AYUDAS ESTO TAMBIEN ES CULTURA, NO SOLO LOS EXTRANJEROS BAILANDO EN LA PLAZA. Por Decreto de la Presidencia de fecha 6 de mayo de 2010, se aprobó la Convocatoria de Subvenciones para la Asistencia al Festival Internacional de Teatro Clásico de Almagro a Entidades Locales de la Provincia-2010, y cuyo contenido es el siguiente: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ASISTENCIA AL FESTIVAL INTERNACIONAL DE TEATRO CLÁSICO DE ALMAGRO A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA-2010 Según el Reglamento Regulador del Plan de Asistencia Económica y Cooperación municipal, aprobado por el Pleno de la Corporación de fecha 3 de febrero de 2006 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.), número 32, de fecha 15 de marzo de 2006. La organización por los Ayuntamientos cada vez en mayor número de actividades, hacen necesario regular la concesión de ayudas por parte de la Administración Provincial, al objeto de conseguir una mayor eficacia y control de las mismas, de acuerdo a las siguientes bases: 1.-Objeto y finalidad de la convocatoria. Por la presente se convocan subvenciones para la concesión de ayudas con destino a la adquisi - ción de entradas para la asistencia colectiva al Festival Internacional de Teatro Clásico de Almagro 2010 y organizadas por las Entidades Locales de la provincia de Ciudad Real. Esta convocatoria se enmarca dentro del Plan de Asistencia Económica y Cooperación municipal y se efectúa por el procedimiento de concurrencia competitiva. 2.-Beneficiarios. Podrán acogerse a esta convocatoria las Entidades Locales de la provincia de Ciudad Real que lo soliciten de acuerdo con el contenido de esta convocatoria. 3.-Aplicación presupuestaria. La financiación de las ayudas se hará con cargo al crédito disponible de la partida presu - puestaria 29702 94200 462 del Estado de Gastos del Presupuesto de la Diputación especialmente destinadas a subvencionar este tipo de actividades, con un presupuesto global para esta convo - catoria de 19.000 euros. 4.-Cuantía de las ayudas. Se establece una subvención de 5 euros por entrada adquirida. Las cuantías máximas a recibir serán las siguientes: A.-Entidades Locales menores de 5.000 habitantes. Para 200 entradas: 1.000 euros. B.-Entidades Locales mayores de 5.000 habitantes. Para 300 entradas: 1.500 euros. La cantidad total de entradas adquiridas, que refleje el comprobante de compra, será tenida en cuenta con los límites máximos anteriores. El importe de la subvención por entrada será único, independientemente de los diferentes precios pagados en taquilla. 5.-Gastos objeto de la subvención. Podrán ser objeto de subvención: Todos los gastos necesarios para el objeto y finalidad de la convocatoria. Número 57 · miércoles, 12 de mayo de 2010 · 7620 |