El Gobierno penalizará el despido a los mayores de 50 años Las empresas de más de 100 trabajadores que incluyan en sus despidos colectivos a estos trabajadores tendrán que compensar al Tesoro si enlazan dos ejercicios positivos entre el año anterior y los cuatro siguientes El Gobierno ha endurecido el acceso al subsidio para los mayores de 55 años y ha establecido que, para cobrarlo, no se tendrán en cuenta como hasta ahora sólo las rentas del beneficiario sino las de la unidad familiar. No afectará a quienes están cobrando el subsidio en la actualidad y solo se aplicará en las nuevas solicitudes. Así, se considerará que existe carencia de renta cuando ésta no supere el 75% del salario mínimo (641,30 euros para 2013) excluida la parte de las pagas extraordinarias. Esta medida se incluye en el real decreto ley de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo aprobado este viernespor el Consejo de Ministros. El subsidio para mayores de 55 años se sitúa en la línea de otros programas, como el plan Prepara, que contempla la ayuda de 400 euros para desempleados sin cobertura. La legislación vigente considera que son ingresos suficientes 481 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar. Despidos de mayores de 50 años Dentro del plan de reforma del sistema de pensiones, el Gobierno también ha aprobado que las empresas con 100 o más trabajadores que hagan despidos colectivos e incluyan a mayores de 50 años tendrán que compensar al Tesoro por su prestación por desempleo si entre el año anterior al despido y los cuatro años siguientes al mismo encadena dos ejercicios positivos. Según la norma, las aportaciones deberán realizarse cuando exista discriminación por razón de edad en los despidos, es decir, cuando el porcentaje de trabajadores de más de 50 años incluidos en el despido colectivo, sea superior al peso de ese colectivo en la plantilla de la empresa. Además, se introduce una modificación relativa al requisito de obtención de beneficios. Así, además de las empresas que hayan obtenido beneficios en los dos ejercicios anteriores al despido colectivo como ocurría hasta ahora, se incluyen las que obtengan beneficios en al menos dos ejercicios económicos consecutivos dentro del periodo comprendido entre el ejercicio anterior al despido y los cuatro posteriores al mismo. Eso supone que si una empresa con 100 empleados hace un despido colectivo y afecta a 20 trabajadores de los que sólo dos son mayores de 50, y, a su vez hay 25 trabajadores mayores de esa edad, la empresa no tendrá que hacer la aportación al Tesoro. www.abc.es |