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados. Por tanto un remanente negativo en 2010 impide el acceso al crédito, con lo que las Inversiones se ven frenadas si no se dispone de ingreso corriente.
Esto supone un endurecimiento respecto de lo regulado en el artículo 53 del TRLRHL visto anteriormente, ya que aquel obligaba al Plan de Saneamiento, pero si se incumple al mismo tiempo la Estabilidad Presupuestaria, directamente no se puede ni siquiera pedir un nuevo crédito.
Todo esto, y siempre teniendo en cuenta que lo que se refiere al incumplimiento de la LGEP es solo una suposición, empeora notablemente la situación del nuevo equipo que salga de Mayo, tendrá las manos mas atadas, no pudiendo realizar inversiones.
Si todo se desarrolla con normalidad, para el año 2012, se prevé que el Gobierno siga con esta regulación e impida a los Ayuntamientos incumplidores acudir a nuevos créditos, con lo que el ahogo económico en éste será grande.
Ante esta situación, en cualquier momento este Ayuntamiento debe tomar medidas, medidas drásticas, bien a través de un Plan de Saneamiento, bien a través de un Plan Económico financiero, pero que contenga medidas que incrementen los ingresos corrientes, que reduzcan el gasto corriente, que puedan asegurar la financiación de las inversiones, que reduzcan paulatinamente el remanente negativo, que optimicen los recursos, y que recuperen el equilibrio y la capacidad de autofinanciación.
Las medidas podrían ser de tipo Organizativo ( desarrollo de un nuevo modelo organizativo), de Gestión de Personal ( Congelación/Reducción de plantilla, Horas extras, Productividad por objetivos, etc etc) de carácter Económico-Financiero ( Reducción de gastos corrientes, Revisión de convenios, y contratos, limitar las modificaciones presupuestarias, determinar el endeudamiento de cada año, revisión de los tipos tributarios de los impuestos, aumento de las tasas y precios públicos tendentes a la autofinanciación, DEPURACION DE SALDOS PENDIENTE S DE COBRO, Gestión eficiente del patrimonio municipal, búsqueda de alternativas a la financiación de las inversiones, etc, etc.)
Esta es mi visión de las cosas, y espero que te sirvan. Un saludo y adelante, a ganar.
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