Foro- Ciudad.com

Hornachuelos - Cordoba

Poblacion:
España > Cordoba > Hornachuelos
12-12-13 19:21 #11747018
Por:estela2000

es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Te contesto aquí, pues el otro tema abierto es interesante y debemos dejar opinar de él.
Si la oposición quisiese podría denunciar ese tipo de contratación o una asociación meloja, debería tener un interés legítimo en defensa del dinero publico, por lo normal debería ser un partido político, que tienen sus gabinetes jurídicos y no les costaría nada querellarse con los que enchufan a familiares o les suben el sueldo sin causa aparente,la oferta de empleo publico debe se transparente i legal, publicada en BOP de Córdoba, los contratos indefinidos de una administración son ilegales y denunciables,el proceso es selectivo con garantías de publicidad,independencia..etc cosa que no es posible en un contrato a dedo.Por menos hay alcaldes detenidos,y funcionarios que lo permiten.
Besitos.
Puntos:
12-12-13 20:09 #11747114 -> 11747018
Por:ATILA1980

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
te doy un monton de gracias por aclararmelo,me a quedado muy claro que tenemos una opocision mas mala que los propios gobernantes,gracias de nuevo es k estan enchufando a los familiares y amigos tan descaradamente k ya es desesperante
Puntos:
13-12-13 14:45 #11748106 -> 11747018
Por:Chavo8

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Eso es normal aqui; nada mas que te tienes q pasar por el personal q hay colocao en mastel, por las depuradoras que siempre coloca al mismo que esta afiliao en los partidos de gobierno(postadata, que cara le echas !!! jesús!!! que resfriao tengo). No hay uno solo que se salve.......
Puntos:
13-12-13 16:06 #11748191 -> 11748106
Por:joales2010

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Todo lo que hacen los del gobierno y la oposición es legal,¿Quien se lo va a discutir? son todos igual.
Puntos:
13-12-13 16:44 #11748254 -> 11748191
Por:ATILA1980

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
son todos iguales la opocision caya porque les puede tocar mañana a ellos enchufar a los suyaos ,la culpa es de los que nos tragamos todo lo que nos echan donde estan los sindicatos y las plataformas para denunciar estas cosas
Puntos:
13-12-13 19:23 #11748495 -> 11748254
Por:estela2000

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Los gabinetes jurídicos de los diferentes partidos pueden exigirle al secretario municipal un informe sobre el modelo de contratación y el sistema de oposición, si es legal o ilegal, y este funcionario debe informar de que se esta haciendo en el ayuntamiento, ya que el no depende del que gobierna y si del estado y del juzgado.
Puntos:
13-12-13 19:36 #11748522 -> 11748254
Por:cariñoso

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
ATILA 1980 creo recordar que parte de la oposición estaba gobernando en la anterior legislatura y si no recuerdo mal no hay ningún familiar directo enchufado, haber si ahora la culpa de la mala gestión la van a tener la oposición, que quien esta gobernando es psoe e iu, creo que habláis sin saber y si todos los enchufaos están dentro de la legalidad? te pregunto?otra cosa es que este bien hecho o no, o no es el momento de hacerlo con los tiempos que corren,pero eso es cosa de los que nos gobiernan, que no deberían de hacerlo pero cada cual con su conciencia y descaro. Un saludo.
Puntos:
13-12-13 20:30 #11748634 -> 11748522
Por:ATILA1980

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
ni idea si es legal o no por eso lo pregunto y la oposicion es igual que ellosz por dejarlos hacer lo que hacen y me refiero a los de antes y a los del pp y a todos los demas,yo creo que meter a toda la familia en el ayuntamiento muy legal no sera oyra cosa es que no lo traguemos cm emos exo siempre
Puntos:
15-12-13 20:25 #11750987 -> 11747018
Por:luvina

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Estela tu has ido a pedir trabajo allin?
Puntos:
15-12-13 23:21 #11751305 -> 11750987
Por:estela2000

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Dos veces he echado una bolsa,para nada.
Puntos:
16-12-13 01:21 #11751458 -> 11751305
Por:ATILA1980

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
luvina y tu
Puntos:
16-12-13 10:23 #11751607 -> 11751458
Por:ATILA1980

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
yo e ido mil veces y no e entrado nunca,pero nunca nunca
Puntos:
16-12-13 11:10 #11751638 -> 11747018
Por:luvina

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Estela tu has ido a pedir trabajo allin?
Puntos:
16-12-13 14:59 #11751892 -> 11751638
Por:ATILA1980

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
luvina y tun
Puntos:
16-12-13 18:06 #11752130 -> 11751892
Por:felipista2010

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Por lo que yo se, esta todo supervisado por el secretario de la corporación y el jefe del servicio pertinente.
Puntos:
16-12-13 18:37 #11752171 -> 11752130
Por:estela2000

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
¿Cual es la diferencia entre personal laboral y funcionarial de la administración?

