CURSOS DE NATACION Por Decreto de la Presidencia de fecha 25 de mayo de 2010, se aprobó la convocatoria de subvenciones para Escuelas de Natación Verano 2010, organizadas por entidades locales de la provincia, y cuyo contenido es el siguiente: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ESCUELAS DE NATACIÓN-VERANO 2010 ORGANIZADAS POR ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA Según el Reglamento Regulador del Plan de Asistencia Económica y Cooperación Municipal, aprobado por el Pleno de la Corporación de fecha 3 de febrero de 2006 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, número 32, de fecha 15 de marzo de 2006. La organización por los Ayuntamientos cada vez en mayor número de actividades, hacen necesario regular la concesión de ayudas por parte de la Administración Provincial, al objeto de conseguir una mayor eficacia y control de las mismas, de acuerdo a las siguientes bases: 1.-Objeto y finalidad de la convocatoria. Por la presente se convocan subvenciones para la concesión de ayudas con destino a la realización de Escuelas de Natación-Verano 2010, organizadas por las entidades locales de la provincia de Ciudad Real. Esta convocatoria se enmarca dentro del Plan de Asistencia Económica y Cooperación municipal. Esta actividad tiene como objetivo, la enseñanza de las técnicas mínimas para adquirir la destreza suficiente para practicar el deporte de la natación. Los cursos irán dirigidos a niños/as de 5 a 14 años, ambos inclusive, realizándose los mismos en - tre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2010. En la composición de los cursos se procurará que estos estén formados por niños/as de edades aproximadas y/o conocimientos natatorios similares. 2.-Beneficiarios. Podrán acogerse a esta convocatoria las entidades locales de la provincia de Ciudad Real que tengan menos de 20.000 habitantes. 3.-Aplicación presupuestaria. La financiación de las ayudas se hará con cargo al crédito disponible de la partida presupuestaria 29703 94200 462, del Estado de Gastos del Presupuesto de la Diputación especialmente destinadas a subvencionar este tipo de actividades, con un presupuesto global para esta convocatoria de 38.000 euros. 4.-Cuantía de las ayudas. Se establece una subvención para la realización de cada curso (máximo dos). La subvención no podrá exceder de 500 euros (250 euros por curso). 5.-Gastos objeto de la subvención. Podrán ser objeto de subvención: Todos los gastos necesarios para el desarrollo del proyecto a subvencionar. No serán subvencionables: Las inversiones y los gastos de material inventariable, los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, los tributos y los gastos de procedimientos judiciales. 6.-Solicitudes, documentación y presentación. |