13-10-14 22:10 | #12279319 -> 12279311 |
Por:Pascualgomez ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Pagina web el ayuntamiento de Castellar de Santiago y portal de la Transparencias A leer para olvidar.......... | |
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14-10-14 21:50 | #12280226 -> 12279319 |
Por:Pascualgomez ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Pagina web el ayuntamiento de Castellar de Santiago y portal de la Transparencias EStoy leyendo y leyendo la hipocresía.Leo.......a saltos..... Consejo de Transparencia y Buen Gobierno Artículo 33. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. 1. Se crea el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno como organismo público de los previstos en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Estará adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 2. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Actúa con autonomía y plena independencia en el cumplimiento de sus fines. Artículo 34. Fines. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene por finalidad promover la transparencia de la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio de derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las disposiciones de buen gobierno.......................................... ANDA QUE NO HAY TRABAJO EN CASTELLAR DE SANTIAGO......... ) La violación de la imparcialidad, utilizando las facultades atribuidas para influir en procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito. h) La prevalencia de la condición de alto cargo para obtener un beneficio indebido para sí o para otro. En la graduación de las sanciones se valorará la existencia de perjuicios para el interés público, la repercusión de la conducta en los ciudadanos, y, en su caso, la percepción indebida de cantidades por el desempeño de actividades públicas incompatibles. 6. Cuando las infracciones pudieran ser constitutivas de delito, la Administración pondrá los hechos en conocimiento del Fiscal General del Estado y se abstendrá de seguir el procedimiento mientras la autoridad judicial no dicte una resolución que ponga fin al proceso penal. 1. El procedimiento sancionador se iniciará de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia de los ciudadanos. c) Cuando los presuntos responsables sean personas al servicio de la Administración autonómica o local, la orden de incoación delprocedimiento se dará por los órganos que tengan atribuidas estas funciones en aplicación del régimen disciplinario propio de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales en las que presten servicios los cargos contra los que se dirige el procedimiento. | |
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20-11-14 18:41 | #12334690 -> 12279311 |
Por:caminero00 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Pagina web el ayuntamiento de Castellar de Santiago y portal de la Transparencias ni lo vas a saber | |
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20-11-14 21:15 | #12334844 -> 12334690 |
Por:cotana ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Pagina web el ayuntamiento de Castellar de Santiago y portal de la Transparencias Ya lo dice el refrán: Al que quiera saber , mentiras en él. | |
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