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10-07-13 17:52 #11421272
Por:Ale_hop

Elección Director/a colegio.
Desconozco las causas por las que se ha producido el cese y el nuevo nombramiento, pero siempre hay que tener en cuanta en la ley en la que se basa.
Con esto no quiero crear polémica, solo la pongo para mera información, ya que me llamó la atención las atrocidades que cometen ciertas administraciones y siempre hay que ir informados. Saludos.
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (3/5/2006): DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS
¿Quién integra el Equipo Directivo en los centros públicos?

1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas.




2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro.

4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.

5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación.

¿Cuales son las competencias del Director?



Son competencias del director:

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.

c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artícu­lo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.

l) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

¿Cómo se elige al Director de los colegios públicos?

1. La selección del director se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la Administración educativa.

2. Dicho proceso debe permitir seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el mayor apoyo de la comunidad educativa.

3. La selección y nombramiento de directores de los centros públicos se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.

4. La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

¿Cuales son los requisitos para presentarse a Director?

1. Serán requisitos para poder participar en el concurso de méritos los siguientes:

a) Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.

b) Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera, durante un periodo de igual duración, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta.

c) Estar prestando servicios en un centro público, en alguna de las enseñanzas de las del centro al que se opta, con una antigüedad en el mismo de al menos un curso completo al publicarse la convocatoria, en el ámbito de la Administración educativa convocante.

d) Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.

2. En los centros específicos de educación infantil, en los incompletos de educación primaria, en los de educación secundaria con menos de ocho unidades, en los que impartan enseñanzas artísticas profesionales, deportivas, de idiomas o las dirigidas a personas adultas con menos de ocho profesores, las Administraciones educativas podrán eximir a los candidatos de cumplir alguno de los requisitos establecidos en el apartado 1 de este artículo.

¿Cómo se selecciona al Director?

1. Para la selección de los directores en los centros públicos, las Administraciones educativas convocarán concurso de méritos y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de valoración de los méritos del candidato y del proyecto presentado.

2. La selección será realizada en el centro por una Comisión constituida por representantes de la Administración educativa y del centro correspondiente.

3. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de vocales de las comisiones. Al menos un tercio de los miembros de la comisión será profesorado elegido por el Claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del Consejo Escolar que no son profesores.

4. La selección del director, que tendrá en cuenta la valoración objetiva de los méritos académicos y profesionales acreditados por los aspirantes y la valoración del proyecto de dirección, será decidida democráticamente por los miembros de la Comisión, de acuerdo con los criterios establecidos por las Administraciones educativas.

5. La selección se realizará considerando, primero, las candidaturas de profesores del centro, que tendrán preferencia. En ausencia de candidatos del centro o cuando éstos no hayan sido seleccionados, la Comisión valorará las candidaturas de profesores de otros centros.

¿Cómo se nombra al Director?

1. Los aspirantes seleccionados deberán superar un programa de formación inicial, organizado por las Administraciones educativas. Los aspirantes seleccionados que acrediten una experiencia de al menos dos años en la función directiva estarán exentos de la realización del programa de formación inicial.

2. La Administración educativa nombrará director del centro que corresponda, por un periodo de cuatro años, al aspirante que haya superado este programa.

3. El nombramiento de los directores podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de los mismos. Los criterios y procedimientos de esta evaluación serán públicos. Las Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.

Artículo 137. Nombramiento con carácter extraordinario.

En ausencia de candidatos, en el caso de centros de nueva creación o cuando la Comisión correspondiente no haya seleccionado a ningún aspirante, la Administración educativa nombrará director a un profesor funcionario por un periodo máximo de cuatro años.

¿Cuando cesa el Director?

El cese del director se producirá en los siguientes supuestos:

a) Finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de la prórroga del mismo.

b) Renuncia motivada aceptada por la Administración educativa.

c) Incapacidad física o psíquica sobrevenida.

d) Revocación motivada, por la Administración educativa competente, a iniciativa propia o a propuesta motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento grave de las funciones inherentes al cargo de director. En todo caso, la resolución de revocación se emitirá tras la instrucción de un expediente contradictorio, previa audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar.

Reconocimiento de la función directiva

1. El ejercicio de cargos directivos, y en especial del cargo de director, será retribuido de forma diferenciada, en consideración a la responsabilidad y dedicación exigidas, de acuerdo con las cuantías que para los complementos establecidos al efecto fijen las Administraciones educativas.

2. Asimismo, el ejercicio de cargos directivos, y, en todo caso, del cargo de director será especialmente valorado a los efectos de la provisión de puestos de trabajo en la función pública docente.

3. Los directores serán evaluados al final de su mandato. Los que obtuvieren evaluación positiva, obtendrán un reconocimiento personal y profesional en los términos que establezcan las Administraciones educativas.