La administración puede contratar a su personal dentro de diversos regímenes de trabajo. Estos regímenes son: personal funcionarial o estatutario y personal laboral para diferenciar dichos regímenes debemos recurrir:
•Forma de constituirse la relación. La relación funcionarial o estatutaria se constituye a través de la conjunción de voluntades entre Administración y particular que se produce mediante el doble mecanismo de nombramiento y toma de posesión. Sin embargo la relación laboral la conjunción de voluntades se produce a través del contrato.


•Mecanismos reguladores de las condiciones de trabajo. En el caso de la relación funcionarial o estatutaria a través de las distintas normas legales tanto estatales como autonómicas, siendo reducidas las posibilidades de negociación colectiva, mientras que para el personal laboral son mayores las posibilidades de negociación colectiva (Convenios Colectivos) y de establecimiento de condiciones individuales en el contrato (esta posibilidad no existe para los trabajadores funcionarios o estatutarios).


•Contenido de los derechos y obligaciones de las partes en relación que a pesar de su acercamiento aún hoy en dia son diferentes para unos y otros.

•Si bien en el pasado la jurisdicción que trataba los problemas que puedieran surgir entre trabajador y Administración era la Contencioso-Administrativa en el caso del personal funcionario y estatutario y la jurisdicción laboral en el caso del personal laboral. En el presente y tras la aprobación de la Ley 36/2011 de 10 de Octubre Reguladora de la Jurisdicción Social es en ambos casos la laboral.


¿Cuando se puede contratar personal laboral?


La Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de Junio de 1987 establece que en la Constitución existe una opción genérica en favor de un régimen funcionarial o estatutario para los servidores públicos y que sólo con carácter excepcional se puede recurrir a la contratación laboral, siendo una ley la que establezca los criterios de clasificación de los distintos puestos de trabajo como funcionariales o laborales. Dicha ley es la Ley 30/1984 de 2 de Agosto que establece en su artículo 15.1:
c) Con carácter general, los puestos de trabajo de la Administración del Estado y de sus Organismos Autónomos así como los de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, serán desempeñados por funcionarios públicos.

Se exceptúan de la regla anterior y podrán desempeñarse por personal LABORAL:

–Los puestos de naturaleza no permanente y aquéllos cuyas actividades se dirijan a satisfacer necesidades de carácter periódico y discontinuo;

–los puestos cuyas actividades sean propias de oficios, así como los de vigilancia, custodia, porteo y otros análogos;

–los puestos de carácter instrumental correspondientes a las áreas de mantenimiento y conservación de edificios, equipos e instalaciones, artes gráficas, encuestas, protección civil y comunicación social, así como los puestos de las áreas de expresión artística y los vinculados directamente a su desarrollo, servicio sociales y protección de menores;

–los puestos correspondientes a áreas de actividades que requieran conocimientos técnicos especializados cuando no existan Cuerpos o Escalas de funcionarios cuyos miembros tengan la preparación específica necesaria para su desempeño, y

–los puestos de trabajo en el extranjero con funciones administrativas de trámite y colaboración y auxiliares que comporten manejo de máquinas, archivo y similares.
Asimismo, los Organismos Públicos de Investigación podrán contratar personal LABORAL en los término previstos en el artículo 17 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica.

Por su parte para las Comunidades autónomas habrá que estar a lo que establecen las leyes de la Función Pública Autonómica y para la Administración Local serán las propias Corporaciones Locales las que de acuerdo con las normas elaboradas por el Ministerio de Políticas Territorial y Administraciones Públicas aprobarán las relaciones de puestos de trabajo reservados al personal laboral.

En cualquier caso estarán reservados exclusivamente al personal funcionarial o estatutario el ejercicio de funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas.


Contratos que puede firmar la administración con su personal laboral.


Sería posible realizar todo el abanico de contratos laborales existentes, dependiendo el contrato realizado de la causa del mismo. Así el contrato puede ser indefinido, eventual de obra y servicio, por acumulación de tareas, interinos, en prácticas, de formación, etc. pudiendo recurrirse incluso a la contratación con Empresas de Trabajo Temporal.


Las especialidades en la contratación laboral de la administración pública.


