29-08-06 16:20 | #254466 -> 254461 |
Por:at20p16 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: viviendas vpo Porque en lugar de tanto quejarte a traves del foro no hablas directamente con las personas responsables de la entrega de las viviendas las cuales son las que te tienen que dar una explicacion por la tardanza en la entrega. Ya que a traves de este medio es muy facil quejarse de algo sin dar la cara, si tanto te interesa una cosa has de preocuparte por ello y no que te lo solucionen otros. | |
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10-09-06 10:51 | #257534 -> 254466 |
Por:kalifa72 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: RE: viviendas vpo Ni entro ni salgo en este hilo porque ni tengo casa ni la voy a comprar en Espiel, de momento. Solo escribo porque me parece curiosa la contestación de AT20P16, ya que siguendo el hilo de los foros con fecha 27/07/06 el mismo se queja en este foro ante los responsables políticos de la localidad por el volumen de la musica en la feria. ¿Porqué no lo hace directamente en el Ayuntamiento?. Creo que no se debe criticar a la gente por exponer lo que piensa sin mirar antes sobre su propio tejado. Es solo una observación, no deseo entrar en polemicas, ya que como dije antes, ni me va ni me viene. | |
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14-09-06 11:49 | #266791 -> 257534 |
Por:at20p16 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: RE: RE: viviendas vpo Quieres saber lo que me han dicho con respecto a la musica, pues bien segun me ha dicho un alto responsable del equipo de gobierno el cual no te voy a decir, es que para los dias que son de feria que hay que hacer un esfuerzo, es decir que te aguantes en pocas palabras. Entonces sabes cual es la solucion en estos caso DENUNCIAR. | |
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14-09-06 21:08 | #267051 -> 266791 |
Por:Kalifa72 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: RE: RE: RE: viviendas vpo Existe un problema y es que el tema de ruídos compete a la Policía Local ¿Y quien es el Jefe de la Policía?, pues el mismo que monta el tinglado de la feria. Por lo que obviamente no se va a denunciar asimismo. Saludos. | |
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15-09-06 22:39 | #267352 -> 267051 |
Por:at20p16 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: RE: RE: RE: RE: viviendas vpo Estas algo equivocado, si presentas una denuncia para que efectivamente sirva para algo lo mas eficaz es hacerla directamente en el juzgado y si no quieres ir al juzgado vas a la Guandia Civil, no tienes porque complicarte la vida y perder el tiempo yendo a la policia local, ademas habiendo consultado el asunto por otro sitio surtiria mejor resultado si se tomara los datos del ruido con el medidor que hay para estos casos, pero habria que tenerlo o conseguirlo. | |
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16-09-06 12:05 | #267409 -> 267352 |
Por:Kalifa72 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: RE: RE: RE: RE: RE: viviendas vpo Aunque nos hemos salido ya un poco del tiesto como se suele decir, porque la cosa empezó con las V.P.O., te contesto en este mismo hilo. Permiteme que te diga que no ando muy descaminado o equivocado. La contaminación acústica en lo que se refiere a Andalucía esta regulada por la Ley 7/94 de 18 de mayo de Protección Ambiental. En su artículo 86.2 dicha Ley hace referencia a que serán los municipios los encargados de sancionar al infractor siempre que el vertido se produzca en uno de los lugares del Anexo III o en cualquier otro que no aparezca en los Anexos I y II ( ya que si fuera el caso del anexo I o II, competería al Delegado Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la J. Andalucía). Asimismo existe la Orden 23 de febrero o marzo (creo) del año 1.996, en la que se regula la medición de los contaminantes acusticos. Las mediciones realizadas con el sonómetro no las puede realizar cualquiera ya que no tenfría efecto legal, sino, un funcionario legalmente habilitado para ello y con un sonómetro homologado y revisado periodicamente. Si fueras a denunciar ante los Tribunales, tal como expones, archivarían el caso ya que no es un ilicito penal, pasando a ser una infracción administrativa la cual compete al municipio como he dicho en el primer párrafo. Bueno no me extiendo más que voy a resultar pesado y todo esto no tiene nada que ver con lo referido en el primer post sobre las VPO. | |
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19-09-06 02:45 | #267888 -> 267409 |
Por:at20p16 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: RE: RE: RE: RE: RE: RE: viviendas vpo ( FIN ) Tanto que sabes de leyes y ya que mencionas la citada ley 7/94 de 18 de Mayo deberias de leer lo que pone y lo cual te describo: Reglamento de protección contra la contaminación acústica en Andalucía TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto. Es objeto del presente Reglamento en desarrollo de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, la regulación de la calidad del aire para prevenir, vigilar y corregir las situaciones de contaminación acústica por ruidos y vibraciones, cualesquiera que sean las causas que las produzcan, para proteger la salud de los ciudadanos y ciudadanas, el derecho a su intimidad y mejorar la calidad del Medio Ambiente. Artículo 2. Ambito de aplicación. El presente Reglamento será de aplicación a cualquier infraestructura, instalación, maquinaria o proyectos de construcción, así como a las actividades de carácter público o privado, incluidas o no en los Anexos de la Ley 7/1994, que se pretendan llevar a cabo o se realicen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y produzcan o sean susceptibles de producir, contaminación acústica por ruidos o vibraciones. Ordenanzas Municipales Las Ordenanzas deberán regular como mínimo los siguientes aspectos, sin que en ningún caso puedan reducir las exigencias y los parámetros de contaminación acústica establecidos por este Reglamento: entre otras viene lo siguiente: c) La emisión de ruidos producida por actividades de ocio, espectáculos públicos, recreativas, culturales y de asociacionismo. d) Los criterios para la autorización de licencia para veladores en establecimientos de hostelería y su régimen de control como actividad generadora de ruidos en la vía pública. Artículo 6. Inspecciones medioambientales. Las Administraciones Públicas competentes arbitrarán los medios necesarios para que, se efectúen las inspecciones medioambientales necesarias ante las denuncias que les sean presentadas. Con todo esto quiero decirte que aunque los Ayuntamientos sean los responsables de regular el ruido producido por cualquier causa si estos "pasan" ante una queja, se puede interponer denuncia en otro organismo publico. Y si ya quieres informarte mas al respecto visita la web www.ruidos.org Saludos | |
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06-10-06 21:17 | #272244 -> 267409 |
Por:posi ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: RE: RE: RE: RE: RE: RE: RE: viviendas vpo ( FIN ) mira enterao d leyes dejat d estupideces d ruidos k nadie sea kejado d eso del tema k se escribio al principio te as ido tu tres pueblos | |
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08-10-06 01:15 | #272465 -> 267409 |
Por:at20p16 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: RE: RE: RE: RE: RE: RE: RE: RE: viviendas vpo ( FIN ) Enterado de la vida, haber si despiertas de una vez y comprendes que en este pueblo hay muchos que a la hora de quejarse de cualquier tema siempre lo hace quejandose a amigos, familiares, en este foro, ect. pero a la hora de hacerlo a quien corresponde o cuando se le dice " oye tu tambien estabas quejandote de esto o aquello" siempre escurre el bulto. Por lo tanto si tanto te quejas de tu casa que no te lo entregan o cualquier otro motivo DA LA CARA ante la persona que creas conveniente y no critiques ya que tu eres el primero que no esta dando la cara, saludos. | |
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