4. Los directores de los centros públicos que hayan ejercido su cargo con valoración positiva durante el periodo de tiempo que cada Administración educativa determine, mantendrán, mientras permanezcan en situación de activo, la percepción de una parte del complemento retributivo correspondiente en la proporción, condiciones y requisitos que determinen las Administraciones educativas.

Las respuestas a las preguntas formuladas están tomadas íntegramente de la Ley Orgánica 3/2006, de 3 de Mayo, de Educación (BOE nº 106 de 4/5/2006).
Puntos:
11-07-13 09:36 #11430376 -> 11421272
Por:gun crazy

RE: Elección Director/a colegio.
4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.

Si quería quedarse parte del equipo directivo ¿por qué no presentó un programa? Ya dije que me parecía querer entrar por la puerta trasera

A mí me huele que las lolis quieren tener otra mandada en la escuela, como en el ayuntamiento.

Sólo faltaría que tuviéramos que ir con el carné en la boca como en otros tiempos!!!!!



Antes puse y creo que acerté:


"Si nadie se presenta ni hay proyecto de dirección, la administración puede poner a quien quiera. Como es natural, antes pondrá a alguien de su confianza, aunque les duela a los achantados.
La directiva saliente no puede dejar un "recomendado" por muy respaldado que parezca. Si es así, que prepare un proyecto y se presente para ser elegido. Utilizar a puerta trasera me recuerda las elecciones de las cooperativas: que salga fulano, a voces- como si fuera espontánea la intervención cuano ya estaba preparado en a cocinilla- o " yo me pongo de secretario si mengano va de presidente" , otra intervención preparada en los marcos de da estructura caciquil de Castellar.
El tufillo a mentira y propaganda planea en todo. Para empezar por el nombre del post: dimisión del consejo escolar. ¿Ha dimitido? ¿ha dimitido la directiva o se le acabó el mandato?¿los han echado?¿que dice el representante del ayuntamiento en el consejo escolar?¿quién controla el AMPA?¿quién quiere controlarla?
Este pueblo no tiene remedio ni se le espera."


Y perdón por la auto cita.
Puntos:
11-07-13 10:51 #11430479 -> 11430376
Por:marcos25

RE: Elección Director/a colegio.
nadie controla al ampa ,no mezcleis politica donde no la hay como se nota que no eres del pueblo si fueras te darias cuenta de la barbaridad tan grande que dices , resulta que la presidenta del ampa esta en la oposicion del partido que gano las elecciones en el pueblo
Puntos:
11-07-13 16:43 #11431004 -> 11430479
Por:gun crazy

RE: Elección Director/a colegio.
Me alegra que el AMPA no esté controlada por los de siempre. Que mantenga su independencia.
Puntos:
12-07-13 00:04 #11431684 -> 11431004
Por:jordana

RE: Elección Director/a colegio.
Después de las aportaciones que han hecho algunos foreros en materia de legislación vigente, respecto a los nombramientos, los ceses y la composición de los consejos escolares, es que no entiendo cómo se han podido tergiversar los hechos de la manera en que se han tergiversado, si no es por pura ignorancia o por algún fin ajeno a los intereses puramente educativos que han de primar en cualquier comunidad educativa.
Por favor, ya está bien de querer meter el moco en todo!
Puntos:
12-07-13 00:48 #11431753 -> 11431684
Por:almena2

RE: Elección Director/a colegio.
Lolis. Muy bueno. Oportuno, Gun. Esa bala dio en el blanco.
Puntos:
15-12-13 00:02 #11750072 -> 11431753
Por:marcos25

RE: Elección Director/a colegio.
3. Los directores serán evaluados al final de su mandato. Los que obtuvieren evaluación positiva, obtendrán un reconocimiento personal y profesional en los términos que establezcan las Administraciones educativas.

4. Los directores de los centros públicos que hayan ejercido su cargo con valoración positiva durante el periodo de tiempo que cada Administración educativa determine, mantendrán, mientras permanezcan en situación de activo, la percepción de una parte del complemento retributivo correspondiente en la proporción, condiciones y requisitos que determinen las Administraciones educativas.

¿creeis que se ha valorado positivamente al antiguo director del colegio aunque con el proyecto que el llevo a cabo el cole se haya llevado un premio tan importante? ¿ sabeis cual a sido el reconocimiento personal y profesional? yo os lo voy a decir lo han puesto itinerante ya no solo da clases en castellar sino en otros pueblos mas , con el consiguiente gasto mas , otro coche mas en la familia (pues su mujer tiene plaza fija en castellar y el hijo tambien viene a castellar al colegio) mas gasolina etc etc
Puntos:
15-12-13 00:34 #11750104 -> 11750072
Por:Gun crazy