El principio de igualdad de trato en la contratación: La libertad de la Administración Pública para contratar viene limitada por un principio de igualdad absoluta de trato en el acceso al empleo, concrétándose esta igualdad de trato en la exigencia obligatoria en todo caso de objetividad a la hora de contratar de acuerdo con los principios de merito, capacidad y publicidad, concretables en una oferta anual de empleo público, mediante convocatoria pública y a través de unas pruebas objetivas.
El R.D. 364/1995 de 10 de marzo que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado regula los procesos de selección, los sistemas de promoción interna o de cobertura de vacantes del personal laboral fijo y la contratación del personal laboral permanente de la Administración General del Estado y establece:
•La selección se producirá por los sistemas de oposición, concurso-oposición o concurso libre.

•En el caso de selección de personal laboral se publicarán en el BOE al menos: el número de plazas por categoría y el lugar en el que se encuentren expuestas las bases de las convocatorias.

•En el plazo máximo de un mes tras la finalización del plazo concedido para la presentación de solicitudes se publicará en el BOE la fecha, hora y lugar de realización de las pruebas de selección.

•Concluidas las pruebas se elevará al órgano competente proposición de candidatos para la formalización de los contratos.

•El órgano competente procedera a la formalización de los contratos y los trabajadores adquirirán la condición de personal laboral fijo tras superar el correspondiente periodo de prueba en su caso.
Los efectos de la contratación temporal irregular.
¿Que ocurre en el caso de que la administración proceda a la utilización irregular de la contratación temporal? Este sería el caso por ejemplo de incumplimiento de la obligación legal de forma escrita para el contrato o no dar de alta al trabajador contratado en la Seguridad Social, no denunciar el contrato en el tiempo y en la forma prevista o incluir en fraude de ley. La respuesta de la jurisprudencia a esta pregunta es la conversión del trabajador en indefinido pero no fijo de la administración. Esto significa que el trabajador tiene derecho a permanecer en el puesto de trabajo pero sólo en tanto en cuanto éste se cubra por el procedimiento reglamentariamente establecido, evitándose consolidar una forma irregular de acceso al empleo público que iría contra el principio constitucional de acceso atendiendo a los principios de mérito y capacidad.

Por lo tanto hay que diferenciar entre el fijo y el indefinido que no es fijo y puede echarse fácilmente(aquellos que no hayan aprobado ninguna convocatoria publica de un puesto de trabajo publicado en boja,bop y boe)
Puntos:
16-12-13 21:00 #11752447 -> 11752171
Por:EVA.MARIA

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Estela tu que tanto sabes por que no denuncias tu?
Puntos:
16-12-13 22:05 #11752586 -> 11752447
Por:FREDYC

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Tanto se ha enrrollao Estela que se le olvidaron los BESITOS
Puntos:
16-12-13 22:25 #11752622 -> 11747018
Por:TERMINATOR 2012

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Gracias estela por la información, te lo has currado. Guiñar un ojo Guiñar un ojo Guiñar un ojo
Puntos:
17-12-13 19:07 #11755768 -> 11752622
Por:roquefeler__melojo

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
De lo que he entendido, hay 3 tipos de trabajadores en el ayuntamiento, los funcionarios que estos no los echa nadie,los laborales fijos que hicieron exámenes como la basura y los enchufados fijos sin exámenes como son la mayoría de los que hay,QUE SE DPUEDEN DESPEDIR POR SER ILEGAL HACERLOS FIJOS SIN PASAR POR UN EXAMEN.
O no es asi.?
Puntos:
17-12-13 22:42 #11756207 -> 11755768
Por:telemaco25

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
algo harán aprobado,el carnet del partido,ser familiar de alguno,ser amigo de un funcionario o esposo.
Puntos:
18-12-13 14:05 #11756918 -> 11756207
Por:sevillista1

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Pues anda que no hay de esos que hacen fijos sin examen-Casi todos y se dan unos aieres de grandeza,¡¡¡que vaya tela!.
Puntos:
18-12-13 20:07 #11757407 -> 11756918
Por:roquefeler__melojo

RE: es normal comtratar a los familiares y afiliados continuamente y no pase nada
Todos a la calle y que roten, como hacemos todos en el paro.
Puntos:

Tema (Autor) Ultimo Mensaje Resp
catalanes darle las gracias a real betis, sevilla y malaga y granada Por: garrapinillos1975 29-05-13 08:39
REGISTRAO1
11
No entiendo nada Por: MARIO 2002 12-09-12 17:55
Francisco Lopez 1976
1
Nada es por casualidad Por: Tomas499 29-09-11 20:54
Tomas499
0
SE NOTA QUE NO IMPORTA NADA LOS POBLADOS Por: CHULIMULI25 20-03-10 21:27
rockero 2001
4
Simulador Plusvalia Municipal - Impuesto de Circulacion (IVTM) - Calculo Valor Venal
Foro-Ciudad.com - Ultima actualizacion:08/08/2020
Clausulas de responsabilidad y condiciones de uso de Foro-Ciudad.com