europa condena a españa Inicio » Medio ambiente » Noticias Europa condena a España por no aplicar correctamente la norma para reducir la contaminación industrial La sentencia da la razón a la Comisión, que había denunciado que 533 instalaciones en España siguen funcionando sin la autorización medioambiental requerida. EP - Europa - 18 de noviembre de 2010 Lo último sobre Medio ambiente : Noticias Acciones FACUA >> La UE acuerda endurecer los límites a las emisiones industriales a partir de 2016 9/11/2010>> FACUA Sevilla desarrolla un ciclo de talleres formativos en quince centros cívicos 3/11/2010>> España pagará 638 millones de euros para lograr el objetivo de reducción de emisiones impuesta por Kioto 13/10/2010>> Industria prevé la eliminación del papel en la Administración pública en 2015 6/10/2010 a | a | a El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha condenado este jueves a España por no aplicar correctamente la norma comunitaria que tiene como objetivo reducir la contaminación de las instalaciones industriales y agrarias. La sentencia da la razón a la Comisión, que había denunciado que 533 instalaciones en España siguen funcionando sin la autorización medioambiental requerida. En su defensa, España no discutió el número de instalaciones sin autorización, sino que alegó que el objetivo de la directiva europea sólo es alcanzar un nivel elevado de protección del medio ambiente, y no un nivel máximo. Por tanto, ya que el 88,53 % de las instalaciones habían obtenido una autorización conforme, España consideraba haber cumplido con la norma. Asimismo, recordaba que la expedición de autorizaciones a las instalaciones existentes es competencia de las comunidades autónomas, lo que había dado lugar a procedimientos administrativos de gran complejidad cuya tramitación requería un plazo bastante largo. En su sentencia de este jueves, el Tribunal observa, en primer lugar, que sólo una ejecución completa y total por parte de los Estados miembros de las obligaciones que impone la directiva permitirá cumplir el objetivo de un nivel elevado de protección del medio ambiente. A continuación, recuerda que un Estado miembro no puede alegar disposiciones, prácticas ni circunstancias de su ordenamiento jurídico interno para justificar el incumplimiento de las obligaciones y plazos establecidos por una directiva. Asimismo, un Estado miembro no puede justificar el incumplimiento de las obligaciones que le incumben en virtud del Tratado alegando que otros Estados miembros también han incumplido o incumplen sus obligaciones. Por tanto, el TUE declara que "España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la directiva" para reducir la contaminación de las instalaciones industriales y agrarias |