RE: Elección Director/a colegio.
¿Y?
Los reconocimientos de la administración son escasos, se los reservan para los políticos.
Por otro lado, hay miles de trabajadores que se desplazan a diario un tiempo considerable para acudir desde casa al trabajo y no pasa nada de nada.
¿Qué me cuentas, arradio?
Que pida uno de los dos un traslado, como hacen los demás.
¿O quieres que le mantengan el puesto aunque no haya jornada completa? ¿Se lo pagarás tú?
Puntos:
15-12-13 12:14 #11750356 -> 11750072
Por:marcos25

RE: Elección Director/a colegio.
no se trata de reconocimiento si no de valoracion (que es algo que la administracion tiene que hacer del trabajo que ha hecho en su tiempo como director ) ¿ cees que no habia un puesto de jornada completa en el colegio para un profesor que llebaba 20 años en el colegio y si lo habia para profesores sin oposiciones y que entraban este año nuevos ?
Puntos:
15-12-13 23:02 #11751269 -> 11750072
Por:pedrolomasleiva2

RE: Elección Director/a colegio.
Marcos, no hagas más el ridículo.
Puntos:
15-12-13 23:09 #11751287 -> 11750072
Por:Quiñones-

RE: Elección Director/a colegio.
Cualquier mal pensado podría concluir que detrás de esta encendida defensa hay algo más. Aunque todos sabemos que es admiración.
Puntos:
16-12-13 13:05 #11751754 -> 11750072
Por:marcos25

RE: Elección Director/a colegio.
no hago el ridículo . lo que hago es una pregunta , ¿sabes tu la respuesta?
Puntos:
16-12-13 16:24 #11751991 -> 11750072
Por:pedrolomasleiva2

RE: Elección Director/a colegio.
Yo si se la respuesta. El antiguo director entró en el colegio por la especialidad de Educación Física, y al dar un número determinado de horas(las legales) en el colegio pues resulta que tiene muchas horas libres.Antes las ocupaba con las de dirección En otro sitio las necesitan y como funcionario que es tiene que cumplir con lo que le ordenan, como cualquier otro. Otros funcionarios o interinos funcionarios vienen con especialidades distintas y nombrados para ocupar esos cargos, unos a tiempo completo y otros no. Lo que tu insinuas es que como el chico lo ha hecho muy bien hay que recompensarlo con un buen horario y no se qué más. Se le podría poner un chofer y llevarlo en procesión bajo palio por el pueblo, se le podría poner secretaria hasta el final de sus días y un sueldo vitalicio. Tengo más ideas para compensar a este chico y todas ellas tan insensatas como las que tú desearías.
Puntos:
16-12-13 17:01 #11752041 -> 11750072
Por:marcos25

RE: Elección Director/a colegio.
un maestro aunque tenga la especialidad de educacion fisica puede dar clases de otras materias pues estamos hablando de un colegio de primaria no de secundaria ni de bachillerato, la profesora de musica esta este año de tutora de educacion infantil ( en secundaria y bachillerato si es una barbaridad yn primaria no )
Puntos:
16-12-13 18:09 #11752138 -> 11750072
Por:Quiñones-

RE: Elección Director/a colegio.
Y un jamón..., Marcos, no se le olvide pedirle un jamón navideño y del bueno.

Marcos, depende qué cosas se digan para beneficiar a una persona, que el propio interesado puede hasta sentirse sonrojado (incluso avergonzado) por lo que se habla de él. Sea usted más discreta. Esto me lo han dicho para que se le haga llegar.
Puntos:
16-12-13 19:39 #11752282 -> 11750072
Por:bordalla

RE: Elección Director/a colegio.
Pues le sacamos punta a tó.
Ya lo dijeron muy acertadamente Gun Crazy y otros: si el anterior Equipo Directivo no se ha presentado de nuevo a la reelección pues sus razones o motivos tendrían.
La Administración ha actuado como debía hacerlo en estos casos y así procede en todos los Colegios.
Aquí parece ser que a alguien no les ha parecido bien que no continuaran porque eran de su cuerda quizás o , al menos, así lo consideraban.
El resto de especulaciones sobran y es seguir mareando la perdiz.
EL poner piedras en el camino por parte de un sector es lo que no procede ahora. Craso error .Con estos precedentes, y la fama que nos estamos creando por unos cuantos, a la corta y a la larga repercutirá en los alumnos .

Viendo y oyendo algunas opiniones me recuerdan el juego aquél de nuestra infancia:

Aceitera, vinagrera,
ras con ras,
amagar y no dar
Un “repisquito” en el culo
y a echar a volar…
Puntos:
16-12-13 22:05 #11752585 -> 11750072
Por:bordalla

RE: Elección Director/a colegio.
Perdón, que se me han quedado dos, el de sin reír y el de sin hablar:

Aceitera, vinagrera,
ras con ras,
amagar y no da.
Dar sin reír,
dar sin hablar.
Un “repisquito” en el culo
y a echar a volar…
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